Periódico Oficial de Puebla del día 25/05/2021 - Tercera Sección

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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

Martes 25 de mayo de 2021

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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La revisión también se ocupó de verificar, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 206 del Código, que los partidos políticos señalaran de manera completa el nombre y clave de la credencial para votar de cada candidata o candidato para el que solicita su registro, durante el plazo para realizarlo, puesto que de no hacerlo así perderían su derecho a participar en la elección correspondiente, concluyendo que en todos los casos se cumplió con dicho requisito.
Tomando como base el informe que efectuó la Dirección de Prerrogativas, este Consejo General, verificará que los partidos políticos o coaliciones solicitantes del registro, presentaron la documentación requerida por el artículo 208 del Código y en el Manual, en términos de lo que se enlista a continuación:

De la revisión efectuada por la Dirección de Prerrogativas, se puede observar que la documentación presentada por los partidos políticos y coaliciones, cubre con los extremos señalados en el artículo 208 del Código, así como los requisitos y criterios señalados en el Manual aprobado por el Consejo General, mediante el acuerdo identificado con el número CG/AC-032/2021.
Asimismo, se verificó que junto con la solicitud de registro se presentara el Formato de registro del SNR, ya que, de no anexarse, o no se subsane en tiempo y forma la omisión señalada en el oficio de requerimiento formulado por la Autoridad Administrativa Electoral, se tendría por no presentada la solicitud respectiva, sin responsabilidad para la Autoridad Electoral, tal y como lo señala el artículo 281, numeral 6, del Reglamento.
Cabe mencionar que también se analizaron los requisitos de elegibilidad previstos en los artículos 36 y 37 de la Constitución Local; así como 15 del Código, teniendo por acreditados los mismos, según se desprende de la revisión documental efectuada por la Dirección de Prerrogativas. Se debe indicar que la revisión del cumplimiento de dichos requisitos, se hizo tomando en consideración la jurisprudencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación identificada con el número 11/1997, cuyo rubro es ELEGIBILIDAD DE CANDIDATOS.
OPORTUNIDAD PARA SU ANÁLISIS E IMPUGNACIÓN.
a.1 De las candidaturas comunes En lo que respecta a las candidaturas comunes, se observó que cumplieran con lo establecido por el artículo 58
Bis del Código, en sus párrafos segundo y séptimo:

De lo anterior, y derivado del análisis realizado por la Dirección de Prerrogativas, se concluye que los partidos políticos que optaron por esta forma de asociación política, cumplen con lo previsto en el artículo anteriormente citado, puesto que acompañaron la documentación que acreditó que los Órganos Internos de cada uno de ellos, autorizaron la postulación de las candidaturas que se presentaron bajo dicha modalidad de participación, son procedentes las postulaciones en candidatura común que se presentaron para postular diputaciones por el principio de Mayoría Relativa; en atención a que además de ello se observaron de manera puntual las disposiciones contenidas en los Lineamientos para postular Candidaturas Comunes a los cargos que correspondan en cada Proceso Electoral del Estado de Puebla.
Ahora bien, en virtud de que a la fecha de la presente sesión, se encuentran solicitudes de registro pendientes de resolver, relativas a candidaturas comunes para diputaciones por el principio de mayoría relativa; este Consejo General en términos de lo establecido en el artículo 213, fracción III del Código, requiere a los solicitantes a fin de que en el término de 3 días subsanen las omisiones señaladas, prevenidos de que en caso de no hacerlo, su solicitud de registro se tendrá por no presentada.

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Periódico Oficial de Puebla del día 25/05/2021 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date25/05/2021

Page count233

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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