Periódico Oficial del Estado de México del día 12/07/2016 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

12 de julio de 2016

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i
Formular observaciones y recomendaciones en el caso de delaciones derivadas del incumplimiento al Código de Conducta, que consistirán en un pronunciamiento imparcial no vinculatorio y que se harán del conocimiento de los servidores públicos involucrados y de sus superiores jerárquicos.

j
Formular sugerencias, en su caso, para modificar procesos en las unidades administrativas o áreas, en las que se detecten conductas contrarias al Código de Ética, las Reglas de Integridad y al Código de Conducta.

k
Difundir y promover los contenidos del Código de Ética, de las Reglas de Integridad y del Código de Conducta.

l
Fomentar acciones permanentes sobre el respeto a los derechos humanos, prevención de la discriminación e igualdad de género y los demás principios y valores contenidos en el Código de Ética, en las Reglas de Integridad y en el Código de Conducta, que permitan a los servidores públicos identificar y delimitar las conductas que en situaciones específicas deban observar los servidores públicos en el desempeño de su empleo, cargo, comisiones o funciones.

m Promover en coordinación con la Secretaría de la Contraloría del Estado de México, programas de capacitación y sensibilización en materia de ética, integridad y prevención de conflicto de intereses, entre otras.
n
Dar vista al Órgano de Control Interno de la dependencia de las conductas de servidores públicos que puedan constituir responsabilidad administrativa en términos de la normatividad aplicable en la materia.

o
Gestionar reconocimientos o premios a instituciones, áreas o personas que promuevan acciones o que realicen aportaciones que puedan implementarse para reforzar la cultura de la ética y la integridad entre los servidores públicos, conforme a las bases que establezca la Secretaría de la Contraloría del Estado de México.

p
Presentar en el mes de enero al titular de la dependencia y a la Secretaría de la Contraloría del Estado de México, durante la primera sesión del ejercicio fiscal siguiente, un informe anual de actividades que deberá contener por lo menos:

I.

El seguimiento a las actividades contempladas en el programa anual de trabajo.

II.

El número de servidores públicos capacitados en temas relacionados con la ética, integridad y prevención de conflicto de intereses u otros temas relacionados.

III.

Los resultados de la evaluación que se hubiere realizado respecto del cumplimiento del Código de Conducta.

IV.

El seguimiento de la atención de los incumplimientos al Código de Conducta, para lo cual deberá considerar el número de asuntos, fechas de recepción y los motivos, el principio o valor transgredido del Código de Ética, fecha y sentido de la determinación y número de casos en que se dio vista al Órgano de Control Interno.

V.

Sugerencias para modificar procesos y tramos de control en las unidades administrativas o áreas, en las que se detecten conductas contrarias al Código de Ética, las Reglas de Integridad y al Código de Conducta.

Este informe se difundirá de manera permanente en la página de Internet de la Secretaría de Desarrollo Social, observando los criterios que para tal efecto establezca la Secretaría de la Contraloría del Estado de México.
q
Establecer los subcomités o comisiones que estime necesarios para el cumplimiento de sus funciones, así como sus bases de funcionamiento respectivas.

r
Recibir las quejas y denuncias fundamentadas y motivadas en el presente Acuerdo y turnarlas al Órgano de Control Interno, para su resolución en caso de procedencia.

s
Las demás análogas a las anteriores y que resulten necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

20. FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ.
20.1. DEL PRESIDENTE:
a
Establecer los procedimientos para la recepción de propuestas y la subsecuente elección de los servidores públicos de la dependencia que, en su calidad de miembros propietarios temporales electos integrarán el Comité, para lo cual deberá considerar lo señalado en los Lineamientos Generales.

b
Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, por conducto del Secretario.

c
Dirigir y moderar los debates durante las sesiones.

d
Autorizar la presencia de invitados en la sesión para el desahogo de asuntos.

e
Consultar si los asuntos del orden del día están suficientemente discutidos y en su caso, proceder a pedir la votación y

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Periódico Oficial del Estado de México del día 12/07/2016 (Sección Novena)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

CountryMexico

Date12/07/2016

Page count16

Edition count67

First edition27/02/2004

Last issue19/12/2018

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