Periódico Oficial del Estado de México del día 02/10/2023 (Sección Primera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Lunes 2 de octubre de 2023

Sección Primera
Tomo: CCXVI No. 61

1.- En fecha treinta 30 de enero de dos mil diez 2010, contraje matrimonio civil con el señor Alfonso Camacho Blancas, en la ciudad de Zinacantepec, Estado de México, bajo el régimen de bienes separados. Estableciendo nuestro domicilio conyugal en Privada 3 de Mayo Barrio La Veracruz en Zinacantepec, Estado de México.
2.- Debido a que no es mi voluntad seguir unida en matrimonio civil con el señor Alfonso Camacho Blancas, por lo cual solicito la disolución del vínculo matrimonial que me une al citado, mediante este procedimiento especial de divorcio incausado.
Dado que no se localizó domicilio alguno de ALFONSO CAMACHO BLANCAS, por auto de fecha treinta 30 de marzo de dos mil veintitrés 2023, se ordenó dar vista con la solicitud mediante EDICTOS que deberán publicarse por TRES VECES DE SIETE EN SIETE
DÍAS, en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en otro de mayor circulación en la población y en el Boletín Judicial; haciéndole saber que dentro del plazo de TREINTA DÍAS contados a partir del siguiente al de la última publicación, deberá contestar la demanda, oponer defensas y excepciones y señalar domicilio dentro del lugar de ubicación de este juzgado; apercibida que de no hacerlo se seguirá el juicio en su rebeldía, se le tendrá por contestada la demanda en sentido negativo y se le harán las notificaciones personales por medio de lista y boletín judicial.
Toluca, Estado de México a diecisiete 17 de abril de dos mil veintitrés 2023. DOY FE.
FECHA DE VALIDACIÓN: 17 DE ABRIL DE 2023.- CARGO: SECRETARIO DE ACUERDOS.- NOMBRE: LICENCIADO LUCIO
LÓPEZ GARCÍA.-RÚBRICA.
1455.- 11, 21 septiembre y 2 octubre.

JUZGADO SEGUNDO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO JUDICIAL DE EL ORO, CON RESIDENCIA EN ATLACOMULCO, MEXICO
EDICTO
EMPLAZAMIENTO: El Juez por auto de fecha diez de diciembre de dos mil trece, admitida la solicitud promovida, y por autos de fechas veinticuatro de febrero de dos mil catorce y treinta de mayo de dos mil veintitrés, la juez del conocimiento ordeno publicar el presente en el Periódico Oficial GACETA DEL GOBIERNO, en un periódico de mayor circulación en esta ciudad, así como en el Boletín Judicial del Estado de México, por tres veces de siete en siete días; haciéndole saber a la demandada JOSEFINA PEREZ HEREDIA que en el expediente número 1303/2013-JOF, ELEASIM NOE CONTRERAS CENTENO, promueve Procedimiento Especial de Divorcio Incausado, en contra de JOSEFINA PEREZ HEREDIA, demandándole las siguientes prestaciones: I.- La disolución del vínculo matrimonial de fecha veintiocho de abril de dos mil, II.- La disolución de la sociedad conyugal, III.- Propusta de convenio; contenida la disolución del vínculo matrimonial toda vez que no procrearon ningún hijo y desde hace cerca de doce años aproximadamente viven separados, ninguna de las partes se obliga frente a la otra a darse los alimentos, declaran las partes bajo protesta de decir verdad que durante el matrimonio no obtuvieron ningún bien, razón por la cual es su voluntad dar por terminada la sociedad conyugal, IV.- Haciéndole saber que la primera audiencia se señalara dentro de los cinco días siguientes a la fecha de exhibición de las publicaciones que contengan los edictos, con la finalidad de comparecer a este juzgado apersonarse al presente asunto a más tardar a la segunda audiencia de avenencia para que manifieste lo que sus intereses convenga, respecto del convenio que se propone, en su caso formule la propuesta pertinente a fin de regular la forma en que deben darse los alimentos, la forma de concluir la sociedad legal bajo el régimen que contrajeron matrimonio, apercibida que para el caso de no llegar a un acuerdo sobre la totalidad de los puntos del convenio o de inasistir a la audiencia respectiva será decretada la disolución del vínculo matrimonial y en su caso la terminación de la sociedad conyugal, V.- Se otorgan a las partes un plazo común de cinco días para que conforme a los requisitos de una demanda formulen sus pretensiones, hechos y ofrezcan sus medios de prueba, respecto de los puntos que no hayan sido objeto de consenso y los demás que estimen convenientes, con los escritos que presenten se dará vista a las partes para que manifiesten a lo que sus interés convenga, opongan defensas y excepciones y ofrezcan los medios de pruebas respectivos, además para que se señale domicilio dentro de esta ciudad de Atlacomulco, México. Dado en la Ciudad de Atlacomulco, Estado de México a cinco de junio de dos mil veintitrés 05/06/2023. DOY FE.
Validación del Edicto.- Acuerdo de fecha: treinta de mayo de dos mil veintitrés.- Funcionario: Licenciada GRACIELA TENORIO
OROZCO, Secretaria de Acuerdos.- FIRMA.-RÚBRICA.
1457.- 11, 21 septiembre y 2 octubre.

JUZGADO CUARTO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE TOLUCA, MEXICO
EDICTO
Se emplaza a: Emma Segura Morales de Chávez.
En el expediente 1642/2021 relativo al juicio Ordinario Civil, promovido por CONCEPCIÓN DÍAZ SOTO, en contra de EMMA
SEGURA MORALES DE CHÁVEZ, en auto de catorce de agosto de dos mil veintitrés, por medio del cual se ordenó emplazar por edictos a la parte demandada, reclamando los siguientes hechos: Primero.- Es el caso que en fecha Veinte de Junio de Dos Mil Doce, el C. Tiburcio Díaz Flores, en vida celebro Contrato Privado Verbal de cesión de derechos respecto de ambos inmuebles objeto de este juicio, en su carácter de Cedente Propietario de los mismos, a favor de la C. Elisa Díaz Díaz, esta última en su carácter de Cesionaria, ello delante de diversos Testigos Presenciales en esta Ciudad de Toluca, Estado de México, concretamente en el domicilio ubicado en Calle Héroes Sin Número, Colonia Santa Cruz Atzcapotzaltongo, de esta Ciudad de Toluca, Estado de México. Así las cosas, en fecha Diez de Mayo del año Dos Mil Trece; en esta Ciudad de Toluca, Estado de México, concretamente en el domicilio ubicado en Calle Héroes Sin Número, Colonia Santa Cruz Atzcapotzaltongo, de esta Ciudad de Toluca, Estado de México; ola suscrita y la C. Elisa Díaz Díaz, realizamos y Celebramos delante de varios testigos presenciales, Contrato Privado y Verbal de Cesión de Derechos, en el que la suscrita, fui la Cesionaria Beneficiaria y la C. Elisa Díaz Díaz, fue la Cedente, respecto de los siguientes Dos Bienes Inmuebles, mismos que son los Dos Bienes
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Periódico Oficial del Estado de México del día 02/10/2023 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date02/10/2023

Page count64

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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