Periódico Oficial del Estado de México del día 31/01/2017 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

Página 2

31 de enero de 2017

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL

DOCTORA EN DERECHO LUZ MARÍA ZARZA DELGADO, CONSEJERA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL, CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 78 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE MÉXICO, 3, 15, 17, 19, FRACCIÓN XVIII Y 38 TER, FRACCIÓN XXV DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y 21 Y 22 DE LA LEY DE DEFENSORÍA PÚBLICA DEL
ESTADO DE MÉXICO.
He tenido a bien expedir los siguientes:
LINEAMIENTOS Y MANUAL DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
FIANZAS DE INTERÉS SOCIAL PARA EL AÑO 2017.
I. Definición del Programa El Programa Fianzas de Interés Social consiste en el otorgamiento gratuito de pólizas que, para tal efecto, expidan las afianzadoras permitidas por los presentes Lineamientos a los imputados que se encuentran sujetos a un proceso penal y que carecen de recursos económicos, con el objeto de gozar de libertad provisional, hasta en tanto se dicte la sentencia respectiva, en los casos en que la Ley lo permite.
Para efectos del Programa Fianzas de Interés Social se entenderá por:
a.

Centros Preventivos: a los Centros Preventivos y de Readaptación Social.

b.

Estado: al Gobierno del Estado de México.

c.

Juez: a la autoridad que impone el monto de la fianza y resuelve la situación jurídica del imputado.

d.

Instituto: al Instituto de la Defensoría Pública del Estado de México.

e.

Imputado: a la persona que tiene un proceso penal ante un órgano jurisdiccional por la comisión de una conducta antijurídica.

f.

Póliza: al documento expedido por las afianzadoras a través del cual el imputado puede obtener su libertad provisional sin ningún costo, ya que el mismo lo absorbe el Estado.

g.

Sentencia: al acto jurídico por medio del cual el Juez, resuelve definitivamente la situación jurídica del imputado.

II. Objetivo General Lograr la libertad provisional de las y los imputados a través de la exhibición de una garantía económica, a través de la expedición gratuita de las pólizas, evitando la desintegración del núcleo familiar y la sobrepoblación de los Centros Preventivos.
III. Objetivo Específico Proporcionar una garantía que permita a las y los imputados de escasos recursos que son representados por la o el defensor público, enfrentar su proceso en libertad.
IV. Población Objetivo Las y los imputados de escasos recursos económicos que se encuentran internos en los Centros Preventivos.
V. Cobertura Estatal en materia penal.
VI. Tipos e importe de los apoyos Hasta $40,000.00 cuarenta mil pesos 00/100 M.N. por póliza, en el caso de delitos no patrimoniales, a través de la Afianzadora Insurgentes y hasta $20,000.00 veinte mil pesos 00/100 M.N. para delitos patrimoniales, a través de la Fundación Telmex-Reintegra.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 31/01/2017 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date31/01/2017

Page count4

Edition count218

First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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