Periódico Oficial de Tamaulipas del 31/12/2020 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 31 de diciembre de 2020

Página 3

II. Adicionalmente, en el caso de cuentas que se encuentren ligadas a un teléfono móvil u otro dispositivo de comunicación equivalente, las Entidades deberán validar el número de teléfono móvil proporcionado, mediante el procedimiento que para tal efecto establezcan las Entidades en su Manual de Cumplimiento.

Párrafo derogado.
15.- Las cuentas de depósito a la vista en moneda nacional que ofrezcan las Entidades serán consideradas de bajo Riesgo y, por lo tanto, podrán contar con requisitos de identificación simplificada, siempre y cuando, sean abiertas de forma presencial o en términos de lo previsto en la 7, cuarto párrafo de las presentes Disposiciones por Clientes personas físicas cuya operación se encuentre limitada a abonos iguales al equivalente en moneda nacional a tres mil Unidades de Inversión por Cliente, en el transcurso de un mes calendario. Las Entidades podrán integrar los respectivos expedientes de identificación de sus Clientes únicamente con los datos relativos al nombre completo, sin abreviaturas, fecha de nacimiento y domicilio de estos, el cual deberá estar compuesto por los elementos a que se refiere la 4 de las presentes Disposiciones. En este caso, los datos relativos al nombre completo y fecha de nacimiento del Cliente deberán ser obtenidos de una identificación oficial de las señaladas en la citada 4 de estas Disposiciones.
Respecto de las aportaciones al capital social de las mismas, cuentas abiertas o contratos celebrados de forma remota en términos de lo establecido en la 7 de estas Disposiciones, las Entidades deberán integrar los expedientes de identificación de sus Clientes con los datos relativos al nombre completo sin abreviaturas, género, entidad federativa de nacimiento, fecha de nacimiento, así como domicilio de estos, compuesto por los elementos a que se refiere la 4 de las presentes Disposiciones.

16.- Los límites, condiciones y características establecidas en estas Disposiciones para las cuentas de bajo Riesgo a que se refiere la 15 de las mismas, podrán ser aplicables a créditos y microcréditos. En estos casos, los límites máximos aplicarán sobre la línea de crédito o monto otorgado a los Clientes.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera.- La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segunda.- Las Entidades contarán con tres meses contados a partir de la entrada en vigor de la presente Resolución para i modificar el Manual de Cumplimiento y presentarlo a la Comisión, y ii actualizar los sistemas automatizados a que se refiere la 54 de las Disposiciones.
Ciudad de México, a 10 de noviembre de 2020.- El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Arturo Herrera Gutiérrez.- Rúbrica.

GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
INSTITUTO TAMAULIPECO DE BECAS, ESTÍMULOS Y CRÉDITOS EDUCATIVOS
ERNESTO GABRIEL ROBINSON TERÁN, Director General del Instituto Tamaulipeco de Becas, Estímulos y Créditos Educativos, con fundamento en los artículos 4, fracción II, 7, numeral 2, fracciones I, IV, VII y XV
del Decreto Gubernamental mediante el cual se crea el Instituto Tamaulipeco de Becas, Estímulos y Créditos Educativos publicado en el Periódico Oficial del Estado No. 147 de fecha 8 de diciembre de 2011;
9 y 10, fracciones I, IV, VII y XV del Estatuto Orgánico del Instituto Tamaulipeco de Becas, Estímulos y Créditos Educativos; y CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 3o. establece que toda persona tiene derecho a la educación.
SEGUNDO. Que el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 se dirige entre sus objetivos educativos a niñas, niños y jóvenes menores de 18 años, cuyos hogares se encuentren en situación de pobreza extrema y que estudien en una escuela pública.
TERCERO. Considerando que la Organización de las Naciones Unidas dentro de sus Objetivos de Desarrollo Sostenible Agenda 2030 considera en su Objetivo 4: Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje durante toda la vida para todas y todos".

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 31/12/2020 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date31/12/2020

Page count76

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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