Provincia de Buenos Aires - MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA - ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA - Resolución Nº 18/14 - 20/03/2014

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La Plata, 5 de febrero de 2014. VISTO el Marco Regulatorio Provincial para la prestación de los servicios públicos de agua potable y desagües cloacales Decreto nº 878/03, ratificado por Ley nº 13.154, modificado por Decreto nº 2.231/03 y reglamentado por Decreto nº 3.289/04, el Contrato de concesión del servicio público sanitario aplicable al concesionario “ABSA”, el Expediente nº 2430-5155/2014, y CONSIDERANDO: Que el Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene por objeto ejercer el poder de policía sobre los servicios sanitarios, controlando el fiel cumplimiento del Marco Regulatorio y su normativa complementaria, asegurando la calidad de los servicios y la protección de los intereses de la comunidad, el control, fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas vigentes, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires; Que este Organismo de Control del Agua de Buenos Aires tiene a su cargo el control, la fiscalización y verificación del cumplimiento de las normas aplicables a la concesión del servicio sanitario conforme surge del artículo 88 del marco regulatorio; Que en ejercicio de ese control se ha detectado que el Concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” no ha satisfecho, en la Ciudad y Partido de Florencio Varela, los reclamos siguientes reclamos:

a) en el Barrio Pico de Oro por falta de agua con reclamo ante “ABSA” nº 1277098/1278577 en calle Yugoslavia entre Paysandú y París

b) en el Barrio “La Rotonda” por Falta de agua colectiva con reclamo ante “ABSA” nº 1292807; en calle Juana de Ibarbourou esq. Perito Moreno;

c) en el Barrio Santa Rosa por Pérdida en calzada con reclamo ante “ABSA” nº 1291883, en calle Bucarest Nº 1100 esquina Suiza;

d) en el Barrio Villa Arias por desborde en boca de registro con reclamo ante “ABSA” nº 1291729, en Calle Martín Grass entre 816 y 818;

e) en el Bario Villa Angélica por obstrucción en colectora con reclamo ante “ABSA” nº 1292893, en Calle El Salto entre Tinogasta y Aconcagua;

f) en el Barrio Presidente Sarmiento (Cruce Varela) por pérdida en calzada con reclamo ante “ABSA” nº 1292321, en calle Luis Braille nº 2094 esquina Hernando de Magallanes;

g) en el Barrio Agustín Ramírez por desborde Cloacal con reclamo ante “ABSA” nº 1195401, en la intersección de calles Rawson y Monteverde;

Que en consecuencia y precisamente en resguardo de los derechos del Usuario corresponde intimar a “A.B.S.A.” para que dé efectiva solución al reclamo formulado por la Usuaria, en los términos de los artículos 51, 88 inciso

n) sigs. y concs.

del Marco Regulatorio; Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el Marco Regulatorio Provincial de los Servicios Públicos Sanitarios de agua potable y desagües cloacales de la Provincia de Buenos Aires establecido por el Decreto Nº 878/2003, ratificado por el artículo 33 de la Ley nº 13.154 y reglamentado por Decreto Nº 3.289/04; los Contratos de Concesión del Servicio Público de Provisión de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Zona de Concesión Nº 1; EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO DE CONTROL DEL AGUA DE BUENOS AIRES, RESUELVE: ARTÍCULO 1º: Intimar al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)” a dar debida solución a los siguientes reclamos:

a) en el Barrio Pico de Oro por falta de agua con reclamo ante “ABSA” nº 1277098/1278577 en calle Yugoslavia entre Paysandú y París

b) en el Barrio “La Rotonda” por Falta de agua colectiva con reclamo ante “ABSA” nº 1292807; en calle Juana de Ibarbourou esq. Perito Moreno;

c) en el Barrio Santa Rosa por Pérdida en calzada con reclamo ante “ABSA” nº 1291883, en calle Bucarest Nº 1100 esquina Suiza;

d) en el Barrio Villa Arias por desborde en boca de registro con reclamo ante “ABSA” nº 1291729, en Calle Martín Grass entre 816 y 818;

e) en el Bario Villa Angélica por obstrucción en colectora con reclamo ante “ABSA” nº 1292893, en Calle El Salto entre Tinogasta y Aconcagua;

f) en el Barrio Presidente Sarmiento (Cruce Varela) por pérdida en calzada con reclamo ante “ABSA” nº 1292321, en calle Luis Braille nº 2094 esquina Hernando de Magallanes;

g) en el Barrio Agustín Ramírez por desborde Cloacal con reclamo ante “ABSA” nº 1195401, en la intersección de calles Rawson y Monteverde; de la Ciudad y Partido de Florencio Varela. ARTÍCULO 2: Regístrese y Notifíquese al concesionario “Aguas Bonaerenses S.A. (ABSA)”, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y archívese. Luis Mosquera Drago Horacio Delgado Vicepresidente Director Presidente Daniel Omar Rodil Juan Diego González Morales Director Vocal Director Representante de los Usuarios C.C. 2.458

Edicto publicado en la página 4 del Boletin Oficial de la Provincia de Buenos Aires del Jueves 20 de Marzo de 2014

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