Periódico Oficial de Morelos del 1/1/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

01 de enero de 2020

PERIÓDICO OFICIAL

Por lo anteriormente expuesto, esta LIV
Legislatura ha tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO NÚMERO SEISCIENTOS
VEINTINUEVE
POR EL QUE SE CONCEDE PENSIÓN POR
JUBILACIÓN A LA C. ESTELA MARTÍNEZ DE LEÓN.
ARTÍCULO 1.- Se concede pensión por Jubilación a la C. Estela Martínez de León, quien ha prestado sus servicios en el Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, desempeñando como último cargo el de: Directora de Conciliación, adscrita en la Oficina del Coordinador del Trabajo y Previsión Social de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo.
ARTÍCULO 2.- La pensión decretada deberá cubrirse al 100% del último salario de la solicitante, a partir del día siguiente a aquél en que la trabajadora se separe de sus labores y será cubierta por la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos. Dependencia que deberá realizar el pago en forma mensual, con cargo a la partida presupuestal destinada para pensiones, cumpliendo con lo que disponen los artículos 55, 56 y 58 de la Ley del Servicio Civil del Estado.
ARTÍCULO 3º.- El monto de la pensión se calculará tomando como base el último salario percibido por la trabajadora, incrementándose la cuantía de acuerdo con el aumento porcentual al salario mínimo general vigente, integrándose la misma por el salario, las prestaciones, las asignaciones y el aguinaldo, según lo cita el artículo 66 de la misma Ley.
ARTÍCULOS TRANSITORIOS
PRIMERO.- Aprobado que sea el presente dictamen, expídase el Decreto respectivo y remítase al Titular del Poder Ejecutivo Estatal para los efectos correspondientes.
SEGUNDO.- El Decreto que se expida entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, Órgano de difusión del Gobierno del Estado.
Recinto Legislativo, en Sesión Ordinaria de Pleno del día seis de noviembre del año dos mil diecinueve.
Diputados Integrantes de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de Morelos. Dip. Alfonso de Jesús Sotelo Martínez, Presidente. Dip. Cristina Xochiquetzal Sánchez Ayala, Secretaria, Dip. Dalila Morales Sandoval, Secretaria. Rúbricas.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo, Palacio de Gobierno, en la ciudad de Cuernavaca, capital del estado de Morelos a los trece días del mes de diciembre del dos mil diecinueve.
SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS
CUAUHTÉMOC BLANCO BRAVO
SECRETARIO DE GOBIERNO
LIC. PABLO HÉCTOR OJEDA CÁRDENAS
RÚBRICAS.

Página 3

Al margen superior un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- 2018-2024, y un logotipo que dice: Morelos Anfitrión del Mundo Gobierno del Estado 2018-2024.
JOSÉ ALEJANDRO JESÚS VILLARREAL
GASCA, SECRETARIO DE HACIENDA DEL PODER
EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES
QUE
ME
CONFIEREN
LOS
ARTÍCULOS 8, 9, FRACCIÓN III, 13, FRACCIONES
VI, XIX Y XXIV Y 23 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS; 1, 11 Y 12, FRACCIÓN
LI DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SECRETARÍA DE HACIENDA; ASÍ COMO EL
ARTÍCULO 22 Y LA DISPOSICIÓN TERCERA
TRANSITORIA DEL CÓDIGO DE ÉTICA Y REGLAS
DE INTEGRIDAD A LAS QUE DEBEN SUJETARSE
LOS
SERVIDORES
PÚBLICOS
DE
LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESTATAL; Y CON
BASE EN LO SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El ejercicio de la función pública debe apegarse a lo establecido en los principios definidos por el artículo 109, fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de regir el comportamiento ético de los servidores públicos, en el ejercicio de sus atribuciones y funciones y con ello fortalecer a las instituciones públicas, logrando responder así a las necesidades de la sociedad morelense y prevenir posibles conflictos de interés y actos de corrupción.
En el marco de los Sistemas Nacional y Estatal Anticorrupción, con fecha ocho de febrero de 2019, se publicó en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5674, el Código de Ética y Reglas de Integridad a las que deben de sujetarse los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal, con el objeto de emitir y dar a conocer los principios, valores y reglas de integridad que deben regir el quehacer de los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.
El artículo 22 del Código de Ética y Reglas de Integridad a las que deben sujetarse los Servidores Públicos de la Administración Pública Estatal, establece la obligación para las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal de emitir un Código de Conducta, con el objeto de especificar de manera puntual y concreta la forma en que los servidores públicos aplicarán los principios, valores y reglas de integridad contenidos en dicho ordenamiento.
Con base en lo anterior, la Secretaría de Hacienda del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Morelos, elabora el presente Código de Conducta dirigido a los servidores públicos que se encuentran adscritos a dicha Secretaría; lo anterior, con el objeto de orientarlos y darles certeza sobre el comportamiento ético al que deben sujetarse en el desempeño de sus funciones o actividades asignadas.

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Periódico Oficial de Morelos del 1/1/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date01/01/2020

Page count52

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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