Pérdida de la Ciudadanía Italiana

La ciudadanía italiana puede perderse ya sea en forma automática o bien a través de una renuncia formal.

La pérdida automática de la ciudadanía italiana se produce en los siguientes casos:

1) Si el ciudadano italiano se enrola en el ejército de un Estado que no sea Italia o acepte un cargo público en un Estado que no sea Italia, a pesar de que expresamente se lo prohíba el Gobierno italiano.

2) El ciudadano italiano que, durante el estado de guerra con un Estado extranjero, haya realizado el servicio militar o haya ejercido un cargo público o haya adquirido la ciudadanía de aquel Estado.

3) La persona adoptada en caso de revocación de la adopción por un hecho imputable al mismo, si posee o ha adquirido otra ciudadanía.

La ciudadanía italiana se pierde a través de renuncia formal a ella cuando:

1) El adoptado que es mayor de edad, luego de la revocación de la adopción por un hecho imputable al adoptante, siempre que posea o readquiera otra ciudadanía;

2) El ciudadano italiano, si reside o establece su residencia en el extranjero, o si posea, adquiere o recupera otra ciudadanía.

(NOTA: respecto de las relaciones Italo - Argentinas ver también el CONVENIO DE NACIONALIDAD DEL 29 DE OCTUBRE DE 1971)

3) Quien sea mayor de edad y haya conseguido la ciudadanía italiana siendo menor de edad, luego de la adquisición o recupero de la ciudadanía de uno de los progenitores, con la condición que posea otra ciudadanía.

La declaración de renuncia a la ciudadanía se realiza frente al oficial del registro civil de la Comuna donde el declarante reside o, en caso de residir en el exterior, frente a la autoridad diplomática-consular competente. Aquella debe estar acompañada de la siguiente documentación:

a) Partida de nacimiento otorgada por la comuna en la cual dicha partida resulta inscripta o transcripta.

b) Certificado de ciudadanía italiana.

c) Documentación relativa a la ciudadanía extranjera.

d) Documentación relativa a la residencia en el exterior, dondequiera que haya sido
requerida.

El menor de edad no pierde la ciudadanía italiana si uno o ambos padres la pierden o readquieren una ciudadanía extranjera.

Las mujeres casadas con ciudadanos extranjeros después del 1º de enero de 1948 que hayan adquirido automáticamente una ciudadanía extranjera no perdieron la ciudadanía italiana. A fin de permitir las anotaciones marginales necesarias de las actas de estado civil, es necesario que las mujeres interesadas (o sus descendientes) manifiesten a las autoridades competentes (comunas u oficinas consulares) la voluntad de mantenerla.

Desde el 1º de enero de 1948 la mujer no pierde la ciudadanía italiana ni siquiera en caso de adquisición de una ciudadanía extranjera por naturalización por parte del marido nacido en Italia.

Necesito saber cuales son

Necesito saber cuales son los pasos a seguir para renunciar a la ciudadanía italiana. Fue adquirida siendo menor de edad

Deseo información para la

Deseo información para la anulación de la ciudadanía italiana para mi sobrino, el la adquirió siendo menor de edad. Por favor necesito más informacion

Publicar un nuevo comentario

El contenido de este campo se mantiene como privado y no se muestra públicamente.


  • Las direcciones de las páginas web y las de correo se convierten en enlaces automáticamente.
  • Allowed HTML tags: <a> <em> <strong> <cite> <code> <ul> <ol> <li> <dl> <dt> <dd>
  • Saltos automáticos de líneas y de párrafos.

Más información sobre opciones de formato