Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 04/01/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco

Lunes 4 de Enero de 2021

EDICION Nº 10.608

-1PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y COORDINACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA

DIRECCION BOLETIN OFICIAL

Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER

Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL

Lunes 4 de Enero de 2021

EDICION Nº 10.608

LEGISLACION, NORMATIVA
LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3299-F
PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA PARA EL ACOGIMIENTO AL
RÉGIMEN DE REGULARIZACION EXCEPCIONAL DE OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS DE LA LEY 3118-F
ARTICULO 1: Prorrogase por el término de noventa 90 días, el plazo de vigencia para el acogimiento al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, dispuesto en el artículo 1 de la ley 3118-F, contados a partir del 30 de noviembre de 2020.
ARTÍCULO 2: El plazo establecido en el artículo 1 de la presente ley, podrá ser ampliado por igual período, contado desde su vencimiento mediante prórroga dispuesta por decreto del Poder Ejecutivo.
ARTÍCULO 3: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinte.
Dario Gamarra Hugo Abel Sager Secretario Presidente DECRETO Nº 1857
Resistencia, 23 de diciembre de 2020.
VISTO:
La sanción legislativa N 3.299-F; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.299-F cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Woelflin Capitanich s/c E:04/01/2021
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LA CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 3278-A
POLICÍA PROVINCIAL Y SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
INCREMENTO SALARIAL
ARTÍCULO 1º: Establécese a partir del 1 de septiembre del año 2020, un incremento del siete coma ocho décimas por ciento 7,8%
sobre los haberes básicos del personal comprendido en el Escalafón Seguridad ley 178-J-, de la Jurisdicción 21: Policía Provincial Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 04/01/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Chaco

PaísArgentina

Fecha04/01/2021

Nro. de páginas21

Nro. de ediciones3254

Primera edición14/07/1999

Ultima edición05/06/2026

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