Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/3/2018 - Anexo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 22 de marzo de 2018

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CUARTO. Que después de desarrollado un profundo análisis de las necesidades y circunstancias específicas a regularse por el reglamento objeto del proceso ya mencionado, las Comisiones de Gobierno y Reglamentación y de Hacienda y Presupuesto Público del Honorable Cabildo, formularon el proyecto definitivo del Reglamento de Alumbrado Público del Municipio de El Mante, Tamaulipas.
QUINTO. Que por lo antes expuesto, durante el desarrollo del X Décimo punto del Orden del Día de la XIII
Décima Tercera Sesión Ordinaria de Cabildo, llevada a cabo el día 18 de agosto del año 2017 y de conformidad a lo establecido en los artículos 51 y 52 del Reglamento Interior del R. Ayuntamiento de El Mante, Tamaulipas, se aprobó por unanimidad de votos, el siguiente:
REGLAMENTO DE ALUMBRADO PÚBLICO DEL MUNICIPIO DE EL MANTE, TAMAULIPAS
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento es de interés social y sus disposiciones de orden público, y tiene como marco jurídico los artículos 115 fracciones II y III inciso b de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 130, 131 primer párrafo y 132 fracción II de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 2o, 3o, 4o, 5o fracción V, 21, 22 fracción IV, 49 fracciones I y III, 53, 54, 55 fracciones IV y V, 73 fracción VII y 170
fracción II del Código Municipal para el Estado de Tamaulipas.
ARTÍCULO 2.- El objeto del presente Reglamento es regular las actividades relativas al servicio de iluminación generado por energía eléctrica o por otros medios, instalado en calles, parques, plazas, jardines, vías públicas y otros lugares de uso común, que permita a los habitantes la visibilidad nocturna, en la jurisdicción del municipio de El Mante, Tamaulipas, así como la administración, conservación y restauración del servicio de alumbrado público y la ampliación de su cobertura por medio de la electrificación de colonias y comunidades en que no exista el servicio, así como la recepción de las obras de electrificación que deben otorgar en los fraccionamientos de nueva creación.
ARTÍCULO 3.- Corresponde al gobierno municipal de El Mante, Tamaulipas, a través de la Dirección de Servicios Públicos, el mantenimiento del alumbrado público, así como vigilar su conservación, restauración y adecuado uso, de conformidad con lo establecido en el presente Reglamento, y demás normatividad aplicable.
ARTÍCULO 4.- Para los efectos del presente Reglamento, se establecen las siguientes definiciones:
I.

Administración municipal.- Es el conjunto de dependencias y organismos municipales y demás órganos que tienen a su cargo la prestación de servicios públicos, ejercicio de funciones administrativas y gubernativas y demás actividades necesarias para el funcionamiento del gobierno municipal;

II.

Ayuntamiento.- Es el órgano supremo del gobierno municipal, de elección popular directa, conformado por un presidente, síndicos y regidores;

III.

Baja, media y alta tensión.- Es la clasificación del voltaje de una línea de conducción eléctrica, de conformidad con las siguientes categorías:
a Baja tensión.- Desde cero hasta quinientos noventa y nueve voltios;
b Media tensión.- Desde seiscientos hasta treinta y cuatro mil voltios; y c Alta tensión.- Desde treinta y cinco mil hasta cuatrocientos mil voltios.

IV.

Bajas pérdidas.- Es la diferencia existente entre la potencia de línea y la potencia de la lámpara, la cual no deberá exceder del dieciséis por ciento;

V.

Cabildo.- El R. Ayuntamiento reunido en sesión y como cuerpo colegiado de gobierno;

VI.

Conjunto óptico.- Es el grupo de elementos que forman parte de una luminaria, constituido por un reflector y un refractor;

VII. Comisión permanente.- Es cada uno de los grupos formados por miembros del R. Ayuntamiento, al cual se le ha encomendado la vigilancia de alguno de los ramos de la administración pública municipal encargados directamente de la prestación de los servicios o el ejercicio de las funciones a cargo del gobierno municipal;
VIII. Dirección.- La Dirección de Servicios Públicos del Municipio de El Mante, Tamaulipas, como el área de la Administración Municipal encargada del ejercicio directo de las funciones y la prestación directa de los servicios públicos municipales normados por el presente Reglamento;
IX.

Director.- El Director de Servicios Públicos del Municipio de El Mante, Tamaulipas;

X.

Gobierno municipal.- Es el conjunto de órganos de gobierno que rigen en forma ordenada y jerárquica el Municipio, conformado por el R. Ayuntamiento y los órganos auxiliares del Presidente Municipal;

XI.

Municipio.- El Municipio de El Mante, Tamaulipas, como entidad de carácter público, dotada de nombre, población, territorio y patrimonio propios, autónomo en su régimen interior y respecto de su ámbito de competencia exclusiva y con libertad para administrar su Hacienda Municipal conforme a las leyes vigentes;

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Periódico Oficial de Tamaulipas del 22/3/2018 - Anexo

TitlePeriódico Oficial de Tamaulipas - Anexo

CountryMexico

Date22/03/2018

Page count29

Edition count1057

First edition27/01/1999

Last issue20/07/2023

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