Marcela Adriana Salvattore - CUIT 27-26847126-5

Basic and Identification Data

Last Name and NameSALVATTORE MARCELA ADRIANA
Possible DNI26.847.126
CUIT/CUIL27-26847126-5
Est. Age46 years
HomonymsNo other persons were found in the AFIP roll with this same name and last name.
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Information from AFIP

Activity or OccupationServicios jurídicos
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Value Added TaxNo Inscripto
MonotributoB
Member of CompaniesNo
EmployerNo

Information from the Official Gazette of the Argentine Republic

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/08/2018 - Primera Sección - Page 36

Boletín Oficial Nº 33.936 - Primera Sección 36 Martes 21 de agosto de 2018 Que en el caso del Dr. D. Ricardo Juan URRESTI RIVERO, del Dr. D. Ángel Ernesto BORCHICHI, del Lic. D. Carlos Jorge GUBERMAN, Dr. D. Fernando Diego ÁLVAREZ, del Magister D. Facundo Gabriel GALVAN, de la Dra. Da. Giselle CASTELNUOVO, del Dr. D. Gerardo Ezequiel SCHERLIS PEREL y del Dr. D. Martín Esteban SCOTTO, los mismos han presentado las renuncias a los respectivos cargos, por lo que procede que las prórrogas se efectúen hasta las fechas de sus dimisiones. Que en los casos de la Dra. Da. Virginia GÓMEZ DELORENZO, de la Dra. Da. María Cristina GIROTTI, del Cr. D. José Alejandro ABRAAM, de la Dra. Da. Marcela Adriana SALVATTORE, del Ing. D. Ricardo Raúl... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2016 - Primera Sección - Page 4

NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS MUNICIPIOS, perteneciente a la Subsecretaría señalada, la COORDINACIÓN PROGRAMA MI PUEBLO. Que por la Resolución Conjunta ex-SGyCA SH N°  6 y N°  398 del 12 de diciembre de 2013 se incorporó al Nomenclador de Funciones Ejecutivas, entre otros, al aludido cargo creado por la Decisión Administrativa antes mencionada. Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita la designación transitoria de la Dra. Da. Marcela Adriana SALVATTORE (D.N.I. ... Read more

Boletín Oficial de la República Argentina del 11/05/2016 - Primera Sección - Page 5

Primera Sección Miércoles 11 de mayo de 2016 BOLETIN OFICIAL Nº 33.376 #I5123346I# N° 26.847.126) en el cargo de COORDINADORA DEL PROGRAMA MI PUEBLO (Nivel B, Grado 0, F. E. IV) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS MUNICIPIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN MUNICIPAL, perteneciente a la SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES de dicho Departamento de Estado, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia. MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA Decisión Administrativa 441/2016 Desígnase Director de Seguimiento de Obras. Bs. As., 10/05/2016 Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08. VISTO el Expediente N° S02:0032974/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N°  27.198, los Decretos N°  2098 del 3 de diciembre de 2008 y N° 227 del 20 de enero de 2016, y Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08. Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016. Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 227/16 y a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N° 27.008 y N° 27.198. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 10 de diciembre de 2015 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de COORDINADORA DEL PROGRAMA MI PUEBLO (Nivel B, Grado 0, F.E. IV) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN DE LOS MUNICIPIOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN MUNICIPAL, perteneciente a la SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES, a la Dra. Da. Marcela Adriana SALVATTORE (D.N.I. N° 26.847.126), con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de las Leyes N°  27.008 y N°  27.198, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV. Art. 2° — El cargo consignado en el artículo 1° deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio. #F5123297F# CONSIDERANDO: Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS. Que por el Decreto N°  227/16 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS a efectuar, entre otras, toda designación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de la dotación de planta permanente y transitoria, que se encuentren vacantes y financiados con la correspondiente partida presupuestaria, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente. Que el MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA solicita la designación transitoria del Lic. D. Alberto Adrián NAZER (D.N.I. N° 30.756.706) en el cargo de DIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE OBRAS (Nivel B, Grado 0) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANIZACIÓN COMUNITARIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT del citado Ministerio, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia. Que la designación solicitada debe efectuarse con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08. Que dicha Jurisdicción cuenta con la respectiva vacante financiada, motivo por el cual la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno. Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 227/16 y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198. Por ello, EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE: Artículo 1° — Desígnase con carácter transitorio en la Planta Permanente del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a partir del 1° de marzo de 2016 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR DE SEGUIMIENTO DE OBRAS (Nivel B, Grado 0) de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANIZA- CIÓN COMUNITARIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE HÁBITAT Y DESARROLLO HUMANO de la SECRETARÍA DE VIVIENDA Y HÁBITAT, al Lic. D. Alberto Adrián NAZER (D.N.I. N°  30.756.706) con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.198. Art. 2° — El cargo mencionado deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida. Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA. Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio. #F5123346F# RESOLUCIONES #I5122087I# Secretaría de Modernización Administrativa MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Resolución 4/2016 Resolución N° 65/2016. Modificación. Bs. As., 09/05/2016 VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXPS01:0156402/2016 del Registro del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, las Leyes Nros. 22.520 y modificatorias y 25.506, los Decretos Nros, 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, 434 del 1° de marzo de 2016 y 561 del 6 de abril de 2016, la Resolución N°  65 del 21 de abril de 2016, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 25.506 de Firma Digital reconoce la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, y en su artículo 48 establece que el Estado Nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelización. Que la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias, en su artículo 23 octies establece las competencias del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN entre las cuales se encuentran las de diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de gestión de la Administración Pública Nacional; e intervenir en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance transversal o comunes a los organismos y entes de la Administración Pública Nacional, Centralizada y Descentralizada. 5 Que el Decreto N°  357/02 y sus modificatorios, en el punto XXX de la planilla Anexa al artículo 2° faculta a la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, entre otros, a entender en las propuestas e iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos transversales y sistemas centrales de soporte de gestión del Sector Público Nacional, a partir del desarrollo y coordinación de políticas, marcos normativos, capacidades, instrumentos de apoyo y plataformas tecnológicas; y a asistir a las áreas de gobierno en el proceso de modernización administrativa, a partir del desarrollo, implementación y monitoreo de sistemas y prácticas centrales. Que el Decreto N° 434/16, que aprueba el PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL ESTADO, contempla como uno de sus cinco ejes al PLAN DE TECNOLOGÍA Y GOBIERNO DIGITAL, proponiendo implementar una plataforma horizontal informática de generación de documentos y expedientes electrónicos, registros y otros contenedores que sea utilizada por toda la administración a los fines de facilitar la gestión documental, el acceso y la perdurabilidad de la información, la reducción de los plazos en las tramitaciones y el seguimiento público de cada expediente. Que el Decreto N°  561/16 aprueba la implementación del sistema de GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) como sistema integrado de caratulación, numeración, seguimiento y registración de movimientos de todas las actuaciones y expedientes del Sector Público Nacional, actuando como plataforma para la gestión de expedientes electrónicos. Que el Artículo 6 del Decreto... Read more

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