Periódico Oficial del Estado de México del día 18/08/2010 (Sección Quinta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

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18 de agosto de 2010

TRANSITORIOS
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.
SEGUNDO.- Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el periódico oficial "Gaceta del Gobierno" del Estado de México.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México a los seis días del mes de agosto del año dos mil diez.- Presidenta.- Dip. Ma. Guadalupe Mondragón González.- Secretarios.- Dip. Víctor Manuel González García.- Dip. Oscar Hernández Meza.- Dip. Miguel Ángel Xolalpa Molina.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, Méx., a 18 de agosto de 2010.

EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO
LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO
RUBRICA.
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO
LIC. LUIS ENRIQUE MIRANDA NAVA
RUBRICA.

Toluca de Lerdo, Estado de México, a 06 de agosto de 2010.
CC. DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA
H. LVII LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
PRESENTES
En ejercicio de las atribuciones que me confieren los artículos 51, fracción 11, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 28 fracción I, 79 y 81
de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de México, a nombre del Grupo Parlamentario de Nueva Alianza, someto a la consideración de esta H. LVII
Legislatura del Estado de México, por el digno conducto de ustedes, iniciativa con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción XVIII al artículo 98 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios,
para que se prohíba la solicitud de la prueba de no embarazo, al tenor de la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 4, que el varón y la mujer son iguales ante la ley", de manera que los poderes públicos han de tener en cuenta que los particulares que se encuentren en la misma situación deben ser tratados igualmente; asimismo, en su artículo 123
plasma que toda persona tiene derecho a un trabajo digno.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 18/08/2010 (Sección Quinta)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

CountryMexico

Date18/08/2010

Page count12

Edition count918

First edition05/01/2000

Last issue28/12/2023

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