Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/1/2000 - Legislativo

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PERIODICO OFICIAL

las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente autorizados por la Secretaría de este Juzgado, emplácese y córrase traslado de los demandados C. PEDRO
CASADOS ARREGOITA Y MARICELA SALGUERO DE
CASADOS, por medio de Edictos que deberán de publicarse por TRES VECES consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico, que se edita en esta Ciudad y en los Estrados de este Juzgado, para que comparezcan a producir su contestación dentro del término de SESENTA DIAS
para cada uno, a partir de la última publicación del Edicto.
Haciéndoles saber a los demandados que las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente autorizados por la Secretaría de este Juzgado se encuentran a disposición de la Secretaria de Acuerdos de este Juzgado.
Asimismo, se apercibe a la parte actora en este caso si el Juez por cualquier medio tuviere conocimiento del domicilio de esas personas o apareciese que maliciosamente se dijo ignorarlo, el Emplazamiento se tendrá como no hecho, y se lo mandará practicar en el domicilio ya conocido.
NOTIFIQUESE.- Así, con fundamento en los Artículos 4o., 67 Fracción IV, 108 del Código de Procedimientos Civiles , lo acordó y firma el C. Lic. Rodolfo Rocha Rodríguez, Juez Cuarto de lo Civil, actuando con la Secretaria de Acuerdos que autoriza.-DOY FE.
DOS FIRMAS ILEGIBLES.-Rúbricas.-DOY FE.
El C. Juez Cuarto de lo Civil, LIC. RODOLFO ROCHA
RODRIGUEZ.-Rúbrica.- La Secretaria de Acuerdos, LIC. MA.
ANTONIA AGUILAR RODRIGUEZ..-Rúbrica.
--ACUERDO-Tampico, Tamaulipas, a diez de noviembre de mil novecientos noventa y ocho.
Con el anterior escrito de cuenta, documentos y copias simples que se acompañan, téngase por presentado al Licenciado Juan José Nemer de la Garza, en su carácter de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas de BANCO
INTERNACIONAL, S. A., INSTITUCION DE BANCA
MULTIPILE, GRUPO FINANCIERO BITAL, promoviendo Juicio Especial Hipotecario en contra de los CC. PEDRO CASADOS
ARREGOITA Y MARICELA SALGUERO DE CASADOS, de quienes reclama las siguientes prestaciones:
A.-La declaración judicial que ha operado del vencimiento anticipado al plazo concedido al demandado para el pago del crédito consignado en el contrato base de la acción por falta de pago oportuno de las obligaciones a su cargo, de conformidad con lo pactado en la Cláusula Décima Tercera del contrato base de la acción.
B.-El pago de la cantidad de $590,015.21 QUINENTOS
NOVENTA MIL QUINCE PESOS 21/100 M. -N., por concepto de suerte principal correspondiente a capital, suma que se comprende de los siguientes conceptos; la cantidad de $
453,147.68 CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
CIENTO CUARENTA Y SIETE PESOS 68/100 M. N., por concepto de capital vencido insoluto y $ 136,867.53 CIENTO
TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE
PESOS 53/100 M. N., como capital vigente.
C..-El pago de los intereses ordinarios generados por el crédito base de la acción más de los que se sigan generando por la tramitación del presente Juicio.
D.-Pago de los intereses moratorios generados por el crédito base de la acción más los que se sigan causando hasta la total solución del adeudo.
F.-El pago del Impuesto al Valor Agregado, causados por los intereses generados por el crédito base de la acción.

F.-El pago de los gastos y costas que se originen por la tramitación del presente Juicio, por los hechos y consideraciones legales que invoca.
Admítase la promoción de mérito en cuanto derecho proceda, fórmese expediente y regístrese en el Libro de Gobierno respectivo.- Expídase la Cédula Hipotecaria para la entrega a las partes y su registro conforme a lo dispuesto por el Artículo 533 del Código de Procedimientos Civiles, vigente en el Estado.- Asimismo hágasele saber al deudor que a partir de la fecha en que se le entregue la Cédula Hipotecaria queda la finca en depósito judicial junto con todos sus frutos y todos los objetos que con arreglo a la Escritura y conforme al Código Civil deben considerarse como inmovilizados y formando parte de la misma finca y la obligaci6n que tienen de depositario judicial de la finca hipotecada y de sus frutos en caso necesario o para que, si lo permite la Escritura de Hipoteca se haga el nombramiento de designación de depositario en el acto de la diligencia.
Asimismo se proceda al avalúo de la finca hipotecada y en su caso que las partes designen peritos valuadores.-Con las copias simples de la demanda y de los documentos debidamente autorizados por la Secretaria de este Juzgado, emplácese y córrase traslado a la parte demandada en el domicilio que para tal efecto señala el actor, haciéndole saber que se le concede el término de DIEZ DIAS para que produzca su contestación si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer en contar de la misma.
Se tiene como domicilio convencional para oír y recibir notificaciones del actor, el que este refiere en su escrito de demanda, y por autorizados con las facultades conferidas, a las personas que refiere en su punto petitorio cuarto.NOTIFIQUESE PERSONALMENTE.- Así y con fundamento en los Artículos 2272, 2279, 2282, 2289, 2297, 3394; y demás relativos del Código Civil vigente en el Estado, 22, 52, 53, 108, 248, 252, 530, 531, 532, 533, 534, 535 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, lo acordó y firma el C. Licenciado Federico Moreno Ramírez, Juez Cuarto de lo Civil, actuando con el Secretario de Acuerdos que autoriza.-DOY FE.
El C. Juez. Cuarto de lo Civil, LIC. RODOLFO ROCHA
RODRIGUEZ.-Rúbrica.- la C. Secretaria de Acuerdos, LIC. MA.
ANTONIA AGUILAR RODRÍGUEZ.- Rúbrica.
260.-Enero 26, 29 y Feb. 2.-3v1.
EDICTO DE EMPLAZAMIENTO
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de lo Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Tampico, Tam.
C. C. CESAR SANCHEZ SOSA
MARIA AMALIA LOPEZ DE SANCHEZ.
El ciudadano licenciado Rodolfo Rocha Rodríguez, Juez Cuarto de Primera Instancia de lo Civil del Segundo Distrito Judicial del Estado con residencia en la Ciudad y Puerto de Tampico, Tamaulipas, dentro de los autos del Expediente Número 880/93,relativo al Juicio Ejecutivo Mercantil promovido por el licenciado Juan José Nemer de la Garza, Apoderado de RANCO INTERNACIONAL, S. A., INSTITUCION DE BANCA
MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO BITAL en contra de los CC.
CESAR SANCHEZ SOSA Y MARIA AMALIA LOPEZ DE
SANCHEZ, se dictó un auto de fecha dieciocho de agosto del año en curso por el cual se ordenó emplazar y correr traslado a los demandados CESAR SANCHEZ SOSA Y MARIA AMALIA
LOPEZ DE SANCHEZ, por medio de Edictos que se publicarán por TRES VECES consecutivas en el periódico Oficial del Estado, en El Sol de Tampico que se edita en esta ciudad y en

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/1/2000 - Legislativo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

CountryMexico

Date26/01/2000

Page count55

Edition count4064

First edition02/01/1999

Last issue22/05/2024

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