Periódico Oficial del Estado de México del día 30/05/2012 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

ETA

DEL GOBIERNO

ESTADO DE MÉXICO

Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Graciela González Hernández Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Tomo CXC111
A:202/3/001/02
Número de ejemplares impresos: 500

Toluca de Lerdo, Méx., miércoles 30 de mayo de 2012
No. 100
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO

SUMARIO:

REGLAMENTO DE LA LEY DE LA JUVENTUD DEL ESTADO DE
MEXICO.

"2012. Año del Bicentenario de El Ilustrador Nacional"
SECCION QUINTA

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
GOBIERNO DEL.
ESTADO DE MÉXICO
DOCTOR ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL
ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL
ARTÍCULO 77 FRACCIONES II, IV, XXVIII, XXXVIII Y XLVI DE LA CONSTITUCIÓN
POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; CON FUNDAMENTO EN
LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 2, 3 Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE MÉXICO; Y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto número 132 de la "LVII" Legislatura del Estado de México, publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno", el 31 de agosto de 2010, se expidió la Ley de la Juventud del Estado de México, la cual tiene por objeto fomentar, establecer, promover y garantizar el ejercicio de los derechos y obligaciones de los jóvenes en el Estado de México, así como implementar las políticas públicas y sus medios de ejecución, encaminadas a su atención integral.
Que es indispensable contar con un marco normativo que permita establecer disposiciones reglamentarias de los conceptos tutelados por la Ley de la Juventud del Estado de México, a fin de llevar a cabo las tareas relativas a la planeación, organización, coordinación, promoción, fomento y desarrollo integral de la juventud mexiquense.
Que con el propósito de coadyuvar a que el Consejo Estatal de la Juventud cumpla con los objetivos que le señala la Ley en la materia, se ha estimado necesario establecer los mecanismos para su funcionamiento, relativos al nombramiento y atribuciones de sus integrantes, organización y desarrollo de sus sesiones de trabajo y a las facultades adicionales para el cumplimiento de su objeto, principalmente.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 30/05/2012 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date30/05/2012

Page count8

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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