Periódico Oficial de Tamaulipas del 31/3/2021 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., miércoles 31 de marzo de 2021

EDICTO
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil.
Quinto Distrito Judicial.
Cd. Reynosa, Tam.
CONVOCANDO A POSTORES:
El Ciudadano Licenciado Joel Galván Segura, Titular del Juzgado Segundo de Primera Instancia de lo Civil del Quinto Distrito Judicial del Estado con residencia en la ciudad de Reynosa, Tamaulipas, por auto de fecha nueve de febrero de dos mil veintiuno, dictados dentro del Expediente Número 00139/2012, relativo al Juicio Ordinario Mercantil promovido por HIPOTECARIA NACIONAL S.A.
DE C.V., SOCIEDAD FINANCIERA DE OBJETO
MÚLTIPLE, ENTIDAD REGULADA GRUPO FINANCIERO, BBVA BANCOMER, en contra de los C.C. LUIS ÁNGEL
CASTAÑEDA VARGAS Y NEREYDA MARTÍNEZ RIVERA, y en virtud de que el Consejo de la Judicatura del Estado en Acuerdo General Número 6/2020 de fecha dieciocho de marzo del año en curso suspendió las labores jurisdiccionales a razón de la contingencia sanitaria por Covid 19; no obstante lo anterior, en data treinta de julio del presente el mismo Consejo de la Judicatura por Acuerdo Diverso 15/2020 reanudó totalmente la función jurisdiccional, reactivando por ende los procedimientos en todos los Juicios; por lo tanto, atendiendo que el presente expediente a la fecha de la suspensión se encontraba fijada fecha y hora para la audiencia de remate, es por lo cual se levanta la suspensión y se ordena la reanudación del procedimiento de ejecución en este Juicio; por lo tanto, como lo pide, se reprograma fecha para audiencia de remate por así encontrarse reunidos los requisitos previstos por el artículo 701 del Código de Procedimientos Civiles, procédase a la venta de la vivienda ubicada en la calle: Caracas, número 339, del Fraccionamiento Hacienda las Fuentes III de esta ciudad, mismo que se identifica ante Registro Público de la Propiedad en el Estado como: Finca 188410 del municipio de Reynosa, Tamaulipas, con una superficie de 91.00 m2 de terreno y con una superficie de construcción de 62.73 m2, cuyas medidas y colindancias son: AL NORESTE en 6.50 m con lote 128; AL SURESTE
en 6.50 m con calle Caracas; AL SUROESTE en 14.00 m con lote 21; y AL OESTE en 14.00 m con lote 19, se ordena sacar a remate el mismo en pública subasta y en primera almoneda en la suma de $415,000.00
CUATROCIENTOS QUINCE MIL PESOS 00/100
MONEDA NACIONAL, siendo postura legal la que cubran las dos terceras partes del precio fijado a la finca hipotecada, la cantidad de $276,666.66 DOSCIENTOS
SETENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS
PESOS 66/100 MONEDA NACIONAL, en la inteligencia de que, para poder participar algún postor al remate en cuestión, éste deberá cubrir en términos del artículo 702
fracción IV, y 703 fracción II, del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el veinte por ciento del valor que sirvió de base para el presente remate y que resulta ser la cantidad de: $55,333.33 CINCUENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100
MONEDA NACIONAL, para tal efecto publíquense edictos por DOS VECES dentro de nueve días en un periódico de circulación amplia de la Entidad Federativa donde se ventile el Juicio, comunicando aquellos que deseen tomar parte en la subasta que previamente deberán depositar conforme al manual de certificados de depósito emitido por
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el Consejo de la Judicatura del Estado, el 20% veinte por ciento del valor que sirva en base para el remate del bien, mostrando al efecto el certificado correspondiente ante este Juzgado, sin cuyo requisito no serán admitidos, así como por escrito en sobre cerrado, que se abrirá en el momento en que deba procederse al remate, la postura legal correspondiente, que deberá ser la que cubra las dos terceras partes del valor del bien inmueble hipotecado para su remate; en la inteligencia de que el postor que comparezca a la diligencia de remate deberá comparecer ante la presencia judicial a solicitar se le expida el certificado de depósito, con la anticipación de tres días antes de la diligencia de remate que se llevará a cabo el día SEIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO A
LAS DIEZ HORAS para que tenga verificativo el desahogo de la diligencia de remate en primera almoneda mediante videoconferencia.- Debiendo la parte actora, presentar el Periódico Oficial y el periódico local, con tres días de anticipación, sin contar el día de la publicación y el día de la audiencia de remate.- Por otra parte y en virtud de que este tribunal estableció mecanismos para el desarrollo de la audiencias mediante videoconferencia, derivado de la contingencia y emergencia sanitaria, a efecto de que estar en posibilidades de contar con los mecanismos necesarios para el desarrollo de la dicha audiencia de remate y las subsecuentes, que se programen en este asunto, o cuando así lo amerite este Juzgador; siendo el usuario solicitante:
mycabogados@gmail.com así como en su caso la parte demandada y el postor o postores que señalen correo electrónico para la cual la autoridad de registro en fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil veinte, enviará los mensajes correspondientes al correo de los usuarios solicitantes con un manual explicativo para que en su computadora con cámara y micrófono accedan al software de video conferencia Zoom, en la que se realizara la Videoconferencia de autentificación de identidad entre la autoridad de registro y el usuario solicitante, y por último el enlace para que se lleve la video conferencia conforme a su petición como lo es la audiencia de remate.- En ese sentido, para el caso de que alguna persona tenga la intención de ocurrir como postor a la audiencia de remate, sin que sea parte en este asunto, una vez reunidos que sean los requisitos que establece la ley para el trámite de remate, deberá con la anticipación debida, ocurrir ante este Juzgado a solicitar su participación como tal, proporcionando una cuenta de correo electrónico y así estar en posibilidades de que pueda acceder al Tribunal Electrónico para que a través de videoconferencia participe como tal.- Se precisa que el presente acuerdo solo es firmado electrónicamente, en virtud de lo previsto por el Acuerdo General 32/2018, así como el Punto de Acuerdo Quinto del Acuerdo General 11/2020 y reiterado por el Oficio SEC/1215/2020, de la Secretaria Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Estado, de fecha siete de mayo de dos mil veinte.
ATENTAMENTE
Cd. Reynosa, Tam., a 9 de febrero del año 2021.- El C.
Secretario de Acuerdos, LIC. ADÁN MÁRQUEZ SEGURA.
1618.- Marzo 23 y 31.- 2v2.

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 31/3/2021 - Judicial

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

CountryMexico

Date31/03/2021

Page count26

Edition count1702

First edition11/03/2010

Last issue20/07/2023

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