Boletin Judicial de Costa Rica del /26/2/2019

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Fuente: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 40

Martes 26 de febrero del 2019

4.Si durante su permanencia solicitó o no permisos sin goce de salario. En caso de que los haya disfrutado, se debe señalar el período.
5. El motivo de salida; Además indicar si hubo o no pago de prestaciones y, en caso afirmativo, con cuál ley.
Certificación de las notas de la Universidad. ver punto V
Si imparte clases correspondientes a cursos de derecho en una universidad, deberá aportar constancia con membrete de la universidad donde fue docente, en la cual especifique el nombre del curso, el cuatrimestre o semestre, según el caso, y el año cuando la impartió. ver punto V
Si cuenta con la especialidad, por la aprobación del Programa de Formación General básica para Jueces y Juezas o especialidad universitaria, maestría o doctorado, deberá remitir el o los títulos en formato electrónico ver punto V.
Deberá aportar los certificados de capacitación que haya recibido atinente a la disciplina del derecho, que sea realizada luego de la incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica y que contengan la cantidad de horas establecidas. La capacitación deberá ser impartida por alguna institución de renombre ver punto V.
Si tiene publicaciones atinentes a la disciplina del Derecho, y cuentan con Consejo Editorial deber aportarlas en formato electrónico ver punto V.
Otros:
Encontrarse al día con las obligaciones en el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.
Es indispensable que las personas que resulten elegibles en los concursos y que lleguen a ocupar cargos en la Judicatura, realicen los cursos definidos por la institución para cada categoría y materia que se imparten por la Escuela Judicial entre otros Sistema de Gestión, Depósitos Judiciales y los cursos virtuales en materia de equidad de género, accesibilidad, servicio público de calidad, sistema de gestión, hostigamiento sexual y acoso psicológico en el trabajo. Además, deberán mostrar dominio en cuanto al empleo de paquetes informáticos básicos de oficina y de uso institucional.
Las personas que participen en este concurso se dan por enteradas de que la información que se suministre podrá ser utilizada para hacer uso de las herramientas físicas o tecnológicas con que se disponga, para validar y/o ampliar la información que se aporte. Lo cual se encuentra conforme al Protocolo para el acceso, uso y consulta a la plataforma de información policial para las autoridades, aprobado por la Corte Suprema de Justicia el 20 de enero de 2015 y publicado en el Boletín Judicial N 49 del 11 de marzo de 2015. A estos efectos aceptará el consentimiento informado adscrito a la oferta de servicios.
La información que se obtenga de las valoraciones realizadas en las áreas de medicina, psicología y trabajo social, tanto en los concursos ordinarios como en la evaluación de los períodos de prueba cuando las personas resulten nombradas en propiedad se registrarán en el expediente de cada persona oferente y la misma podría ser del conocimiento de los órganos superiores en aquellos casos que se considere pertinente para mejor resolver. Por lo tanto, se libera del secreto profesional, salvo las disposiciones contenidas en los Códigos de Ética de los respectivos Colegios Profesionales de cada disciplina y se autoriza a los y las profesionales de la Unidad Interdisciplinaria para el traslado de la información según sea requerida por los Órganos encargados del proceso de nombramiento dentro de la judicatura.
Las personas que resulten nombradas en los cargos de juez y jueza 1 y en caso de que se requiera, deben asumir las funciones propias del Servicio de Facilitadores y Facilitadoras Judiciales, como parte de sus funciones regulares.
V.Procedimiento para remitir los atestados en formato electrónico.
1.Escanear documentos y crear un archivo digital el cual se requiere que sea indispensablemente en formato PDF, con un máximo tres megas.

Ingresar a la dirección electrónica: https pjenlinea2.poderjudicial.go.cr/ghenlinea/ y para empleados judiciales: http
sjoaplpro16/ghenlinea2/
2.Seguir los pasos señalados en el proceso de inscripción en relación con la contraseña.
3. Al finalizar la inscripción, seleccionar en la sección adjuntar archivo. elegir examinar, debe buscar el archivo digital PDF que contiene los documentos escaneados y adjuntarlos.

4. En la barra superior, presionar subir atestados.
5. Los documentos quedan agregados en forma automática en un buzón que será revisado por la Sección Administrativa de la Carrera Judicial.
6. Otra opción para subir atestados, es la siguiente: una vez que se inscriba, puede realizarlo en GH-en línea ver punto 1 y 2 y seleccionar en la barra su consulta y en el menú elija Histórico de Ofertas, esto se visualiza de la siguiente manera:

Deberá seleccionar los concursos de carrera judicial, una vez que haya ingresado a la página, se posiciona en el botón de atestados:

VI.De los componentes por valorar:
Examen: Las personas aspirantes deberán rendir una prueba escrita que estará conformada por 80 ítems de selección única que abordarán los temas fundamentales del temario.
Asimismo, quienes obtengan en el examen una nota igual o superior al 70, deberán realizar una prueba oral que se tratará de la resolución de un caso integrador que involucra las funciones propias del puesto por el que se aspira, y esta segunda prueba será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
Las notas de ambas pruebas escrito oral tendrán un valor de 50% cada una del valor del examen, es decir 75% para el grado I, categorías de juez y jueza 1, 2 y 3; y para el grado II
70%, que conforma las categorías de juez y jueza 4 y 5.
El examen no representa el promedio de elegibilidad, por cuanto este porcentaje deberá ponderarse con otros factores, tales como: experiencia, promedio académico, entrevista, publicaciones, docencia, postgrados y capacitación.
Entrevista: Quienes tengan posibilidad de quedar elegibles se someterán a una entrevista con dos integrantes del Consejo de la Judicatura, la cual versará sobre la organización del Poder Judicial, la actividad jurisdiccional en general y específica del área a la que se aspira, aspectos del sistema jurídico costarricense y sobre la cultura jurídica de la persona aspirante. Será obligatoriamente grabada en audio, no así la parte deliberativa.
Experiencia profesional: Se califica a partir de la fecha de Incorporación al Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del /26/2/2019

TítuloBoletín Judicial de Costa Rica

PaísCosta Rica

Fecha26/02/2019

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones5055

Primera edición01/01/2003

Ultima edición23/10/2023

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