Periódico Oficial de Querétaro del 2/5/2022

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Source: Periódico Oficial de Querétaro

Pág. 10524

PERIÓDICO OFICIAL

2 de mayo de 2022

MAURICIO KURI GONZÁLEZ, Gobernador del Estado de Querétaro, a los habitantes del mismo, sabed que:

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES
QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIÓN II, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL
ESTADO DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1.
Que el Artículo 16 de la Convención de Americana sobre Derechos Humanos, ha reconocido el derecho a la libertad de asociación sea cual fuere los fines que se persigan, ideológicos, religiosos, políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole, tal Derecho sólo puede estar sujeto a las restricciones previstas por la Legislación que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad o del orden públicos, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás.
2.
Que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente en el Artículo 1o., que establece que En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
El mismo artículo establece en su párrafo tercero, que Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la Ley.
3.
Que por su parte, el Artículo 9 del Ordenamiento en cita, menciona que No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar. Siendo importante destacar que esa libertad de asociación abarca tanto el derecho de toda persona a asociarse con otras, como el derecho de los grupos, asociaciones y organizaciones a procurar fines de interés común a nivel local, nacional o internacional, y a dotarse de la capacidad para llevarlos adelante de acuerdo con las condiciones, los medios y las actividades que sus miembros consideren más acordes con los mismos.
La libertad de asociación es el derecho que tienen todas las personas a organizar reuniones pacíficas o a crear organizaciones con otras personas, o integrarse a las ya existentes, para trabajar en favor de sus intereses y el ejercicio de sus derechos, siendo que nadie puede obligar a alguien más a pertenecer a un grupo o asociación mediante represalias o por el temor a ser amedrentado, hostigado, lesionado, sexualmente agredido, golpeado, detenido o recluido de manera arbitraria, torturado, asesinado u objeto de desaparición forzada.
4.
Que el surgimiento de las organizaciones de la sociedad civil se da a partir de que algunas personas deciden agruparse para tratar de acortar la distancia entre lo que es una situación actual y la situación deseada.
Es decir, para remover los obstáculos que le permitan a la sociedad o a un sector de ella aproximarse a una situación ideal; además, se propone resolver problemas socialmente relevantes y para ello se constituyen por grupos de personas que se dan un marco de normas y reglas que regulan su acción de manera tal que se vuelva previsible y deseable, con el objeto de resolver problemas en un contexto inmediato que les exigirá negociar, acordar, colaborar y neutralizar otros actores, o sea desarrollar estrategias y caminos que le permitan pasar de la situación actual a la situación deseada.

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Periódico Oficial de Querétaro del 2/5/2022

TitlePeriódico Oficial de Querétaro

CountryMexico

Date02/05/2022

Page count16

Edition count1875

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Last issue23/02/2024

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