Periódico Oficial de Puebla del día 22/03/2021 - Segunda Sección

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Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Lunes 22 de marzo de 2021

GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TLAXCO
ACUERDO de Cabildo del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Tlaxco, de fecha 28 de agosto de 2020, por el que aprueba el REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL DEL
H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TLAXCO, PUEBLA.
Al margen un sello con el Escudo Nacional y una leyenda que dice: Estados Unidos Mexicanos. H. Ayuntamiento Municipal. Tlaxco, Puebla. Presidencia. 2018-2021.
JUNA NERI JIMÉNEZ, Presidente Municipal, del H. Ayuntamiento del Municipio de Tlaxco, Puebla, a sus habitantes hace saber:

REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO INTERNO DE CONTROL
DEL H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE TLAXCO, PUEBLA
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO PRIMERO
DEL OBJETO, ÁMBITO DE APLICACIÓN Y SUJETOS DEL REGLAMENTO
ARTÍCULO 1. El presente Reglamento es de orden público, y tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento del Órgano Interno de Control, estableciendo las atribuciones de cada una de las Unidades Administrativas de su adscripción.
ARTÍCULO 2. El Órgano Interno de Control es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y despacho de los asuntos que expresamente le encomiende el presente Reglamento, así como las que le confieran la Ley Orgánica Municipal, las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y convenios aplicables.
ARTÍCULO 3. Para los efectos del presente ordenamiento, se entiende por:
I. Autoridad investigadora: La encargada de la investigación de faltas administrativas;
II. Autoridad resolutora: Tratándose de faltas administrativas no graves, lo será el Titular del Órgano Interno de Control municipal. Para las faltas administrativas graves, así como para las faltas de particulares, lo será el Tribunal;
III. Autoridad substanciadora: Las que, en el ámbito de su competencia, dirigen y conducen el procedimiento de responsabilidades administrativas desde la admisión del informe de presunta responsabilidad administrativa y hasta la conclusión de la audiencia inicial. La función de la autoridad substanciadora, en ningún caso podrá ser ejercida por una autoridad investigadora;
IV. Ayuntamiento. El órgano de gobierno del Municipio de Tlaxco, Puebla, de elección popular directa, integrado por el Presidente, el Síndico y los Regidores, en términos de la Ley Orgánica Municipal;
V. Conflicto de interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los servidores públicos en razón de intereses personales, familiares o de negocios;

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Periódico Oficial de Puebla del día 22/03/2021 - Segunda Sección

TitlePeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

CountryMexico

Date22/03/2021

Page count20

Edition count679

First edition02/02/2015

Last issue06/02/2024

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