Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2020 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

DECLARACIONES
I.

II.

De la SECRETARÍA
I.1.

Que en términos de lo previsto en los artículos 40, 42 fracción I, 43 y 115 párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1 y 112 primer párrafo, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Estado de México es parte integrante de la Federación, libre y soberano en todo lo concerniente a su régimen interior, integrado en su división territorial y organización política y administrativa por los municipios y su representante cuenta con facultades para convenir en el ámbito de sus respectivas atribuciones.

I.2.

Que la SECRETARÍA, puede ejercer las facultades económico-coactivas conforme a las leyes relativas, asimismo podrá celebrar Convenios con los Ayuntamientos en materia hacendaria para recaudar los impuestos y derechos municipales, asumiendo la calidad de autoridad fiscal Municipal, respecto de las funciones coordinadas, en términos de lo establecido en los artículos 19 fracción III, 23 y 24 fracciones II, IV, VI, VIII y LXIV
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 16, 17, 218 y quinto transitorio del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

I.3.

Que el Secretario de Finanzas, Rodrigo Jarque Lira, es autoridad fiscal y cuenta con la atribución para suscribir el presente Convenio, en términos de lo previsto por los artículos 17, párrafo tercero del Código Financiero del Estado de México y Municipios, 2, 4 fracción I y 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, considerando que a la SECRETARÍA, como dependencia del Ejecutivo Estatal, le corresponde suscribir Convenios de coordinación con los gobiernos municipales en relación con el ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas, lo que se acredita con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo del Mazo Maza, de fecha 16 de septiembre de 2017, el cual se integra en copia certificada al presente instrumento como ANEXO A.

I.4.

Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio el ubicado en la calle Lerdo Poniente número 300, primer piso, puerta 250, Palacio del Poder Ejecutivo, colonia Centro, código postal 50000, Toluca, Estado de México.

Del MUNICIPIO

II.1.

Que es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, investido de personalidad jurídica propia, con capacidad para celebrar convenios con el Estado para que se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de las contribuciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II.2.

Que en términos de lo que establece el primer párrafo del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los municipios administran libremente su hacienda, la cual se forma de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan.

II.3.

Que mediante acuerdo del punto número III, tomado en la Quincuagésima cuarta Sesión Ordinaria de Cabildo, celebrada en fecha veintinueve de abril del año dos mil veinte, de la que se agrega copia certificada al presente como ANEXO B, el MUNICIPIO aprobó celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa.

II.4.

Que el Presidente Municipal, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio en términos de lo que establecen los artículos 115 fracciones II, inciso b, IV inciso a, segundo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 128 fracciones II y V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 16 y 17 párrafo primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios; 31 fracciones II y XLVI, 48 fracciones II y XXIII y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México; 34 y 37 de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios.

II.5.

Que acredita su cargo a través del siguiente documento jurídico, mismo que se integra en copia certificada al presente como ANEXO C.
a
II.6.

Presidente Municipal Constitucional, C. MIGUEL ÁNGEL SALOMÓN CORTÉS, constancia de Mayoría de fecha 4 de julio de dos mil dieciocho, expedida por el Instituto Electoral del Estado de México.

Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en: Plaza Constitucional sin número, colonia Centro, código postal 56900, Amecameca, Estado de México.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 30/04/2020 (Sección Segunda)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

CountryMexico

Date30/04/2020

Page count68

Edition count4508

First edition04/01/2000

Last issue18/04/2024

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