Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/12/2022 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

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Periódico Oficial No. 51 Segunda Sección, Diciembre 21 del 2022
propuestos.

IX.

Equidad: los servidores públicos procuran que todas las personas accedan con sentido de justicia e igualdad al uso, disfrute y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades.

X.

Economía: los servidores públicos en el ejercicio del gasto público administrarán los bienes, recursos y servicios públicos con legalidad, austeridad y disciplina, satisfaciendo los objetivos y metas a los que estén destinados, siendo éstos de interés social.

XI.

Disciplina: los servidoras públicos desempeñarán su empleo, cargo o comisión, de manera ordenada, metódica y perseverante, con el propósito de obtener los mejores resultados en el servicio o bienes ofrecidos.

XII. Profesionalismo:
los servidores públicos deberán conocer, actuar y cumplir con las funciones, atribuciones y comisiones encomendadas de conformidad con las leyes, reglamentos y demás disposiciones jurídicas atribuibles a su empleo, cargo o comisión, observando en todo momento disciplina, integridad y respeto, tanto a las demás personas servidoras públicas como a las y los particulares con los que llegare a tratar.
XIII. Integridad: los servidores públicos actúan siempre de manera congruente con los principios que se deben observar en el desempeño de su cargo, comisión o función, con el compromiso de ajustar su conducta para que impere en su desempeño la ética pública.
XIV. Perspectiva de género: los servidores públicos deben considerar razonamientos de género en la formulación de políticas públicas y, en general, en el ejercicio de sus funciones.

XV.

Rendición de cuentas: los servidores públicos asumen la responsabilidad de realizar sus actividades en forma adecuada y se someten al escrutinio público, por lo que informa, explica y justifica su actuar, conforme a un sistema de sanciones.

XVI.

Sustentabilidad:
los servidores públicos adoptan una clara actitud de respeto, cuidado y defensa de la cultura medio ambiental y ecología de su entorno.

XVII. Sostenibilidad: los servidores públicos son conscientes y conocen los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas y su aplicación en el desarrollo de sus actividades.
XVIII. Transparencia: los servidores públicos deben permitir y garantizar el acceso a la información pública, sin más límite que el interés público y en el ámbito de su competencia difunde de manera proactiva información, como un elemento que genera valor a la sociedad y promueve un Estado Abierto, protegiendo los datos personales que estén bajo su custodia.

CAPÍTULO III
VALORES INSTITUCIONALES
ARTÍCULO 5.- Valores que todo servidor público debe anteponer en el desempeño de su empleo, cargo, comisión o funciones:
I.

Interés público: los servidores públicos actúan buscando en todo momento la máxima atención de las necesidades y demandas de la sociedad por encima de intereses y beneficios particulares, ajenos a la satisfacción colectiva.

II.

Respeto: los servidores públicos se conducen con austeridad y sin ostentación, y otorgan un trato digno

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 21/12/2022 - Sección 2

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

CountryMexico

Date21/12/2022

Page count7

Edition count441

First edition12/01/2011

Last issue19/04/2023

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