Periódico Oficial del Estado de México del día 10/01/2019 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

Página 42

10 de enero de 2019

C O N S I D E R A N D O:
I. El Gobernador del Estado de México es competente para determinar los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada y decretar la expropiación en términos de los artículos 27, párrafos segundo y décimo fracción VI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 65 y 77 fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 1, 2, 3 fracción I, 5, 9, 9 Bis, 10, 11, 15, 16, 17, 18, 19 y demás relativos y aplicables de la Ley de Expropiación para el Estado de México.
II. El artículo 3 fracción I, de la Ley de Expropiación para el Estado de México, establece como causa de utilidad pública la apertura, ampliación, prolongación, alineamiento o mejoramiento de calles, calzadas, puentes, túneles, carreteras y vías que faciliten el tránsito de personas o vehículos.
III. En observancia a los artículos 9 Bis y 10 de la Ley de Expropiación para el Estado de México, una vez acreditada la causa de utilidad pública sustentada, así como la idoneidad material y técnica de los bienes inmuebles, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 25 fracción I, 27 y 129 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, se citó de manera personal a los propietarios y/o poseedores, para efecto de hacer de su conocimiento conforme a las normas aplicables al procedimiento, las actuaciones realizadas que integraron el expediente del procedimiento administrativo de expropiación; así como para comparecer personalmente a celebrar audiencias de avenencia, las cuales tuvieron verificativo el primero, dieciséis y veintiuno de marzo y el cinco de octubre de dos mil dieciocho con los afectados CC. Gloria Martínez Vázquez, German Bernal Arias, Hilaria González González, Bertha Gaona Romero, Gabina García González, Clara González Trujillo, Nora Leticia Ramírez García, Patricia Arizmendi Castañeda, Porfirio Cotero Bernal, Ma. Remedios Mata Arizmendi, Concepción García Pérez y Guillermo Nava García, respectivamente, en las que manifestaron lo que a su derecho correspondió, indemnizándoles por la afectación a los predios de su propiedad.
IV. Por disposición de los artículos 17.70 y 17.71 del Código Administrativo del Estado de México, le corresponde al Organismo Público Descentralizado denominado Sistema de Autopistas, Aeropuertos, Servicios Conexos y Auxiliares del Estado de México, proponer y ejecutar planes, programas, proyectos y acciones para el diseño, construcción, administración, rehabilitación y mantenimiento de la infraestructura vial de cuota, así como promover y fomentar la participación de la iniciativa privada en la construcción y administración, operación, mantenimiento, rehabilitación y conservación de infraestructura vial.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 10/01/2019 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date10/01/2019

Page count44

Edition count3227

First edition05/01/2000

Last issue16/02/2024

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