Periódico Oficial del Estado de México del día 11/12/2015 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

11 de diciembre de 2015

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Establecer mecanismos de colaboración con organizaciones de la sociedad civil, sector académico e instancias públicas para promover una procuración de justicia pronta y expedita;
Proponer y ejecutar la realización de estudios sobre temáticas específicas que impacten en una adecuada procuración de justicia;
Coordinarse con la Dirección General de Enlace Interinstitucional en el seguimiento a las políticas públicas que se generen;
Recopilar y sistematizar la información necesaria para la elaboración o modificación de las políticas públicas de la Institución;
Coordinar a los asesores del Procurador;
Coordinarse, con los Subprocuradores, el Comisario General de la Policía Ministerial, los Coordinadores Generales, o los Directores Generales, para realizar el seguimiento de los acuerdos, circulares, programas, convenios, acciones e instrucciones que sean emitidos o aprobados por el Procurador;
Proporcionar asesoría, información y apoyo en las materias que le sean solicitadas por el Procurador;
Proponer lineamientos que permitan mejorar la capacidad de respuesta institucional a las demandas de la sociedad en materia de procuración de justicia;
Establecer líneas específicas de acción relativas a la recopilación y sistematización de información proporcionada por dependencias Federales, Estatales y Municipales y de las organizaciones de la sociedad civil, para contar con elementos que permitan analizar la problemática existente;
Proponer los criterios de difusión de las políticas públicas para generar mecanismos que contribuyan al combate de la delincuencia;
Determinar líneas específicas de acción relativas a la obtención, clasificación, manejo y resguardo de información, para contar con elementos que permitan evaluar las acciones que implemente la Procuraduría;
Establecer mecanismos específicos relativos al estudio y evaluación de políticas públicas, para determinar parámetros de medición de efectividad;
Dirigir acciones específicas en la adecuación de las políticas públicas, para promover el establecimiento de mecanismos que contribuyan a la prevención, apoyo y dignificación de las víctimas del delito;
Establecer, con la Dirección General de Enlace Interinstitucional, los lineamientos de operación y ejecución de los convenios de colaboración interinstitucional, así como de los acuerdos de coordinación, y Las demás que le instruya el Procurador.

CAPÍTULO OCTAVO
DISPOSICIONES FINALES

Instrucciones a los Titulares de las unidades administrativas de la Institución Artículo 33.- Los Subprocuradores, Fiscales Regionales y Especializados, Directores Generales, Titulares de las Unidades Administrativas y demás personal de la Institución, en el ámbito de su competencia, instrumentarán las medidas pertinentes y necesarias para el debido cumplimiento a lo establecido en este Acuerdo.

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Periódico Oficial del Estado de México del día 11/12/2015 (Sección Novena)

TitlePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

CountryMexico

Date11/12/2015

Page count20

Edition count67

First edition27/02/2004

Last issue19/12/2018

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