¿Cómo tramitar una Sucesión en la Provincia de Buenos Aires?

¿Qué es una sucesión?

Es un proceso judicial en el cual se declara quienes son los sucesores de una persona fallecida y le sigue en todos sus derechos desde el momento de su defunción.

Clases de sucesión

Ab Intestato

La persona fallecida no ha dejado testamento. La gran mayoría de las sucesiones pertenecen a esta clase.

Testamentaria

La persona fallecida ha dejado un testamento.

Ver más abajo Sucesiones Testamentarias

¿Quiénes son los herederos forzosos?

Hijos y demás descendientes, padres y demás ascendientes, cónyuge, hermanos y colaterales hasta cuarto grado.

¿Qué sucede cuando hay hijos de distintas uniones?

Todos los hijos heredan por igual, sean matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, reconocidos voluntariamente o por sentencia judicial.

¿Quién puede iniciar la sucesión?

La pueden iniciar sus herederos o un acreedor de la persona fallecida.

¿Dónde si inicia?

Se inicia ante los tribunales del último real domicilio de la persona fallecida. Es decir, donde vivía.

De acuerdo a la localidad donde residia la persona fallecida, se inicia en el Departamento Judicial correspondiente.

Documentación a presentar

Todos los documentos que se detallan, deben ser presentados en original y son aquellos que acreditan un vínculo con el difunto/a.

- Partida de defunción del causante

- Partida de nacimiento de los hijos, si los hubiere y de su
defunción si están fallecidos

- Partida de matrimonio, si el difunto/a estaba casado/a

- Partida de nacimiento y matrimonio de los padres del fallecido, si
son ellos sus herederos.

- Partidas que acrediten vínculos por otros parentescos

- Títulos de propiedad de inmuebles, autos, u otro bien registrable

-Datos de cuentas bancarias

¿Tienen que iniciarla todos los herederos en forma conjunta?

No, no es necesario. La puede iniciar un solo heredero, denunciando la existencia de los restantes y luego serán citados.

¿El cónyuge hereda los bienes gananciales?

No. Al fallecer un cónyuge el otro retira su parte (50%) y el resto, es heredado por los hijos en partes iguales.

¿Cuáles son los bienes gananciales?

Los adquiridos durante el matrimonio.

¿Cuáles son los bienes propios?

Son los adquiridos antes del matrimonio o recibidos por herencia o a título gratuito.

¿Hereda el cónyuge los bienes propios?

El cónyuge hereda como si fuera un hijo más en los bienes propios

¿Qué es la legítima?

Es la parte que le corresponde a los herederos forzosos por ley.

La porción “libre” de la cual puede disponer la persona en vida es el equivalente el 20% de su patrimonio.

¿Qué profesional se encarga de la tramitación de una sucesión?

Los abogados son los únicos profesionales habilitados para realizar esta gestión.

Pasos de una sucesión

- Presentación de escrito de inicio, acompañando partida de defunción y demás documentación que acrediten el vínculo con el causante.

- Apertura del sucesorio

- Si no se conociera, pedido de informes ante distintos Registros (Propiedad Inmueble, Automotor, Bancos) a fin de determinar el patrimonio de la persona fallecida.

- Publicación de edictos y espera de 30 días desde su última publicación

- Declaratoria de herederos

- Denuncia de bienes, acompañando título de propiedad y libre deudas.

- Pago de tasa de justicia

- Pedido de inscripción de la Declaratoria de herederos ante distintos organismos

- Manifestación del abogado interviniente acerca del pago de sus honorarios

- Inscripción de la Declaratoria

Honorarios profesionales

Antes de inscribir la declaratoria, momento desde el cual el bien queda a nombre de el/los herederos, el profesional interviniente debe manifestar si ha percibido sus honorarios que por lo general son acordados entre las partes antes de iniciar la sucesión o si no hay acuerdo pedir una regulación judicial.

Como este valor puede ser elevado, en la gran mayoría de los casos, se celebra un acuerdo entre las partes, donde se fija un honorario que puede oscilar entre un 7 y un 10% del valor que se transmite.

Regulaciones judiciales

En provincia de Buenos Aires, las regulaciones judiciales oscilan entre un 7 y 25% de la valuación fiscal.

¿Cuánto tiempo puede demorar la tramitación de una sucesión?

Si bien no todas las sucesiones son iguales, se puede decir que demora entre 4 y 6 meses una sucesión sin complicaciones.

¿Qué sucede cuando una persona fallece sin herederos?

Si una persona tiene un patrimonio y fallece sin, aparentemente, herederos es la Fiscalía de Estado de la Provincia de Buenos Aires quien se ocupa de la tramitación de la sucesión y es designado beneficiario, pasando los bienes existentes a su órbita.

Gastos de una sucesión

Obtención de partidas

Bono e ius profesional $ 100 y $ 210 respectivamente

Planilla de inscripción en Juicios Universales

Publicación de edictos $ 65

Tramitación de oficios ante Instituto de Previsión Social y Colegio de Escribanos de la provincia de Buenos Aires $ 50.-

Tasa de Justicia 2,2% del acervo

Sobretasa de justicia 10% del monto abonado por concepto de tasa de justicia

Cargas previsionales 5 % de la regulación de honorarios

Plano de mensura, si corresponde

Inscripción de Declaratoria de Herederos ante distintos Registros

Sucesión testamentaria

Estas sucesiones se originan porque la persona fallecida, en vida, ha dejado plasmado en un testamento su última voluntad.

Hay que tener presente que el testador no tiene la posibilidad de disponer de todos sus bienes a su gusto, sino que sólo podrá testar en la porción de la que puede disponer libremente, llamada porción legítima.

Clases de testamentos

- Ológrafo es el testamento escrito de puño y letra, además de sus designios, debe contener la fecha y firma del testador.

- Por acto público Es el que se otorga por escritura pública ante un escribano autorizado y la presencia de 3 testigos.

- Cerrado. Se entrega en un sobre cerrado, a un escribano público y ante la presencia de 5 testigos. Debe contener la firma del testador.

Normas aplicables

- Código Civil de la República Argentina arts. 3279 al 3874

- Código Procesal Civil y Comercial de la provincia de Buenos Aires arts. 724 al 772


Sucesión

Buenos días. Quisiera saber cuanto cuesta y cuanto tarda hacer la sucesión de un campo en la pcia de Bs.As.Yo soy la única heredera de la peresona fallecida.Gracias

susecion

hola mi pregunta es .es por la sucecion de mi padre yo soy su hija mayor del primer matrimonio .mi podre y mi madre se divorciaron en el año 1994 ,mi padre hijo pareja de la cual tubo dos hijos ..mi padre en el año 2006 fallece en un accidente .y tenia juicios y concurso de acredores por cobrar de la empresa rio de la plata del transporte .al fallecer llamaron asu casa y su esposa inicia la sucecion .para cobrar el dinero y declara sus 2 hijos y dejandome ami afuera .el domicilio lo ponen como que es de otra juridiccion con otro codigo postal .para que no pudieran ubicarme ...nesecito tener datos de la sucecion para pedir que la habran otra vez como tengo que hacer .....muchas gracias

Susecion somos 2hermanos y

Susecion somos 2hermanos y madre y solo quieren dejar el inmueble a mi q nesesitamos hacer gracias

Susecion somos 2hermanos y

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