Periódico Oficial de Morelos del 5/3/2020

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Periódico Oficial de Morelos

05 de marzo de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

Del mismo modo, el Poder Judicial de la Federación ha referido en diversos criterios, que un Organismo Autónomo al gozar de autonomía financiera cuenta con la potestad para emitir sus 4
determinaciones sin sujetarse a Poder alguno.
Ahora bien, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos establece, en el párrafo quinto del artículo 32, que los Poderes del Estado, Entidades y Organismos Públicos Autónomos están obligados a presentar ante el Congreso del Estado la Cuenta Pública, a más tardar el treinta de abril de cada año, misma que será la correspondiente al año anterior, la cual tendrá que encontrarse debidamente integrada y aprobada por el Órgano de Gobierno que corresponda.
En ese sentido, la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos señala, en el artículo 22, fracción VI, la obligación del Fiscal General para informar sobre la Cuenta Pública en los términos establecidos en la Constitución Local. Por su parte, el Reglamento de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Morelos, en su artículo 78 bis, refiere que la persona encargada de elaborar los informes relativos a la Cuenta Pública que deba rendir el Fiscal General será la Tesorería.
Ahora bien, el artículo 53 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental señala que la Cuenta Pública que formule la Secretaría respectiva, deberá atenderse en su cobertura conforme a lo señalado en el marco legal vigente y debe contener como mínimo lo siguiente: información contable, presupuestaria y programática, así como el análisis cualitativo de los indicadores de la postura fiscal.
Asimismo, el artículo 56 de la Ley General referida, señala que los estados financieros forman parte de la Cuenta Pública, por lo que conforme el artículo 44 de esa misma Ley, se deberán sujetar a los criterios de utilidad, confiabilidad, relevancia, comprensibilidad y de comparación; así como oportunidad, veracidad, representatividad, objetividad, suficiencia, posibilidad de predicción e importancia relativa, con la finalidad de alcanzar la modernización y armonización establecida.
4

TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA. ES UN ÓRGANO QUE CUENTA
CON AUTONOMÍA TANTO PARA EMITIR SUS RESOLUCIONES Y
DETERMINACIONES, COMO FUNCIONAL Y PRESUPUESTARIA.
Novena Época, Registro: 168750; Tesis: XV.4o.33 A; Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta,Tomo XXVIII, Septiembre de 2008, Pág. 14.

Página 3

Además, en la administración de los recursos, refiere la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, que los Organismos Constitucionales Autónomos, entre otros, deben observar las disposiciones normativas establecidas, así como, los principios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control y rendición de cuentas. Aunado a ello, deberán observar específicamente lo dispuesto en los Capítulos I y II del Título Segundo de la referida Ley, debiendo presentar la información financiera en los informes periódicos correspondientes y en su respectiva Cuenta Pública.
Por su parte, la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Morelos establece que el gasto público comprende las erogaciones que, por concepto de gasto corriente, incluyendo los pagos de pasivo de la deuda pública, inversión física, inversión financiera, así como responsabilidad patrimonial realizan los ejecutores de gasto, entre otros últimos, los Organismos 5
Constitucionales Autónomos, los cuales deberán administrar los recursos del gasto con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas e igualdad de género.
Además, indica que dichos ejecutores deben rendir cuentas de la administración de sus recursos conforme dicha Ley y en su ejecución deberán observar lo establecido en la Ley de Disciplina Financiera para las Entidades Federativas y los Municipios.
Lo que encuentra relevancia más aún cuando la misma Ley los faculta para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, sean los encargados de efectuar los pagos que requieran éstas para hacer frente al ejercicio del Gasto Público, sin perjuicio de que dichos ejecutores, puedan autorizar a otra de sus 6
Unidades, Dependencias o Entidades a hacerlo.
5

Artículo 4.
I. El Poder Ejecutivo;
II. El Poder Legislativo;
III. El Poder Judicial;
IV. Los Organismos Públicos Autónomos;
V. Los Órganos de relevancia constitucional;
VI. Las Entidades;
VII. Los Municipios, y VIII. Cualquier otro ente del Estado o Municipio, con independencia de su naturaleza, que ejerza recursos públicos.
6 Artículo 32 de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos.

About this edition

Periódico Oficial de Morelos del 5/3/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date05/03/2020

Page count12

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

Download this edition

Other editions

<<<Marzo 2020>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031