Periódico Oficial del Estado de México del día 23/07/2021 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 23 de julio de 2021

Sección Segunda
Tomo: CCXII No. 13

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SALUD
DR. FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CLAMONT, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL
INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO Y LIC. SANTIAGO RAMOS MILLAN PINEDA, COORDINADOR DE
REGULACION SANITARIA Y COMISIONADO PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO
DE MEXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTICULOS: 1, 4o, CUARTO PARRAFO Y 73, FRACCION XVI, BASE 1a Y
3a DE LA CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 5 DE LA CONSTITUCION POLITICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO; 134, FRACCIONES II Y XIV, 140, 147, 402, 403, 404, FRACCION XIII
DE LA LEY GENERAL DE SALUD; 25 y 26, FRACCIONES XII Y XVI DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION
PUBLICA DEL ESTADO DE MEXICO; 1, 3, 5, FRACCIONES III, V Y XIV, Y 13 DE LA LEY QUE CREA LA COMISION
PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE MEXICO; 2.4, 2.49, 2.68, FRACCION XII, 2.71, 2.73 Y 2.74 DEL CODIGO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE MEXICO; 1, 3, FRACCIONES IV, X Y XIII, 13
FRACCION II, 56, 57 Y 58 DEL REGLAMENTO DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO, Y
CONSIDERANDO
Que el 23 de marzo de 2020, el Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, expidió, el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el virus SARSCoV2 COVID-19 para el Gobierno del Estado de México, mediante el cual se establecieron diversas medidas para la Administración Pública Estatal, destacando entre ellas, que las Dependencias y Organismos Auxiliares del Ejecutivo Estatal, podrán emitir los actos jurídicos que, en el ámbito de su competencia y de conformidad con sus facultades, contribuyan al cumplimiento del Acuerdo de mérito.
Que el 30 de marzo de 2020, el Consejo de Salubridad General, emitió el Acuerdo por el que se declara, como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad generada por el Virus SARS-CoV2 COVID19, mediante el cual se establece que la Secretaría de Salud determinará las acciones que resulten necesarias para atender la emergencia sanitaria por el Virus SARS-CoV2 COVID-19.
Que en atención a la declaratoria del Consejo General de Salubridad, el 2 de abril de 2020, se emitió el Acuerdo por el que se establecen las Medidas Preventivas y de Seguridad que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus COVID-19, en el Estado de México, por el cual se determina la suspensión temporal de todas las actividades no esenciales en el Estado de México, para mitigar la dispersión y transmisión del virus, con vigencia hasta el 30 de abril del 2020.
Que el 17 de abril de 2020, el Gobernador Constitucional de la Estado Libre y Soberano de México, expidió el Acuerdo del Ejecutivo del Estado que prorroga el diverso por el que se determinan acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el Virus SARS-CoV2 COVID-19 para el Gobierno del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 23 de marzo de 2020"; por el que se configura la vigencia del mismo hasta el treinta de mayo de dos mil veinte.
Que el 21 de abril de 2020, el Secretario de Salud del Gobierno Federal, emitió el Acuerdo por el que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020, publicado en el Diario Oficial de la Federación; en el cual se estableció la vigencia de la suspensión de actividades no esenciales del 30 de marzo al 30 de mayo de 2020.
Que el 22 de abril de 2020, ante la prórroga de las acciones preventivas con motivo de la epidemia causada por el Virus SARS-CoV2 COVID-19 en la Entidad, se publica el Acuerdo por el que se fortalecen las medidas preventivas y de seguridad para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el Virus COVID-19, en el Estado de México, y se establece un programa de verificación para su cumplimiento; por lo que el primero transitorio de dicho Acuerdo, determina la vigencia del mismo hasta el 30 de mayo de 2020.
Que en el marco de la tercera reunión de la sesión permanente del Consejo General de Salubridad, de fecha 12 de mayo de 2020, se aprobaron cuatro acuerdos para el levantamiento progresivo de las medidas de contención frente al virus SARS.CoV2 COVID-19; dentro de los cuales destaca, que a partir del primero de junio de 2020, la Secretaría de Salud de Gobierno Federal definirá un semáforo semanal para cada entidad federativa, donde, cada color determine la liberación de ciertas actividades económicas, educativas y sociales con niveles de intensidad específicos.
Que, en ese sentido, el 14 de mayo de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo emitido por Secretario de Salud de Gobierno Federal, denominado Acuerdo por el que se establece una estrategia para la reapertura
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Periódico Oficial del Estado de México del día 23/07/2021 (Sección Segunda)

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CountryMexico

Date23/07/2021

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First edition04/01/2000

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