Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/7/2020 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., miércoles 8 de julio de 2020

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
FRANCISCO JAVIER GARCÍA CABEZA DE VACA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, a sus habitantes hace saber:
Que el Honorable Congreso del Estado, ha tenido a bien expedir el siguiente Decreto:
Al margen un sello que dice:- Estados Unidos Mexicanos.- Gobierno de Tamaulipas.- Poder Legislativo.
LA SEXAGÉSIMA CUARTA LEGISLATURA DEL CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. LXIV-108
MEDIANTE EL CUAL SE REFORMA EL ARTÍCULO 4o, FRACCIONES IV, V Y VI; Y SE ADICIONAN LOS
ARTÍCULOS 3 BIS Y 3 TER, Y LAS FRACCIONES VII, VIII Y IX AL ARTÍCULO 4o DE LA LEY DE LOS
DERECHOS DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES EN EL ESTADO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO: Se reforma el artículo 4o, fracciones IV, V y VI; y se adicionan los artículos 3 BIS y 3 TER, y las fracciones VII, VIII y IX al artículo 4o de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores en el Estado de Tamaulipas, para quedar como siguen:
Artículo 3 BIS.- Los tipos de violencia contra las Personas Adultas Mayores son:
l.- La violencia psicológica. Es cualquier acto u omisión que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en: negligencia, abandono, descuido reiterado, destitución familiar, desarraigo familiar, insultos, humillaciones, devaluación, marginación, indiferencia, comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
II.- La violencia física. Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas o ambas;
III.- La violencia patrimonial. Es cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de la víctima; hecha excepción de que medie acto de autoridad fundado o motivado. Incluye también la manipulación o abuso de su condición física o necesidades afectivas para apropiarse de sus bienes;
IV.- La violencia económica. Es toda acción u omisión del agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima. Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a controlar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de un mismo centro laboral;
V.-La violencia sexual. Es cualquier acto que degrada o daña el cuerpo y/o sexualidad de la víctima y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integridad física. Es una expresión de abuso de poder; y VI.- Cualesquiera otras formas análogas que lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad o libertad de las personas adultas mayores.
Artículo 3 TER.- Las modalidades de la violencia contra las personas adultas mayores son:
l.- Violencia en el ámbito familiar: Es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido a dominar, someter, controlar o agredir a la persona adulta mayor, mediante la realización de uno o varios tipos de violencia, dentro o fuera del domicilio familiar, cuando la persona agresora tenga o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan mantenido una relación afectiva o de hecho;
II.- Violencia en el ámbito institucional: Son los actos u omisiones de las y los servidores públicos de cualquier orden de gobierno, que discriminen o tengan como fin dilatar, obstaculizar o impedir el goce y ejercicio de los derechos humanos de las personas adultas mayores, así como su acceso al disfrute de políticas públicas destinadas a prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar los diferentes tipos de violencia. Incluye la negación a recibir tratamientos médicos, créditos, trabajo o educación por razones de edad;
III.- Violencia en la comunidad: Son los actos individuales o colectivos que transgreden o menoscaban los derechos fundamentales de las personas adultas mayores, propiciando su denigración, discriminación, marginación o exclusión en cualquier ámbito; y

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 8/7/2020 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date08/07/2020

Page count26

Edition count3902

First edition02/01/1999

Last issue20/07/2023

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