Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/3/2021 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Página 4

Victoria, Tam., miércoles 10 de marzo de 2021

EDICTO
Juzgado Primero de Primera Instancia Civil.
Segundo Distrito Judicial.
Altamira, Tam.
FRANCISCO JAVIER PEREZ ACOSTA Y
ELVIRA DE JESÚS SALMERÓN CATALÁN
DOMICILIO IGNORADO.
El C. Licenciado Gilberto Barrón Carmona, Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil del Segundo Distrito Judicial en el Estado, por auto de fecha veintiuno de febrero de dos mil veinte, ordenó la radicación del Expediente Número 00121/2020, relativo al Juicio Hipotecario Civil, promovido por la C. Licenciada Idida Analy Gómez Cruz, en su carácter de apoderada del INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA
PARA LOS TRABAJADORES en contra de los C.C.
FRANCISCO JAVIER PEREZ ACOSTA Y ELVIRA DE
JESÚS SALMERÓN CATALÁN, mediante auto de fecha dieciséis de diciembre del dos mil veinte, se ordenó emplazarle por medio de edictos, haciéndole de su conocimiento que se les reclaman las siguientes prestaciones:
1.- C. FRANCISCO JAVIER PEREZ ACOSTA en su carácter de deudor principal y la C. ELVIRA DE JESÚS
SALMERÓN CATALÁN, en su carácter de cónyuge, se reclama el cumplimiento y pago de todas las prestaciones que señalo:
A.- Con la finalidad de obtener el pago de las prestaciones anteriores, se demanda la ejecución de la Garantía Hipotecaria constituida y consignada en el contrato de Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, que se anexa, y en su oportunidad, la venta del inmueble dado en garantía que se describe con posterioridad y sobre el cual el hoy demandada, constituyo Hipoteca en Garantía del Pago del Crédito Concedido a su Favor por mi representada.
B.- Con la finalidad de obtener el pago y el cumplimiento de todas y cada una de las subsecuentes prestaciones, se declare judicialmente el vencimiento anticipado del plazo para el paga del crédito concedido por parte de mi representada a la hoy demandada y dispuesto en los terminas y condiciones solicito a ese H. Juzgado se declare Judicialmente el Vencimiento Anticipado del Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, base de la acción; toda vez que se actualiza la causal estipulada en la Cláusula Vigésima Primera del Anexo A, del documenta fundatorio de esta acción y que se acompaña a la presente demanda como anexo 2.
La anterior es así, en virtud de que la parte demandada no realizo más de tres pagos consecutivos de las amortizaciones estipuladas en el lapso de un año, como lo acredito con la certificación de adeudos que se acompaña a la presente demanda y que se identifica como anexo 3 y donde claramente constan todos los pagos y omisiones realizados por el demandado a favor de mi representada, las fechas de pago, así como el mes al que correspondió cada uno de los pagos que el demandado realizo a mi representada.
C.- La cancelación del crédito que mi representada otorgó al demandado y que se identifica con el número de crédito 2814019300, dispuesto y destinado por el reo procesal para la adquisición de la vivienda que más
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adelante se identificara; el referido crédito consta en el Contrato de Apertura de Crédito Simple con Garantía Hipotecaria, base de la acción que se acompaña a la presente demanda como anexo 2.
D.- Como precedencia de la acción, se reclama por concepto de Capital al día 01 de diciembre de 2019, el pago de la cantidad de 138.3420 VSMM ciento treinta y ocho punto tres mil cuatrocientos veinte Veces el Salario Minino Mensual en su equivalente en Moneda Nacional asciende a la cantidad de $345,784.16 TRESCIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y
CUATRO PESOS 16/100 MONEDA NACIONAL, lo cual acredito con la certificación de adeudos que se acompaña a la presente demanda y que se identifica como anexa 3.
E.- Así también se le reclama al C. por concepto de intereses generados al día 01 de diciembre de 2019, la cantidad de 29.1140 VSMM veintinueve punto un mil ciento cuarenta veces el Salaria Minino Mensual veces el salario minina mensual vigente en el Distrito Federal y/o Ciudad de México, cuyo equivalente en moneda nacional a la fecha de emisión de la Certificación de Adeudos que se acompaña a la presente demanda, es la cantidad de $72,770.09 SETENTA Y DOS MIL SETECIENTOS
SETENTA PESOS 09/100 MONEDA NACIONAL más los que se sigan generando basta la total liquidación del adeudo origen del presente Juicio situación que me permito acreditar can la referida certificación de adeudos que se anexa al presente escrito.
F.- Así también se les reclama, por concepto de seguros vencidos generados al día 01 de diciembre de 2019 y que se encuentran identificados en el certificado de adeudos como Total Accesorios, cuyo monto es 0.1360
VSMM punto un mil trescientos sesenta Veces el Salario Minino equivalente en moneda nacional a la fecha de emisión de la Certificación de Adeudos es de $339.93
TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE PESOS 93/100
MONEDA NACIONAL que se acompaña a la presente demanda, más los que se sigan generando hasta la total liquidación del adeudo origen del presente Juicio, situación que me permito acreditar con la referida certificación de adeudos que se anexa al presente escrito as! como con el contrato base de la acción.
G.- EI pago de los intereses ordinarios vencidos, y que se sigan venciendo hasta la fecha en que se cubra la suerte principal reclamada a razón de un tasa del 9.00%
anual, por lo que el crédito que el acreditado al no cubrir oportunamente a mi representada las amortizaciones del crédito ejercido a tal tasa anual.
H.- EI pago de los intereses moratorios vencidos y que se sigan venciendo hasta la fecha en que se cubra la suerte principal reclamada a razón de la tasa del 13.20%
anual pactada para tal efecto en el documento base de la acción, los cuales de igual forma se cuantificaran en la etapa de ejecución de sentencia.
j.- Que las amortizaciones realizadas por el hoy demandado, respecto del crédito que se le otorgó queden a favor de mi representada, de conformidad con lo dispuesto en el Segundo Párrafo del artículo 49 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores: "Tratándose de créditos otorgados para la adquisición de viviendas financiadas directamente por el insulto, éstos se darán por cancelados y el contrato rescindido si los deudores incurren en alguna de las

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 10/3/2021 - Judicial

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

CountryMexico

Date10/03/2021

Page count33

Edition count1702

First edition11/03/2010

Last issue20/07/2023

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