Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/5/2020 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

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Victoria, Tam., martes 26 de mayo de 2020

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DE TAMAULIPAS
OMEHEIRA LÓPEZ REYNA, Directora General del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Tamaulipas, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 32, fracciones I, VI y X de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social; y CONSIDERANDO
PRIMERO. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 4º, párrafo tercero, el derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad, y en su párrafo noveno que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, así como el derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación.
SEGUNDO. Que de acuerdo con la Ley General de Salud, en su artículo 167, y la Ley de Asistencia Social, en su artículo 3, se entiende por Asistencia Social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y mental, hasta lograr su incorporación a una vida plena y productiva.
TERCERO. Que la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social, en su artículo 17, establece que el Gobierno del Estado contará con un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que se denominará Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Tamaulipas, el cual será el organismo rector de la Asistencia Social y tendrá como objetivos la promoción de la Asistencia Social, la prestación de servicios en ese campo, la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas, así como la realización de las demás acciones que establece esta Ley y las disposiciones legales aplicables, y en su artículo 14, fracción XV, señala como actividades básicas de salud en materia de asistencia social el brindar orientación nutricional y la alimentación complementaria a personas de escasos recursos y a población de zonas marginadas.
CUARTO. Que el Plan Estatal de Desarrollo 2016-2022, del Estado de Tamaulipas, en su Eje Bienestar Social, en el tema de atención prioritaria Pobreza y Desnutrición describe como estrategia el Instrumentar una política social incluyente que apoye a quienes más lo necesitan mediante la ampliación de los programas sociales, con una política de bienestar social que atienda la carencia alimentaria y contribuya a reducir los índices de desnutrición en todos los grupos de población, especialmente en la niñez, estableciendo en las líneas de acción 2.2.1.4 Ampliar las acciones para contribuir a la alimentación y nutrición de las personas en situación de vulnerabilidad, 2.2.1.5 señala Instrumentar un programa de nutrición infantil que establezca como prioridad la alimentación de los niños y la prevención de la desnutrición en la población infantil de Tamaulipas y 2.2.1.10
Proveer desayunos escolares como un mecanismo para promover una alimentación con valor nutricional entre la población escolarizada.
QUINTO. Que mediante el Oficio No SF/SSE/0357/2020 de fecha 03 de marzo de 2020, signado por la Lic. René de Jesús Medellín Blanco, Subsecretario de Egresos de la Secretaría de Finanzas, se emitió la ratificación de la manifestación sobre el impacto presupuestario respecto a las Reglas de Operación del Programa Desayuna Bien. Asimismo, mediante Oficio No CG/SEMG/0146/2020 de fecha 08 de abril de 2020 signado por la Lic.
Teresa Aguilar Gutiérrez, Subcontralora de Evaluación y Mejora de la Gestión, se determinó procedente la solicitud de exención de la obligación de elaborar el Análisis de Impacto Regulatorio, respecto a las Reglas de Operación del Programa Desayuna Bien, y se manifestó que hasta a la fecha de emisión de la respuesta no se recibieron comentarios de particulares interesados en la propuesta regulatoria.
SEXTO. Que en la Primera Sesión Extraordinaria 2020 de la Junta de Gobierno celebrada en fecha 06 de febrero de 2020, en el punto 5, se aprueban las Reglas de Operación del Programa Desayuna Bien.
En virtud de lo antes expuesto y en cumplimiento al punto 5 del punto IV del Orden del Día de la Sesión Extraordinaria 01/2020 de la Junta de Gobierno celebrada en fecha 06 de febrero de 2020, en donde se aprobaron las Reglas de Operación del Programa Desayuna Bien, he tenido a bien dar seguimiento a dicho Acuerdo, mediante la publicación en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, de las siguientes:

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 26/5/2020 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date26/05/2020

Page count76

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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