Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 11/5/2005

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria

B.O.P. de Soria nº 54

11 de mayo de 2005

y en el tablón de anuncios; a lo largo de este plazo, lo interesados podrán presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Arcos de Jalón, 3 de mayo de 2005. El Alcalde, Jesús Án1408
gel Peregrina Molina.
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2005, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal de limpieza viaria, Ordenanza municipal de uso de locales municipales y el Reglamento del servicio de suministro de agua potable a domicilio.

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se someten los expedientes a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que puedan ser examinados y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Arcos de Jalón, 3 de mayo de 2005. El Alcalde, Jesús Ángel Peregrina Molina.
1409

SAN ESTEBAN DE GORMAZ

Por Constelect Montón, S.L., se solicita licencia municipal en expte. A-10/05 para instalación de la actividad de nave agrícola en el Paraje La Serna de San Esteban de Gormaz.

Lo que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa por concesión de licencia de actividad y apertura de establecimientos del Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz, se hace público, para que los que pudieran resultar afectados de algún modo por la mencionada actividad que se pretende legalizar, puedan formular las observaciones pertinentes en el plazo de ocho días a contar de la inserción del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

San Esteban de Gormaz, 18 de abril de 2005. El Alcalde, José Antonio Alcalá Carralcázar.
1410

Intentada la notificación sin éxito a D. Ismael de Pablo y D. Isabel Hernando Gozalo de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de San Esteban de Gormaz, adoptada con fecha 31 de agosto de 2004, que se transcribe a continuación, relativo al expediente sancionador SU2/04 por ejecución de obras en C/ Alameda, s/n de este Municipio sin licencia; se procede a la publicación del presente anuncio de conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
RESOLUCIÓN QUE FORMULA EL SR. ALCALDE
EN EL EXPEDIENTE SANCIONADOR S.U. N 2/2004

INCOADO A D. ISMAEL DE PABLO DIEZ
Y D ISABEL GOZALO HERNANDO

Pág. 15

Vistas las actuaciones practicadas en el expediente sancionador de referencia, ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO: Que D. Ismael de Pablo Díez y D Isabel Gonzalo Hernando iniciaron obras en C/ Alameda, s/n, de San Esteban de Gormaz, sin la correspondiente licencia municipal, por lo que la Junta de Gobierno Local, mediante acuerdo de fecha 17 de febrero de 2004 acordó la incoación del correspondiente expediente sancionador y de restauración de la legalidad urbanística infringida.

SEGUNDO: Una vez fue notificado el referido acuerdo de iniciación del expediente sancionador a los interesados, y tras las comprobaciones oportunas, y recabación de los datos e informaciones relevantes para determinar la existencia de responsabilidades susceptibles de sanción se elaboró y notificó el pliego de cargos formulado por la instructora.
TERCERO: Que los presuntos infractores han presentado escrito de alegaciones en fecha 12 de julio de 2004, que, de forma extractada, son las siguientes:

1.- Que el responsable de las obras es el propietario de la vivienda D. Marcel González Wong, siendo su apoderada D Isabel Gozalo.

2.- Que las obras realizadas se corresponden con un pequeño habitáculo para cubrir el aparato de calefacción que da servicio a la edificación, así como el depósito de combustible que, por razones de salubridad es obligatorio tener, de conformidad con la normativa de industria, en un espacio de dichas características.
3.- Que las obras se iniciaron sin licencia, pero de modo inmediato al requerimiento formulado por el Ayuntamiento se solicitó la misma.

4.- Que las obras fueron informadas favorablemente por el Arquitecto Municipal, según informe de fecha 31 de marzo de 2004.

5.- Que se trata de una infracción leve, y que dada la magnitud física de la infracción, el beneficio económico obtenido y el grado de dificultad técnica para restaurar la legalidad, de no estimarse la alegación previa, se archiven las actuaciones, una vez que se pague el ICIO.
6.- De modo subsidiario y si no se atiende al archivo de las actuaciones se proceda a la reducción del 50% de la sanción.
HECHOS PROBADOS

PRIMERO: Que D. Ismael de Pablo Díez y D Isabel Gonzalo Hernando iniciaron obras en C/ Alameda, s/n, de San Esteban de Gormaz, sin la correspondiente licencia municipal,.

SEGUNDO.- Que D. Ismael de Pablo Díez y D Isabel Gonzalo Hernando presentaron memoria para legalización de las obras, sin que hicieran constancia alguna que actuaban en nombre y representación del propietario del inmueble.

TERCERO.- Que el Ayuntamiento concedió licencia de obras a D. Ismael de Pablo Díez y D Isabel Gonzalo Hernando, mediante expediente de obras n 47/04.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Soria del 11/5/2005

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Soria

PaísEspaña

Fecha11/05/2005

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones2686

Primera edición04/05/2005

Ultima edición29/05/2024

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