Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 28/08/2019

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Huelva

5702

28 de Agosto de 2019

BOLETIN OFICIAL HUELVA N.º 165

Art. 6.- Comisión Paritaria Mixta de Control. Vigilancia e Interpretación.
1. Para la vigilancia, seguimiento e interpretación del convenio se crea una Comisión Paritaria Mixta, compuesta por miembros de la parte social y miembros por parle de la Empresa.
2. Dicha comisión estará compuesta por los Delegados de Personal y las personas que la Empresa designe. A la misma podrán asistir, como asesores, los que cada parte estime convenientes con voz, pero sin voto.
La Comisión se podrá reunir semestralmente pudiendo hacerlo con otra frecuencia, previo acuerdo de las partes, a petición razonada de una de ellas.
Para la adopción de acuerdos se requerirá la unanimidad de sus integrantes teniendo cada parte el 50% de los votos, independientemente de la asistencia que haya en dicha comisión.
Planteada cualquier cuestión ante la Comisión Paritaria, mediante escrito debidamente razonado y motivado, la misma deberá resolver en un plazo de 7 días.
3. Los acuerdos sobre interpretación de lo pactado en este convenio serán vinculantes para las partes rmantes.
4. Las funciones de dicha comisión serán:
a Interpretación del articulado del convenio.
b Vigilancia del cumplimiento de lo pactado.
c Intervenir de forma previa a la vía administrativa y jurisdiccional en las cuestiones sobre aplicación e interpretación del Convenio, que le sean sometidas por las partes a su consideración.
d Resolver las discrepancias que le sean sometidas, por inaplicación de las materias previstas en el artículo 82.3 del Estatuto de los Trabajadores, reguladas en este Convenio Colectivo.
Cuando la Comisión Paritaria no logre en su seno la solución de los conictos a ella sometida, las partes se obligan a acudir a la vía establecida en el Acuerdo para la Resolución Extrajudicial de Conictos Colectivos Laborales de Andalucía.
Art. 7.- Procedimiento de inaplicación de Convenio Colectivo.
La inaplicación de las condiciones de trabajo se producirá respecto de las materias reservadas en el artículo 82.3 ET y en los términos en él establecidos.
La inaplicación de las condiciones de trabajo establecidas en el artículo 82.3 ET y pactadas en el presente convenio colectivo deberá ir precedido de un periodo de consultas según el procedimiento regulado en el artículo 41.4 ET de una duración no superior a 15 días.
Durante la celebración del período de consultas se entregará a la representación legal de los trabajadores la documentación relativa a la concurrencia de las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se tomará como referencia la preceptiva para los despidos colectivos.
El acuerdo alcanzado en el período de consultas determinará qué condiciones son sustituidas, jando con exactitud las nuevas condiciones de trabajo aplicables y su duración.
En caso de desacuerdo en el periodo de consultas, la discrepancia se someterá a la Comisión Paritaria, que tendrá un plazo de 7 días para pronunciarse.
Si la Comisión Paritaria no alcanzara acuerdo, las partes recurrirán a los procedimientos de solución autónoma de conictos previstos en el Sistema de Resolución Extrajudicial de Conictos Colectivos Laborales de Andalucía SERCLA.
CONDICIONES ECONÓMICAS
Art.8.- Actualización de las tablas salariales.
Durante el 2019, se incrementarán las tablas salariales del año anterior en un 1,2%. Así, las retribuciones salariales serán las establecidas en la siguiente tabla, a excepción de aquellos artículos que explícitamente contengan otra revisión dentro del texto del Convenio:

Diputación Provincial de Huelva Documento firmado electrónicamente de acuerdo a la Ley 59/2003 el 28/08/2019 a las 00:00:10
Autenticidad verificable mediante Código Seguro de Verificación DPHxsNyNRLUCqDfqlTN2O3mZV8Q== en https verifirma.diphuelva.es

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Huelva del 28/08/2019

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Huelva

PaísEspaña

Fecha28/08/2019

Nro. de páginas62

Nro. de ediciones2324

Primera edición02/01/2014

Ultima edición19/06/2023

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