Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

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Fuente: Boletín Oficial de la Región de Murcia

Número 121

Martes, 28 de mayo de 2019

Derivadas del informe de la Oficina de Impulso Socioeconómico del Medio Ambiente:
Se propone incorporar en las Normas Urbanísticas de la Modificación núm. 1
del Plan Parcial Ciudad Jardín la obligación de la Disposición adicional segunda del Real Decreto 235/2013, consumo de energía casi nulo a los edificios proyectados.
Para garantizar el cumplimiento de esa obligación, las licencias de obra del edificio quedarán condicionadas a que el proyecto constructivo incluyan los aspectos del diseño y demás elementos necesarios que permitan justificar que se cumplirá con el objetivo de consumo de energía casi nulo, de la misma forma en el proyecto constructivo se destinará un capítulo a demostrar que salvo inviabilidad técnica y/o económica se ha proyectado para utilizar materiales y métodos de construcción sostenibles y bajos en carbono. En la memoria de los proyectos se incluirá la huella de carbono del proyecto constructivo propuesto, destacando la reducción en emisiones prevista respecto de diseños, materiales y métodos constructivos habituales.
Derivadas de lo informado por el Ayuntamiento de San Javier:
En relación a la ordenanza municipal sobre protección del medio ambiente contra ruidos y vibraciones en el Municipio de San Javier: En posteriores títulos habilitantes de obras se deberán contemplar aspectos referentes a aislamientos, emisiones e inmisiones.
En relación a la ordenanza reguladora de los vertidos en el municipio de San Javier: En posteriores títulos habilitantes de obras se deberán contemplar aspectos referentes a autorización de vertido o entronque a la red de saneamiento.
En relación con Ordenanza Municipal reguladora de la Higiene Urbana y de la Gestión de Residuos: En posteriores títulos habilitantes de obras se deberán contemplar aspectos referentes a la gestión de los residuos o la dotación de cuartos de almacenamiento al efecto.
B La normativa del plan parcial incorpora nuevas ordenanzas para las parcelas 53 y B.
PARCELA 53 ORDENACIÓN O-IA
O-IA RESIDENCIAL UNIFAMILIAR
- Delimitación y Uso -- Usos permitidos:
Fundamental: Residencial Unifamiliar.
Compatibles: defensa, espacios libres locales y aparcamiento-garaje.
Permitido vinculado al uso fundamental o al uso alternativo: espacios libres privados.
-- Usos Prohibidos: El resto de usos.
- Parámetros geométricos de la parcela mínima edificable:
a Superficie mínima: 600 m.
b Fachada mínima: 15 m.
c Fondo mínimo: Libre.
d Diámetro mínimo inscribible: 15 m.
- Índice de Edificabilidad: 0,7095 mt/m.
- Ocupación: 43,253%.

NPE: A-280519-3298

Página 17186

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Región de Murcia del 27/5/2020

TítuloBoletín Oficial de la Región de Murcia

PaísEspaña

Fecha27/05/2020

Nro. de páginas286

Nro. de ediciones12301

Primera edición10/07/1982

Ultima edición12/07/2023

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