Periódico Oficial del Estado de México del día 23/07/2021 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

Viernes 23 de julio de 2021

Sección Segunda
Tomo: CCXII No. 13

I.

Medidas de sanitización, sana distancia y cubrebocas obligatorio, así como procurar la ventilación natural de las unidades durante los trayectos;

II.

Las unidades de transporte público masivo operarán a un 50% de su capacidad;

III.

Las unidades de transporte público de mediana capacidad operarán a un 50% de su capacidad, y
IV.

Los taxis sólo podrán transportar hasta 3 pasajeros.

CUARTO. Medidas sanitarias.
Las actividades permitidas conforme al presente Acuerdo deberán cumplir con las disposiciones sanitarias contenidas en el Acuerdo por el que se establece el Plan para el Regreso Seguro a las actividades económicas, sociales, gubernamentales y educativas con motivo del virus SARS-COV2 COVID-19, en el Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 3 de julio de 2020, así como las demás disposiciones emitidas por las autoridades sanitarias.
QUINTO. Verificación y sanción.
Las funciones de verificación para el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las sanciones que correspondan, se llevarán a cabo de conformidad con lo previsto en el Acuerdo por el que se fortalecen las medidas preventivas y de seguridad para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica la enfermedad por el virus COVID-19, en el Estado de México y se establece un programa de verificación para su cumplimiento, expedido por la Secretaría de Salud y la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios del Estado de México, publicado con fecha 22 de abril de 2020, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
SEXTO. Interpretación.
En términos del artículo 38 Ter, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, ante la duda sobre la aplicación del presente Acuerdo, la autoridad del Gobierno del Estado o municipal de que se trate, consultará a la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, a efecto de que, en coordinación con la Autoridad Sanitaria y de Desarrollo Económico, brinde la asesoría y orientación correspondiente, con el objeto de unificar y fortalecer la actuación de las autoridades, durante la vigencia de las medidas preventivas y de seguridad en materia sanitaria.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el veintiséis de julio de dos mil veintiuno.
SEGUNDO. Se abroga el Acuerdo por el que se establecen medidas para la continuación de actividades económicas, sociales y gubernamentales con motivo del virus SARS-COV2 COVID-19, en el Estado de México, publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el cuatro de junio de dos mil veintiuno.
TERCERO. El Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias para la operación y funcionamiento de Gimnasios o Espacios Destinados a Actividades Físicas y Deportivas con motivo de la enfermedad por el virus COVID19, en el Estado de México, el Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias para la operación y funcionamiento de Cines y Teatros con motivo de la enfermedad por el virus COVID19, en el Estado de México, el Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias para la operación y funcionamiento de Museos y Locales o Espacios Destinados a Actividades Culturales con motivo de la enfermedad por el virus COVID19, en el Estado de México y el Acuerdo por el que se establecen las medidas sanitarias para la operación y funcionamiento de Parques Acuáticos, Balnearios, Spas y para el Turismo de Reuniones con motivo de la enfermedad por el virus COVID19, en el Estado de México, todos publicados en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno el 17 de agosto de 2020, continuarán rigiendo el funcionamiento y operación de dichas unidades económicas en todo lo que no se oponga a lo previsto en el presente Acuerdo.
Dado en la ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México a los veintitrés días del mes de julio del año dos mil veintiuno.- EL
SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO, DOCTOR
FRANCISCO JAVIER FERNÁNDEZ CLAMONT.- RÚBRICA.- EL COORDINADOR DE REGULACIÓN SANITARIA Y
COMISIONADO PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE MÉXICO, LICENCIADO
SANTIAGO RAMOS MILLÁN PINEDA.-RÚBRICA.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 23/07/2021 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date23/07/2021

Page count6

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

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