Periódico Oficial del Estado de México del día 08/09/2016 (Sección Tercera)

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8 de septiembre de 2016

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO

INSTITUTO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO
CONSEJO GENERAL
ACUERDO N. IEEM/CG/78/2016
Por el que se determina la integración de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.
Visto, por los integrantes del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, el proyecto de Acuerdo presentado por el Secretario del Consejo General; y RESULTANDO
1.

Que en sesión ordinaria celebrada el veintinueve de julio de dos mil nueve, el Consejo General de este Instituto, mediante Acuerdo CG/150/2009, integró la Comisión Especial Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos; dicho Acuerdo fue modificado mediante el diverso CG/167/2009, en sesión extraordinaria de tres de noviembre del mismo año, en lo concerniente al Resolutivo Primero: objetivos y tiempo de funcionamiento, en los siguientes términos:
Objetivos: Conocer, analizar y dictaminar sobre cualquier escrito encaminado a obtener el registro como partido político local, ya sea que lo presente una organización de ciudadanos, o bien, un partido político nacional que haya perdido su registro con tal carácter, solicitando el registro como partido político local.
Tiempo de Funcionamiento: A partir de la aprobación del presente Acuerdo y hasta que concluyan las etapas que, en su caso, tengan que desahogarse con motivo de todas las solicitudes, notificaciones y/o procedimientos que se presenten, relativas a la intención de constituirse como partido político local.

2.

Que en sesión extraordinaria del quince de octubre de dos mil catorce, este órgano superior de dirección aprobó el Acuerdo IEEM/CG/59/2014, por el que se creó la Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral.
Como tiempo de funcionamiento de la misma, se estableció en el Considerando VII del Acuerdo, lo siguiente:
A partir de su instalación y hasta la conclusión de las actividades del proceso electoral 2014-2015, por el que se elegirán Diputados a la Legislatura del Estado, para el período comprendido del cinco de septiembre de dos mil quince al cuatro de septiembre de dos mil dieciocho, y miembros de Ayuntamientos de la Entidad, para el período comprendido del primero de enero de dos mil dieciséis al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho o, en su caso, hasta en tanto existan actividades de vinculación con el Instituto Nacional Electoral.

3.

Que en sesión extraordinaria de quince de octubre de dos mil catorce, este órgano superior de dirección aprobó el Acuerdo IEEM/CG/63/2014, por el que se nombra a los integrantes de las Comisiones del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México.

4.

Que en sesión ordinaria celebrada el catorce de enero de dos mil dieciséis, este Consejo General aprobó el Acuerdo IEEM/CG/01/2016, por el que creó la Comisión Temporal de Fiscalización del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México, para atender el procedimiento de liquidación del otrora Partido Político Futuro Democrático.
Los objetivos y el tiempo de funcionamiento de la referida Comisión, se determinó en el Considerando XXII del Acuerdo, en los siguientes términos:
Objetivos:
Supervisar las fases de liquidación y de adjudicación de los recursos y bienes, que en su conjunto conforman el patrimonio del otrora Partido Futuro Democrático, en los términos ordenados por el Código Electoral del Estado de México en el artículo 204, párrafo quinto, fracción VII, y por el Reglamento para la Constitución, Registro y Liquidación de los Partidos Políticos Locales del Instituto Electoral del Estado de México, en los artículos 105, 124, párrafo primero, 136, párrafo primero, 139, 140, párrafo segundo y 141.
Supervisar la actuación del interventor designado mediante Acuerdo número IEEM/CG/189/2015, encargado del control y vigilancia directos, del uso y destino de los recursos y bienes del entonces Partido Futuro Democrático, así como del propio partido respecto a la administración de sus recursos Coordinarse con la Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, con el objeto de determinar las obligaciones fiscales que deba cumplir el otrora Partido Futuro Democrático.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 08/09/2016 (Sección Tercera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

CountryMexico

Date08/09/2016

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First edition05/01/2000

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