Provincia de Buenos Aires - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA - Resolución Nº 16/14 - 20/03/2014

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La Plata, 5 de febrero de 2014. VISTO el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales Decreto nº 878/03, ratificado por Ley nº 13.154, modificado por Decreto nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto nº 3.289/04, los Contratos de concesión del servicio público sanitario aplicables a las zonas de concesión provincial nº 1 y nº 2, el presente Expediente nº 2430-5140/2014, y CONSIDERANDO: Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Que este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene a su cargo el control, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas aplicables a la concesión del servicio sanitario conforme surge del artículo 88 del marco regulatorio;

Que la Resolución OCABA nº 11/2014, en su artículo 1º dispuso: “Ordenar, en base a los considerandos antes expuestos, al concesionario “ABSA” la elaboración de un Plan de prevención de emergencias, en los términos de lo normado por los Numerales 3.2; 6.4.3 sigs. y concs.

de los Contratos de Concesión que le resultan aplicables”; Que el concesionario “ABSA” se presentó ante el Organismo de Control del Agua de

Buenos Aires solicitando una prórroga para la presentación del plan de prevención y emergencias (en los términos de lo normado por los Numerales 3.2; 6.4.3 sigs. y concs.

de los Contratos de Concesión que le resultan aplicables), debido a la necesidad de girar por las distintas áreas del concesionario, para recabar la información pertinente, la orden impartida por la Resolución Ocaba nº 11/2014; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de Buenos Aires establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por el artículo 33 de la Ley nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; los Contratos de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de las Zonas de Concesión nº 1 y nº 2; EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Otorgar el plazo de diez (10) días de prórroga, a partir de la notificación de la presente, al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” a los fines de cumplir la orden establecida por el artículo 1º de la Resolución Ocaba nº 11/2014, a los efectos de la elaboración de un Plan de prevención de emergencias, en los términos de lo normado por los Numerales 3.2; 6.4.3 sigs. y concs.

de los Contratos de Concesión que le resultan aplicables. ARTÍCULO 2º: Regístrese y Notifíquese al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (A.B.S.A.)”. ARTÍCULO 3º: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y, una vez cumplido, archívese. Luis Mosquera Drago Horacio Delgado Vicepresidente Director Presidente Daniel Omar Rodil Juan Diego González Morales Director Vocal Director Representante de los Usuarios C.C. 2.456

Edicto publicado en la página 3 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Jueves 20 de Marzo de 2014

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