Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 121

Martes, 28 de mayo de 2019

Página 17187

- Altura máxima: 2 plantas y/o 7 metros.
- Retranqueos a fachada mínimo: 3 metros.
- Retranqueos a medianeras mínimo: 3 metros, 2 metros entre las parcelas objeto de esta modificación puntual Parcelas 53 y B. Se podrán adosar las edificaciones cuyos propietarios se otorguen autorización mutua y además ésta sea coincidente en el espacio.
- Aparcamientos: El número de plazas de garaje o aparcamiento de vehículos será de 1 plaza por vivienda, con una superficie mínima de 15 m, siendo de aplicación las estipulaciones contenidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 19
de las normas urbanísticas preceptivas.
PARCELA B ORDENACIÓN O-IIA
O-IIA RESIDENCIAL UNIFAMILIAR ADOSADAS
- Delimitación y Uso -- Usos permitidos:
Fundamental: Residencial Unifamiliar.
Compatibles: Residencial agrupado, defensa, espacios libres locales y aparcamiento-garaje.
Permitido vinculado al uso fundamental o al uso alternativo: espacios libres privados.
-- Usos Prohibidos: El resto de usos.
- Parámetros geométricos de la parcela mínima edificable:
a. Superficie mínima: 600 m.
b. Fachada mínima: 15 m.
c. Fondo mínimo: Libre.
d. Diámetro mínimo inscribible: 15 m.
- Índice de Edificabilidad: 0,85 mt/m.
- Ocupación: 46%.
- Altura máxima: 2 plantas y/o 7 metros.
- Retranqueos a fachada mínimo: 3 metros.
- Retranqueos a medianeras mínimo: 3 metros, 2 metros entre las parcelas objeto de esta modificación puntual Parcelas 53 y B. Se podrán adosar las edificaciones cuyos propietarios se otorguen autorización mutua y además ésta sea coincidente en el espacio.
- Aparcamientos: El número de plazas de garaje o aparcamiento de vehículos será de 1 plaza por vivienda, con una superficie mínima de 15 m, siendo de aplicación las estipulaciones contenidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 19
de las normas urbanísticas preceptivas.
C Dirección electrónica en la que está a disposición del público el contenido íntegro de la modificación del plan:
http www.sanjavier.es/por_temas.php?tema=49.
Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 72
de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia.
San Javier, 10 de mayo de 2019.El Alcalde, José Miguel Luengo Gallego.

NPE: A-280519-3298

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D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha27/05/2020

Nro. de páginas286

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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