Periódico Oficial del Estado de México del día 04/06/2020 (Sección Primera)

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del Estado Libre y Soberano de México; 52, 63, fracciones XVI, XXIII y XXXVII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de México, con facultades para adoptar las medidas necesarias para un eficiente manejo administrativo, así como expedir los acuerdos necesarios para llevar a cabo sus atribuciones.
II. El dieciséis de diciembre de dos mil diecinueve, el Consejo de la Judicatura del Estado de México, autorizó el Calendario Oficial de Labores del Poder Judicial del Estado de México, para el año 2020, estableció como primer periodo vacacional de verano, del lunes 20 al viernes 31 de julio de dos mil veinte, de conformidad con los artículos 66 y 70 de la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
III. Por acuerdo del diecisiete de marzo de dos mil veinte, el Consejo de la Judicatura del Estado de México, determinó suspender las actividades en órganos jurisdiccionales y unidades administrativas, por el periodo comprendido del veinte de marzo al veinte de abril del presente año, como medida de prevención de riesgos ante la contingencia sanitaria del Coronavirus COVID-19, en pro de la salud y bienestar, tanto de los usuarios de los servicios de administración de justicia como de los servidores públicos judiciales.
IV. Mediante acuerdo de treinta y uno de marzo de dos mil veinte, la Secretaría de Salud, estableció acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus COVID-19, en la Medida 1, Inciso b, determinó como actividad esencial la procuración e impartición de justicia, sin distinción o limitación alguna. El Consejo de Salubridad General, dispuso que la actividad jurisdiccional no sea detenida de manera total, lo anterior, en beneficio y defensa del derecho humano a una justicia pronta y expedita.
V. El Poder Judicial mexiquense, por acuerdo de treinta y uno de marzo de dos mil veinte, a través del Consejo de la Judicatura del Estado de México, determinó ampliar el periodo de suspensión de actividades en órganos jurisdiccionales y unidades administrativas hasta el treinta de abril, acorde con la emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor en el país, declarada por el Consejo de Salubridad General del Gobierno de la República, debido a la epidemia de enfermedad generada por el virus COVID-19.
VI. El Consejo de la Judicatura del Estado de México, mediante acuerdo del veintinueve de abril del presente año, determinó ampliar la prorroga en la suspensión de labores en órganos jurisdiccionales y unidades administrativas por el periodo del uno al treinta y uno de mayo de dos mil veinte, así como ampliar los servicios de Tribunal Electrónico, a fin de preservar el derecho humano a una justicia pronta y expedita, en favor de los justiciables.
VII. Ante la emergencia sanitaria que prevalece a nivel mundial, consecuencia del virus SARS-CoV2 COVID19, la protección de la salud es, sin duda, un objetivo que el Estado mexicano persigue legítimamente, toda vez que se trata de un derecho fundamental reconocido en el artículo 4o. constitucional, en el cual se establece expresamente que toda persona tiene derecho a la protección de la salud.
VIII. El derecho a la salud pública o social consiste en el deber del Estado de atender los problemas de salud que afectan a la sociedad en general, así como en establecer los mecanismos necesarios para que todas las personas tengan acceso a los servicios de salud. Lo anterior, comprende el deber de emprender las acciones necesarias para alcanzar ese fin, tales como el desarrollo de políticas públicas, controles de calidad de los servicios de salud, identificación de los principales problemas que afecten la salud pública del conglomerado social, entre otras.
IX. Derivado de las medidas nacionales y estatales, para evitar el riesgo de contagio y reducir la transmisión del virus SARS-CoV2 COVID-19, es determinante que el Poder Judicial del Estado de México, a través del Consejo de la Judicatura, establezca de forma planificada y ordenada la reactivación de las actividades jurisdiccionales y administrativas, de conformidad con las mediciones regionales de riesgo sanitario que al efecto se determinen y en total observancia de las disposiciones dictadas por la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.
X. El veintisiete de mayo del año en curso, el Consejo de la Judicatura estatal, entre otros, acordó prorrogar la suspensión de labores en órganos jurisdiccionales y unidades administrativas por el periodo del uno al treinta de junio de dos mil veinte. Lo anterior, sin perjuicio de que, el semáforo sanitario permita anticipar las actividades presenciales en determinadas Regiones o Distritos Judiciales, o, en su caso, municipios donde se ubiquen instalaciones del Poder Judicial, por encontrarse en Alto Riesgo naranja, Riesgo Intermedio amarillo o en Bajo Riesgo verde.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 04/06/2020 (Sección Primera)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

CountryMexico

Date04/06/2020

Page count8

Edition count5162

First edition03/01/2000

Last issue23/04/2024

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