Periódico Oficial de Tabasco del 26/3/2022 - Suplemento Normal

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Source: Periódico Oficial de Tabasco - Suplemento Normal

26 DE MARZO DE 2022

PERIODICO OFICIAL

Sin embargo, a tres años de !a entrada en vigor de esta reforma, se han identificado algunos aspectos que requieren atención para lograr que sus objetivos puedan materializarse; algunos de estos son de naturaleza gremial, otros de naturaleza administrativa, pero también los hay en materia legislativa.
QUINTO. Que en cuanto hace a la parte legislativa, por !a interacción con el proceso penal adversaria!, se han identificado algunos aspectos que en materia penal pueden realizarse a efectos de consolidar los objetivos por generar un marco jurídico acorde al contexto actual del abigeato; ello significa la necesidad de otorgarle al delito de abigeato, la clasificación que corresponde a su connotación de tutela actual, es decir, que por tratarse de una conducta o conjunto de conductas que afectan lo social y público además de lo patrimonial, requiere que su clasificación legislativa se modifique y deje de ser clasificado y percibido como un delito estrictamente patrimonial, con el objetivo que la reforma generada pueda así, adecuarse mediante su perfeccionamiento, al combate del abigeato, dentro del contexto jurídico procesal proteccionista que imponen los juicios acusatorios adversariales en materia penal; es decir, que no sea considerado solamente como delito patrimonial; sino como un delito que impacta a la economía estatal.

Estos resultados del análisis imponen la necesidad de la reclasificación del delito de abigeato, mediante la extracción de este tipo penal del capítulo de delitos patrimoniales y se adicione uno que tenga como bien jurídico tutelado a la sociedad, por su impacto en la soberanía e inocuidad alimentarias y la estabilidad económica del sector pecuario en el Estado.
Además, también resulta necesario establecer medidas coercitivas que hagan desistir a quienes se dedican de manera constante a cometer este delito que atenta contra la economía y el bienestar de los tabasqueños, que como ya se indicó, el sector pecuario constituye una de las principales fuentes de alimentación estatal; inclusive, en algunos casos, la producción de Tabasco ha alcanzado importancia nacional e internacional.
Por ello, se estima preciso aumentar la severidad de las penas y sanciones aplicables, que ayuden a inhibir la comisión de este delito que atenta contra el patrimonio de los productores de nuestro Estado; es decir, pasar de un mínimo y máximo de cuatro años a 16 años de prisión como se encuentra actualmente, a un mínimo y máximo de seis a 18 años. Esta acción es otro de los elementos que se implementa a fin de reducir sustancialmente esta problemática.
SEXTO. Que en ese tenor, los objetivos de las adecuaciones contenidas en este Decreto son los siguientes.

Dotar a la autoridad tanto ministerial como jurisdiccional, del marco jurídico adecuado y suficiente para combatir el abigeato, que siente las bases para la configuración de una política criminológica dirigida a generar "tolerancia cero" a! delito de abigeato en todas sus manifestaciones.

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Periódico Oficial de Tabasco del 26/3/2022 - Suplemento Normal

TitlePeriódico Oficial de Tabasco - Suplemento Normal

CountryMexico

Date26/03/2022

Page count154

Edition count110

First edition22/01/2022

Last issue20/04/2024

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