Inicio » Diarios y Boletines Oficiales » Chaco » Boletín Oficial de la Provincia de Chaco » 10/06/2016
Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 10/06/2016
Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Correo Oficial
Boletín Oficial GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO
Franqueo a pagar C uent a Nº 17017F10
Registro de la
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARÍA DE LEGAL Y TÉCNICA
DRA. NADIA GARCIA AMUD
Subsecretaria
DIRECCIÓN BOLETÍN OFICIAL
DR. VÍCTOR HUGO MARTEL
Director
Propiedad Intelectual 948.707
Oficina: Julio A. Roca 227 P.A. - www.chaco.gov.ar - E-mail: gob.boletinoficial@ecomchaco.com.ar - Tel-Fax. 0362 4453520 - CTX 53520
AÑO LXII
EDICION 16 PAGINAS
DIAS DE PUBLICACION: LUNES, MIERCOLES Y VIERNES
TIRAJE: 650 EJEMPLARES
RESISTENCIA, VIERNES 10 DE JUNIO DE 2016
EDICION N 9.946
LEYES
LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY Nº 7788
ARTÍCULO 1: Establécese la obligatoriedad de realizar avisos publicitarios destinados a brindar información sobre la prevención de la violencia de género y de los lugares y formas de efectuar, ante los tres Poderes del Estado Provincial, las denuncias del caso que configure un hecho de tal naturaleza.
ARTÍCULO 2: La Secretaría de Derechos Humanos en coordinación con otras áreas involucradas en la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género, tendrá a su cargo el diseño de los avisos que se difundirán a través de radio, televisión, prensa escrita y digital u otros medios, en los siguientes ámbitos:
a Administración Pública Provincial, en los términos del artículo 4 de la ley 4787 y las empresas del Estado provincial.
b Circuitos cerrados de medios destinados a la publicidad comercial o de información general instalados en lugares de acceso público.
Podrá convocar también a organizaciones dedicadas a la temática para esta tarea.
ARTÍCULO 3: Será autoridad de aplicación de la presente, la Secretaría de Derechos Humanos y el Poder Ejecutivo deberá dictar la reglamentación correspondiente dentro de los noventa 90 días de su promulgación.
ARTÍCULO 4: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará en la parte que corresponda, a cada jurisdicción que alcance el artículo 2.
ARTÍCULO 5: Autorizase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias en el corriente ejercicio, que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el artículo 1.
ARTÍCULO 6: Invítase a los municipios a adherirse a la presente.
ARTÍCULO 7: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los once días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.
Pablo L. D. Bosch, Secretario Lidia Elida Cuesta, Presidenta DECRETO N 1065
Resistencia, 01 junio 2016
VISTO:
La sanción legislativa N 7.788; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 4.647, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provin-
cia del Chaco, la sanción legislativa N 7.788, cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo.: Peppo / Bergia s/c.
E:10/6/16
DECRETOS
DECRETO Nº 1098
Resistencia, 07 junio 2016
VISTO:
La actuación simple N E2-2016-3326-A; y CONSIDERANDO:
Que por Decreto N 175/16, se declaró desierto el concurso para distintos Registros Notariales vacantes, con asiento en diferentes localidades de la Provincia, por no haberse presentado ningún aspirante;
Que resulta necesario consignar de manera correcta la denominación del Departamento al cual pertenece el Registro Notarial N 4 de la localidad de Machagai;
Que ha tomado la intervención que le compete, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Gobierno, Justicia y Relación con la Comunidad;
Que por lo expuesto, resulta menester el dictado del presente instrumento legal;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Establécese que la denominación del Departamento al cual pertenece el Registro Notarial N 4 de la localidad de Machagai, cuyo concurso fuera declarado desierto por Decreto N 175/16, deberá entenderse como "Departamento 25 de Mayo", a partir de la fecha de la vigencia del citado instrumento legal, por los motivos. expuestos en los Considerandos del presente.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Fdo: Peppo / Bergia Secretario s/c.
E:10/6/16
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
PROVINCIA DEL CHACO
APA
ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DEL AGUA
RESOLUCIÓN Nº 0380-16
Resistencia, 13 mayo 2016
APRUÉBASE el llamado a Licitación Pública N 200/
16, bajo los términos de la Resolución N 0338/16, destinada a la Adquisición de un automóvil con destino al parque automotor de la Administración Pcial.
del Agua.
RESOLUCIÓN Nº 0386-16
Resistencia, 16 mayo 2016
OTÓRGASE la certificación de riesgo hídrico para el inmueble identificado catastralmente en Circunscripción II,