Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2015 (Sección Séptima)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

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30 de abril de 2015

3.

Que en sesión extraordinaria de fecha trece de noviembre de dos mil catorce, el Órgano Superior de Dirección de este Instituto Electoral, aprobó el Acuerdo número IEEM/CG/70/2014, por el que designó a las Consejeras y Consejeros Electorales de los Consejos Municipales del Instituto Electoral del Estado de México, para el Proceso Electoral 2014-2015 y cuyo Punto Cuarto determinó que el propio Consejo General podrá sustituirlos en cualquier momento, en forma fundada y motivada.

4.

Que el día uno de abril de dos mil quince, la Secretaría Ejecutiva recibió el oficio número IEEM/DO/1596/2015, suscrito por el Director de Organización, a través del cual le remitió la información de la Consejera y los Consejeros Electorales Distritales suplentes y de las Consejeras y Consejeros Electorales Municipales suplentes que han presentado renuncia al cargo y que han sido recibidas en esa Dirección hasta el día veintiocho de marzo del año en curso, lo anterior a efecto de que en términos del artículo 193, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la Junta General proponga al Órgano Superior de Dirección, a las candidatas y los candidatos para sustituir a quienes han renunciado.

5.

Que en fecha catorce de abril del año en curso, el Director de Organización a través del oficio número IEEM/DO/1992/2015 de la misma fecha, remitió a la Secretaría Ejecutiva la información de los Consejeros Electorales Distritales y Municipales suplentes que han asumido el cargo de propietarios, así como de Consejero Electoral Distrital suplente y Consejeros Electorales Municipales suplentes que han presentado renuncia al cargo y que han sido recibidas en la referida Dirección hasta el día cinco de abril del año en curso, lo anterior a efecto de que en términos del artículo 193, fracción VI, del Código Electoral del Estado de México, la Junta General proponga al Consejo General, a las candidatas y los candidatos para sustituir a quienes han asumido el cargo de Consejeros Electorales propietarios o que han renunciado al cargo.

6.

Que la Junta General en sesión ordinaria del día diecisiete de abril de dos mil quince, aprobó el Acuerdo número IEEM/JG/27/2015, por el que se propone al Consejo General candidatas y candidatos a Consejera y Consejeros Electorales Distritales suplentes y candidatas y candidatos a Consejeras y Consejeros Electorales Municipales suplentes, por renuncia de los designados o que han asumido el cargo como propietarios; y CONSIDERANDO

I.

Que la Base V, del párrafo segundo, del artículo 41, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que la organización de las elecciones es una función estatal que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y de los organismos públicos locales.
Asimismo, el Apartado C de la Base citada en el párrafo anterior, señala que en las entidades federativas, las elecciones locales estarán a cargo de organismos públicos locales en los términos que señala la propia Constitución.

II.

Que el artículo 98, numeral 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, establece que los Organismos Públicos Locales son autoridad en la materia electoral, en los términos que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la referida ley y las leyes locales correspondientes.

III.

Que en términos del artículo 11, párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales para las elecciones de Gobernador, Diputados a la Legislatura del Estado y miembros de Ayuntamientos es una función que se realiza a través del Instituto Nacional Electoral y el Organismo Público Electoral del Estado de México, denominado Instituto Electoral del Estado de México.

IV.

Que el artículo 168, primer párrafo, del Código Electoral del Estado de México, establece que el Instituto Electoral del Estado de México es el organismo público dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su funcionamiento e independiente en sus decisiones, responsable de la organización, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales.

V.

Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 185, fracción VII, del Código Electoral del Estado de México, el Consejo General de este Instituto Electoral, tiene la atribución de designar, para la elección de diputados y miembros de los ayuntamientos, de entre las propuestas de al menos el doble que al efecto realice la Junta General, a los consejeros electorales de los consejos distritales y municipales, para lo cual por cada Consejero propietario habrá un suplente.

VI.

Que la Junta General tiene la atribución de proponer al Consejo General, candidatos a consejeros electorales de los consejos distritales y municipales electorales, prevista en la fracción VI, del artículo 193, del Código Electoral del Estado de México.

VII.

Que atento a lo dispuesto por los artículos 205, fracción II, y 208, fracción II, del Código Electoral del Estado de México, en cada uno de los distritos electorales, el Instituto Electoral del Estado de México contará con un Consejo Distrital, los cuales funcionarán durante el proceso electoral para la elección de diputados y se integran, entre otros miembros, por seis Consejeros Electorales, con voz y voto, electos en los términos señalados por el propio Código.

VIII.

Que como lo señalan los artículos 214, fracción II, y 217, fracción II, del Código invocado, en cada uno de los municipios de la entidad, el Instituto Electoral del Estado de México contará con un Consejo Municipal, mismos que funcionarán durante el proceso electoral para la elección de ayuntamientos y se integran, entre otros miembros, por seis Consejeros Electorales, con voz y voto, electos en los términos señalados por el propio Código.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2015 (Sección Séptima)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Séptima)

CountryMexico

Date30/04/2015

Page count24

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First edition05/01/2000

Last issue16/12/2022

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