Provincia de Buenos Aires - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA - Resolución Nº 17/14 - 20/03/2014

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La Plata, 5 de febrero de 2014. VISTO el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales Decreto nº 878/03, ratificado por Ley nº 13.154, modificado por Decreto nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto nº 3.289/04, el Contrato de concesión del servicio público sanitario aplicable al concesionario “ABSA”, el Expediente nº 2430-5154/2014, y CONSIDERANDO: Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Que este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene a su cargo el control, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas aplicables a la concesión del servicio sanitario conforme surge del artículo 88 del marco regulatorio; Que en ejercicio de ese control se ha detectado que el Concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” no ha satisfecho, en la Ciudad y Partido de La Plata, los siguientes reclamos:

a) en el barrio de Los Hornos por inconvenientes por falta de agua y baja presión en un sector que comprende las calles 153 a 155 y desde Avda. 66 a calle 70;

b) en el casco urbano de la Ciudad de La Plata por baja presión en la zona que comprende las calles 90 a 92 y desde calles 5 hasta Avda. 7, con reclamo ante ABSA nº 1285968/1289182;

c) en el Barrio Hipódromo por baja presión en la zona que comprende las calles 120 entre calles 32 y 35 y Boulevard 83, con reclamo ante ABSA nº 1282265/1267379;

d) Barrio Villa Elvira por desborde cloacal en la zona que comprende las calles 122 bis y 80;

e) Barrio Villa Elvira por desborde cloacal en la zona que comprende las calles 122 e/ 80 y 84 y zona de descarga;

f) Bario La Loma por colector cloacal obstruido en calle 34 esquina 22, con reclamo ante “ABSA” nº 1291622;

g) en el casco urbano de la Ciudad de La Plata por desborde en boca de registro en calle 24 esquina 59, con reclamo ante “ABSA” nº 1292844;

h) en la Localidad de City Bell por obstrucción domiciliaria en calle Diag. Justo José de Urquiza nº 242 entre calles 464 y 465 con reclamo ante “ABSA” nº 1291941;

i) en la Ciudad de La Plata por desborde en boca de registro de calle 4 esquina 611, con reclamo ante “ABSA” nº 1292500/2;

j) en el caso urbano de la Ciudad de La Plata por obstrucción en colector de calle 68 esquina Diagonal 73, con reclamo ante “ABSA” nº º1292481;

k) en la Localidad de City Bell por falta de agua en Calle 24 Nº 5160 entre calles 481 y Arroyo Rodríguez con reclamo ante “ABSA” nº 1250374;

Que en consecuencia y precisamente en resguardo de los derechos del Usuario corresponde intimar a “A.B.S.A.” para que dé efectiva solución al reclamo formulado por la Usuaria, en los términos de los artículos 51, 88 inciso

n) sigs. y concs.

del Marco Regulatorio; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de Buenos Aires establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por el artículo 33 de la Ley nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; los Contratos de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 1; EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Intimar al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” a dar debida solución a los siguientes reclamos:

a) en el barrio de Los Hornos por inconvenientes por falta de agua y baja presión en un sector que comprende las calles 153 a 155 y desde Avda. 66 a calle 70;

b) en el casco urbano de la Ciudad de La Plata por baja presión en la zona que comprende las calles 90 a 92 y desde calles 5 hasta Avda. 7, con reclamo ante ABSA nº 1285968/1289182;

c) en el Barrio Hipódromo por baja presión en la zona que comprende las calles 120 entre calles 32 y 35 y Boulevard 83, con reclamo ante ABSA nº 1282265/1267379;

d) Barrio Villa Elvira por desborde cloacal en la zona que comprende las calles 122 bis y 80;

e) Barrio Villa Elvira por desborde cloacal en la zona que comprende las calles 122 e/ 80 y 84 y zona de descarga;

f) Bario La Loma por colector cloacal obstruido en calle 34 esquina 22, con reclamo ante “ABSA” nº 1291622;

g) en el casco urbano de la Ciudad de La Plata por desborde en boca de registro en calle 24 esquina 59, con reclamo ante “ABSA” nº 1292844;

h) en la Localidad de City Bell por obstrucción domiciliaria en calle Diag. Justo José de Urquiza nº 242 entre calles 464 y 465 con reclamo ante “ABSA” nº 1291941;

i) en la Ciudad de La Plata por desborde en boca de registro de calle 4 esquina 611, con reclamo ante “ABSA” nº 1292500/2;

j) en el caso urbano de la Ciudad de La Plata por obstrucción en colector de calle 68 esquina Diagonal 73, con reclamo ante “ABSA” nº 1292481;

k) en la Localidad de City Bell por falta de agua en Calle 24 Nº 5160 entre calles 481 y Arroyo Rodríguez con reclamo ante “ABSA” nº 1250374; de la Ciudad y Partido de La Plata. ARTÍCULO 2: Regístrese y Notifíquese al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)”, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y archívese. Luis Mosquera Drago Horacio Delgado Vicepresidente Director Presidente Daniel Omar Rodil Juan Diego González Morales Director Vocal Director Representante de los Usuarios C.C. 2.457

Edicto publicado en la página 3 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Jueves 20 de Marzo de 2014

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