Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/5/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

B.O.P. de Soria nº 59

23 de mayo de 2005

Artículo 36 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio B.O.E. de 25-06-04 .

Disposición Transitoria Primera, apartado 3 del Reglamento General de Recaudación de la Segundad Social.
RESOLUCIÓN

SE DECLARA SIN EFECTO el aplazamiento concedido por Resolución de fecha 29-06-04 al sujeto responsable que figura en el encabezamiento, continuándose el procedimiento de apremio que se hubiese suspendido por la concesión del mismo, dictándose sin más trámite providencia de apremio respecto de la deuda no apremiada, con el recargo del 20% o del 35% según se hubiesen presentado o no los documentos de cotización dentro del plazo reglamentario de ingreso dicho recargo será, en todo caso, del 20% cuando se trate de recursos distintos a cuotas.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de esta Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social en relación con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para la interposición de dicho recurso será el de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente Resolución.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Soria, 11 de abril de 2005. El Subdirector Provincial de Gestión Recaudatoria, Fernando Faura Valderrama.
1579

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Habiendo resultado infructuoso el intento de notificación a través del Servicio de Correos y de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común B.O.E. de 2711-92, a continuación se relacionan los expedientes de apremio cuyos créditos han sido declarados incobrables, con carácter provisional, por resolución de esta Dirección Provincial.

La declaración de crédito incobrable no impedirá el ejercicio por la Tesorería General de la Seguridad Social de las acciones que le correspondan con arreglo a las Leyes, contra quien proceda y deba responder de la deuda por cualquier causa en tanto no se extinga la acción administrativa para su cobro, según el artículo 130.1 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio que aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.
NAF/CCC: 470024160154

Nombre: Manzano Pulgar, Julio.
Domicilio: 42291 Quintan.

Importe: 1.115,24 €

Período deuda: 01/1998 a 04/1999

Pág. 3

Contra la presente Resolución, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, 114 y 115 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de los establecido en el artículo 42.2 de la citada Ley, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Valladolid, 29 de abril de 2005. La Subdirectora Provincial de Recaudación Ejecutiva, Isabel Alonso Cuesta.
1543

MINISTERIO
DE MEDIO AMBIENTE

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA
DEL DUERO
ANUNCIO

José García Borjabad, con D.N.I. 72.859.507 y domicilio en C/ Santa Águeda, n 13. 42200 Almazán Soria, solicita la concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas.
INFORMACIÓN PÚBLICA

La descripción del aprovechamiento es la siguiente:

Realización de un sondeo de 180 mts. de profundidad y 500 mm. de diámetro, entubado con tubos de acero de 300
mm. de diámetro.

El caudal medio equivalente solicitado es de 0,34 l/seg., siendo el método de extracción del agua a través de un grupo motobomba de 50 CV., capaz de impulsar un caudal máximo instantáneo de 13,89 l/seg., a una altura manométrica de 174 m.

La finalidad del aprovechamiento es para riego de encinas truferas, en fincas de su propiedad sitas en las Parcelas 403, 408 y 416, Polígono 58, del término municipal de Berlanga de Duero en la localidad de Paones Soria y cuya superficie total es de 11 Has.
Las aguas así captadas se prevén tomar de la Unidad Hidrogeológica n UH.02.16.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por R.D. 849/1986 de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes, contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria, puedan presentar reclamaciones los que se consideren perjudicados, en la Alcaldía de Berlanga de Duero Soria, en la Subdelegación del Gobierno en Soria o ante esta Secretaría de la Confederación Hidrográfica del Duero, C/ Muro, 5 - Valladolid, donde se halla de manifiesto el expediente de referencia CP 20835 SO.
Valladolid, mayo de 2005. El Jefe de Área de Gestión del D.P.H., Rogelio Anta Otorel.
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 23/5/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha23/05/2005

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2672

Primera edición04/05/2005

Ultima edición26/04/2024

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