Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/01/2024 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 26 de enero de 2024

Sección
Judicial EDICTOS
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a FRANCO EZEQUIEL FAUAZ, ROMAN AGUSTIN SILVA en la I.P.P. N PP-07-03-021490-23/00 UFIJ N 4 - Esteban Echeverría, la Resolución que a continuación se transcribe: "Monte Grande, 16 de enero de 2024. Argumentos: Resuelvo: Sobreseer totalmente a Franco Ezequiel Fauaz y Roman Agustin Silva de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Robo Doblemente Agravado por Ser Cometido mediante el Empleo de Arma de Fuego y en Lugar Poblado y en Banda en Concurso Real con Abuso de Armas, por el cual fueran formalmente imputados art. 323 inc. 4º del CPP". Fdo.: Javier L.
Maffucci Moore, Juez. Ante mí: Silvia Paradiso, Secretaria.
ene. 22 v. ene. 26
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a DIEGO ENRIQUE FUENTES en la I.P.P. n PP-07-03-02458823/00 UFIJ Nro 4 - Esteban Echeverría la Resolución que a continuación se transcribe: "Monte Grande, 16 de enero de 2024. Argumentos: Que atento a la presunta fecha de comisión del delito imputado y la penalidad prevista para esa figura en la ley de fondo, la acción penal no se ha extinguido arts. 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 150 del Código Penal y 323, inciso 1º del C.P.P.. Es decir que el hecho ha existido art. 323 inciso 2 en sentido contrario del CPP. Ahora si bien ese suceso constituye violación de domicilio conforme el art. 150 del CP art. 323 inciso 3 en sentido contrario del CPP, no lo es menos que Fuentes actuó como lo hizo tratando de evitar un mal mayor para si mismo como era la agresión violenta que sufría de parte de quien lo venia persiguiendo, y en tal caso, su conducta queda en el marco de un estado de necesidad justificante, pues lo que procuraba era ponerse a salvo generándose con ello una justificante, ya que el no generó la situación y era extraño al mal que quiso evitar. Entonces de conformidad con lo establecido en al artículo 323, inciso 5º, del Código Procesal Penal corresponde acceder al sobreseimiento impetrado Por ello, Resuelvo: Sobreseer a Diego Enrique Fuentes con DNI 38.690.381, de las demás condiciones personales obrantes en autos en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de violación de domicilio por el cual fuera formalmente imputado art. 323, inciso 5º del Código Procesal Penal. Javier L. Maffucci Moore.
ene. 22 v. ene. 26
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a NORMA GLADYS RODRIGUEZ en la I.P.P. N PP-07-03-01587419/00 UFIyJ N 2 - Esteban Echeverría la Resolución que a continuación se transcribe: "Monte Grande, 18 de enero de 2024. Argumentos: con fecha 06 de diciembre de 2019 se resolvió suspender este proceso a prueba en favor de las imputadas Norma Gladys Rodriguez y Griselda Del Carmen Serna, por el plazo de tres año, quedando sujetas durante ese mismo plazo al cumplimiento de las obligaciones que en dicha resolución se establecieran Resuelvo: Declarar Extinguida por Prescripción la acción penal instaurada en autos, y Sobreseer a Norma Gladys Rodriguez y Griselda Del Carmen Serna, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al delito de usurpación de inmueble por el cual fueran formalmente imputadas Javier L. Maffucci Moore, Juez.
ene. 23 v. ene. 29
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 del Dpto. Judicial Lomas de Zamora descentralizado E. Echeverría Gemes 425, 2 piso, Monte Grande, tel. 011-4281 4919 correo electrónico: juzgar2-lz@jusbuenosaires.gov.ar, el Titular del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Lomas de Zamora descentralizado Esteban Echeverría, Javier L. Maffucci Moore notifica a ELIANA MAGALI LABANCA en la I.P.P. N PP-07-03-020970-20/00 UFIyJ Nº 1 - Esteban Echeverría la Resolución que a continuación se transcribe: "Monte Grande, 18 de enero de 2024. Argumentos: Resuelvo: declarar Extinguida por Prescripción la Acción Penal instaurada en autos, y Sobreseer a Eliana Magali Labanca, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Encubrimiento Simple, por el cual fuere formalmente imputado Arts. 59, inciso 3º, y 62, inciso 2º, 45 y 277 inc. 1ro. del C.P. del Código Penal y 321, 322, 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal". Fdo.: Javier L. Maffucci Moore, Juez. Ante mí: Silvia Paradiso,
SECCIÓN JUDICIAL > página 1

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 26/01/2024 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha26/01/2024

Nro. de páginas23

Nro. de ediciones3359

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/05/2024

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