Periódico Oficial de Morelos del 1/1/2020

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo un Escudo del estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- Poder Legislativo. LIV Legislatura. 2018-2021.
CUAUHTÉMOC

BLANCO

BRAVO,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE

Y

SOBERANO

DE

MORELOS

A

SUS

HABITANTES SABED:
La
Quincuagésima
Cuarta
Legislatura
del
Congreso del Estado Libre y Soberano de Morelos, en ejercicio de la facultad que le otorga la fracción II del artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, y al tenor de los siguientes:
CONSIDERACIONES
I. En fecha 10 de abril del 2019, la C. Estela Martínez de León, por su propio derecho, presentó ante este Congreso solicitud de pensión por Jubilación de conformidad con la hipótesis contemplada en el artículo 58, fracción II, inciso a, de la Ley del Servicio Civil del Estado, acompañando a su petición la documentación exigida por el artículo 57, apartado A, fracciones I, II y III, del marco legal antes mencionado, consistentes en: acta de nacimiento, hoja de servicios y carta de certificación de salario expedidas por el Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
II. Que al tenor del artículo 56 de la Ley del Servicio Civil vigente en la Entidad, la pensión por Jubilación se generará a partir de la fecha en que entre en vigencia el Decreto respectivo. Si la pensionada se encuentra en activo, a partir de la vigencia del Decreto cesarán los efectos de su nombramiento.

La
trabajadora
que
se
hubiere
separado justificada o injustificadamente de su fuente de empleo, antes de la fecha de vigencia del Decreto que la otorga, recibirá el pago de su pensión a partir del siguiente día de su separación. Y de conformidad con el artículo 58 del mismo ordenamiento, la pensión por Jubilación, se otorgará a la trabajadora que conforme a su antigedad se ubique en el supuesto correspondiente.

01 de enero de 2020

III. Del análisis practicado a la documentación antes relacionada y una vez realizado el procedimiento de investigación que establece el artículo 67 de la Ley Orgánica para el Congreso del Estado, se comprobó fehacientemente la antigedad de la C. Estela Martínez de León, por lo que se acreditan a la fecha de su solicitud 29 años, 10 meses, 21 días de servicio efectivo de trabajo interrumpido, ya que ha prestado sus servicios en el Poder Ejecutivo del Estado de Morelos, desempeñando los cargos siguientes:
Secretaria, adscrita en la Secretaría de la Contraloría del Estado, del 03 de mayo al 13 de junio de 1989, del 16 de junio al 27 de julio de 1989; Secretaria, adscrita en la Dirección General de Control de la Secretaría de la Contraloría, del 03 de agosto al 26 de octubre de 1989; Mecanógrafa, adscrita en la Secretaría de la Contraloría del Estado, del 27 de octubre de 1989 al 15 de marzo de 1994; Mecanógrafa, adscrita en la Dirección General de Evaluación, del 16 de marzo de 1994 al 15 de enero de 1996; Mecanógrafa, adscrita en la Coordinación General de Programas Coordinados, del 16 de enero, 31 de marzo de 1996;
Auditora, adscrita en la Subdirección General del Análisis de Ingresos de la Secretaría de la Contraloría, del 01 de abril de 1996 al 15 de junio de 1997;
Analista, adscrita en la Dirección General de Programas Coordinados de la Secretaría de la Contraloría, del 16 de junio de 1997 al 31 de marzo de 1998; Analista, adscrita en la Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Administración, del 01 de abril de 1998 al 31 de julio de 2001; Jefa de Sección, adscrita en la Dirección General de Administración y Desarrollo Personal de la Secretaría de Administración, del 01 de agosto del 2001 al 31 de mayo de 2003; Analista, adscrita en la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la Secretaría de Administración, del 01 de junio al 31 de octubre del 2003, Analista, adscrita en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje de la Secretaría de Gobierno, del 01 de noviembre del 2003 al 31 de diciembre del 2008; Analista Jefa de Archivo, adscrita en la Junta Especial 1 de la Secretaría de Trabajo, del 01 de enero del 2009 al 31 de julio del 2011;
Dictaminadora, adscrita en la Junta Especial Número 1
de la Secretaría de Trabajo, del 01 de agosto del 2011
al 31 de mayo del 2012; Auxiliar Proyectista, adscrita en la Junta Especial Número 1 de la Secretaría de Trabajo, del 01 de junio del 2012 al 31 de diciembre del 2014; Secretaria, de Acuerdos, adscrita en la Junta Especial Número 3 de la Secretaría de Trabajo, del 01
de enero del 2015 al 15 de febrero del 2019; Directora de Conciliación, adscrita en la Oficina del Coordinador del Trabajo y Previsión Social de la Secretaría de Desarrollo Económico y del Trabajo, del 16 de febrero al 05 de abril del 2019, fecha en que se expidió a constancia de referencia. De lo anterior se desprende que la Jubilación solicitada encuadra en lo previsto por el artículo 58, fracción II, inciso a del cuerpo normativo antes aludido, por lo que al quedar colmados los requisitos de la Ley, lo conducente es conceder a la trabajadora en referencia el beneficio solicitado.

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Periódico Oficial de Morelos del 1/1/2020

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date01/01/2020

Page count52

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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