Periódico Oficial de Tlaxcala del 16/11/2022 - Sección 2

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Source: Periódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

Página 8
V.

VI.

Periódico Oficial No. 46 Segunda Sección, Noviembre 16 del 2022
Negarse a proporcionar información de su función pública, exceptuando la información reservada y privada establecida en la ley;
Utilizar de forma indebida los bienes y patrimonio del Municipio para fines privados;

CAPITULO V
OBLIGATORIEDAD
Artículo 8.- Las y los servidores públicos de la Administración Pública Municipal, están obligados a cumplir las disposiciones de este Código, dicho cumplimiento deberá ser supervisado por el comité de ética.

VII. Dejar de hacer tareas relativas a sus funciones sin motivo legal;
VIII. Aunado a lo señalado en el primer párrafo del presente artículo, está estrictamente prohibido alterar documentos oficiales, el funcionario no deberá aceptar ningún tipo de soborno para hacer esta alteración en beneficio o perjuicio de particulares;
IX.

Hacer valer su influencia ante otro Servidor Público, a fin de que este agilice, retarde o deje de hacer tareas relativas a sus funciones;

X.

Hostigar, agredir, amedrentar, acosar, intimidar, extorsionar o amenazar a personal subordinado o compañeros de trabajo.

XI.

Efectuar cualquier tipo de discriminación a cualquier persona.

Articulo 7.- Cualquier acción contraria a la ética, a la moral y la buena conducta no enunciada en este Código queda prohibida a las y los servidores públicos integrantes de la administración pública municipal así como para los miembros del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Santa Cruz Tlaxcala; en función de la actuación público, desempeño de procesos de evaluación, control interno, procedimiento administrativo, información pública, contrataciones, licencias, permisos, autorizaciones, concesiones, programas y acciones gubernamentales, trámites, servicios, recursos humanos, y administración de bienes muebles e inmuebles.

CAPITULO VI
EXCEPCIONES
Artículo 9.- Quedan exceptuados de las prohibiciones establecidas en el presente Código de Ética y Conducta;
I.

Los reconocimientos protocolares recibidos de los Gobiernos Federal, Estatal o Municipal, organismos internacionales o entidades sin fines de lucro, en las condiciones en las que la ley oficial o la costumbre admitan esos beneficios;

II.

Los gastos de viaje y estadía recibidos de instituciones de enseñanza o entidades sin fines de lucro, para el dictado de conferencias, cursos o actividades académico-culturales, o la participación en ellas, siempre que ello no resultara incompatible con las funciones del cargo o prohibido por normas especiales; Los arreglos o beneficios que por su pequeño valor y de menor cuantía, se realicen por razones de amistad o relaciones personales con motivo de acontecimientos en los que resulta usual efectuarlos y que no pudieran ser considerados como un medio tendiente a afectar la recta voluntad del servidor público.

CAPITULO VII
DE LOS CASOS DE VULNERACIONES AL
CÓDIGO DE ÉTICA Y BUENA CONDUCTA.
Artículo 10.- Cualquier persona en su carácter de servidor público o particular que considere que se

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Periódico Oficial de Tlaxcala del 16/11/2022 - Sección 2

TitlePeriódico Oficial de Tlaxcala - Sección 2

CountryMexico

Date16/11/2022

Page count9

Edition count441

First edition12/01/2011

Last issue19/04/2023

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