Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/07/2021

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

N.º 135

15 de julio de 2021

Artículo 4. Exenciones.
Estarán exentos: El Estado, la Comunidad Autónoma, Provincia y Mancomunidad de la que el Municipio forme parte, así como las asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro cuyo domicilio lo tengan fijado en el término municipal de Navarrevisca.
Para las actividades de carácter cultural y no lucrativa se exime del pago previo autorización de la Alcaldía.
Artículo 5. Cuota tributaria.
1. La cuota tributaria correspondiente por la prestación de los servicios de voz pública se determinarán aplicando las siguientes tarifas, para cada uno de los servicios.
2. Las tarifas de esta tasa serán las siguientes:
a Servicio de megafonía. Tres euros.
b Por fijación en los Tablones de Anuncios. Por cada folio y día 1 euro.
Artículo 6. Devengo.
Quien desee utilizar este Servicio, lo solicitará en las oficinas municipales indicando el texto de desea pregonar, al que deberá dar su conformidad el Sr. Alcalde o persona en quien delegue. La tasa de voz pública se devengará desde el momento en que se autorice la prestación del servicio y se satisfarán en la Caja Municipal. Sin este requisito del previo pago no se prestará el servicio. En caso de no poder prestarse el servicio por causa imputable al Ayuntamiento, le será devuelto el importe satisfecho, no teniendo derecho a indemnización.
Artículo 7. Infracciones y sanciones.
En los casos de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza, de acuerdo con lo previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones regulado en la Ley General Tributaria y en las disposiciones que la complementen y desarrollen.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a partir del día siguiente a su publicación.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Burgos.
Navarrevisca, 8 de julio de 2021.
La Alcaldesa, Leticia Sánchez del Río.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 15/07/2021

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha15/07/2021

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones3622

Primera edición04/01/2010

Ultima edición12/06/2024

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