Periódico Oficial de Puebla del día 06/04/2021 - Tercera Sección

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Tercera Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Martes 6 de abril de 2021

GOBIERNO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
ACUERDO de la Secretaria de la Función Pública del Gobierno del Estado, por el que establece los Lineamientos para la Evaluación de los Trámites y Servicios de la Administración Pública Estatal.
Al margen el logotipo oficial de la Secretaría y una leyenda que dice: Secretaría de la Función Pública.
Gobierno de Puebla.
AMANDA GÓMEZ NAVA, Secretaria de la Función Pública, y
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 134 mandata, que los recursos económicos de que dispongan la Federación, las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y absoluta honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, lo anterior para salvaguardar los recursos del pueblo y evitar el manejo indebido de fondos y recursos para beneficios personales.
Que conforme a los principios establecidos por nuestra Carta Magna, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla señala en el artículo 108, que los recursos económicos de que dispongan el Estado, los Municipios y sus entidades, así como los organismos autónomos, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez, para satisfacer los objetivos a que estén destinados.
Que el Plan Estatal de Desarrollo 2019-2024, como instrumento rector de la Administración Pública del Estado, establece como objetivo del Eje Especial denominado Gobierno Democrático, Innovador y Transparente, contribuir a un gobierno abierto que garantice el combate a la corrupción y la eficiencia en la gestión gubernamental, con perspectiva de género e interseccionalidad. En este sentido, la Estrategia 3. Fortalecer los mecanismos de planeación, control, evaluación y fiscalización en el sector gubernamental para la mejora continua y el combate a la corrupción e impunidad, establece como Línea de acción 1. Mejorar los procesos de control y evaluación de la gestión gubernamental y de desempeño.
Que en términos de los artículos 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla y 12 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, la persona Titular de la Secretaría de la Función Pública, cuenta con atribuciones para emitir acuerdos, políticas, circulares, reglas, bases, normas, lineamientos y demás disposiciones de carácter general en materia de control interno y evaluación de la gestión gubernamental, auditorías, responsabilidades administrativas de las personas Servidoras Públicas, integridad, ética y prevención de conflictos de interés, adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y servicios relacionados con las mismas, contraloría y participación social, trámites y servicios públicos, inspecciones, revisiones, supervisiones y, en general aquellas relacionadas con el ejercicio del servicio público, en concordancia a los Planes Nacional y Estatal de Desarrollo, la legislación y normatividad aplicables que deban observar las personas Servidoras Públicas de la Secretaría, así como las Dependencias y Entidades.
Que en atención a lo dispuesto por el artículo 28 fracción XII del referido Reglamento Interior, la persona Titular de la Coordinación General de Contraloría Social, Participación y Evaluación tiene atribuciones para proponer a su superior jerárquico para su aprobación los proyectos, programas, normas, políticas, lineamientos, sistemas, criterios y estrategias en materia de evaluación a la gestión pública de los programas presupuestarios, evaluación de trámites y servicios, así como mecanismos de participación social, bajo un enfoque de corresponsabilidad, transparencia y rendición de cuentas, así como su actualización con las disposiciones aplicables.
Que en el mismo orden de ideas, las atribuciones contenidas en los dos párrafos que anteceden, respecto a la evaluación de trámites y servicios, descienden de forma armónica en la Dirección de Evaluación de la propia Dependencia, la cual, conforme lo dispone el artículo 30 fracciones I, III, y IV del citado Reglamento Interior, de manera enunciativa más no limitativa, es competente para verificar que la evaluación de trámites y servicios, que se realicen en las Dependencias y Entidades, se efectúen con apego a las disposiciones aplicables, determinar y someter a consideración de su superior jerárquico, las observaciones y recomendaciones a partir de la evaluación de trámites y servicios, en el Gobierno del Estado, y dar seguimiento a las acciones correctivas que deban realizarse, así como para realizar el seguimiento, revisión y validación de los avances de la evaluación sobre la calidad de los trámites y servicios públicos, en el ámbito de su competencia.

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Periódico Oficial de Puebla del día 06/04/2021 - Tercera Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Tercera Sección

CountryMexico

Date06/04/2021

Page count15

Edition count631

First edition06/03/2015

Last issue06/02/2024

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