Periódico Oficial de Morelos del 13/3/2015

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Source: Periódico Oficial de Morelos

Página 2

PERIÓDICO OFICIAL

Al margen izquierdo un Escudo del Estado de Morelos que dice: Tierra y Libertad.- La tierra volverá a quienes la trabajan con sus manos.- MORELOS.
PODER EJECUTIVO.
GRACO LUÍS RAMÍREZ GARRIDO ABREU, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, EN EJERCICIO
DE LAS ATRIBUCIONES QUE ME OTORGAN LOS
ARTÍCULOS 70, FRACCIONES XVII, y 76 DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE MORELOS; CON FUNDAMENTO EN
LOS ARTÍCULOS 8, 10, 11, FRACCIONES II, IV Y
XIX, Y 13, FRACCIONES III, XVIII Y XXI, DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL
ESTADO DE MORELOS; ASÍ COMO 2, ÚLTIMO
PÁRRAFO, Y 44 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO DEL ESTADO
DE MORELOS; CONFORME A LA SIGUIENTE:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Tomando en consideración que el gasto público implica el conjunto de erogaciones que realiza el Gobierno, en sus tres niveles, incluido el sector paraestatal, así como los Poderes Legislativo y Judicial en el ejercicio de sus funciones; teniendo como objetivos principales el procurar la mayor eficiencia económica, propiciar condiciones de equidad, vertical y horizontal, entre los sectores sociales y agentes económicos y, finalmente, mantener la estabilidad macroeconómica.
Ahora bien, es indudable que la eficiencia de éste se logra mediante la mejor asignación de recursos públicos, siempre escasos, a fines alternativos, a efecto de que optimice el bienestar social; siendo el caso que en materia de política presupuestal la equidad conlleva la responsabilidad del Estado en la búsqueda de la justicia social. La eficiencia económica por sí misma no garantiza la referida equidad, en virtud de existir diversas condiciones en la distribución de oportunidades en situaciones de optimización de eficiencia.
En virtud de lo anterior, es que el Gobierno de la Visión Morelos que encabezo, al inicio de su administración, consciente de las necesidades apremiantes del Estado, y a fin de garantizar la adecuada, eficaz, eficiente y transparente asignación y utilización de los recursos financieros, materiales y humanos con que cuenta el Gobierno del Estado, es que tuvo a bien expedir el Decreto de Austeridad para la Administración Pública Estatal, publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5049, de fecha doce de diciembre de 2012; ello en virtud de ser obligación de todos los servidores públicos en los diferentes niveles de la Administración Pública Estatal, administrar con eficiencia, eficacia y honradez los recursos de que dispone el Gobierno del Estado, canalizándolos única y exclusivamente a la atención y satisfacción de las necesidades sociales y los objetivos contemplados en el Plan Estatal de Desarrollo y los autorizados por la Honorable Legislatura.

13 de Marzo de 2015

Así pues, en la etapa de recuperación económica por la que atraviesa el Estado, el ejercicio y control del gasto público debe asegurar el máximo aprovechamiento de los recursos económicos, administrativos y materiales con que cuente la Entidad; máxime si tomamos en consideración que la estructura organizacional de la Administración Pública Estatal ha sido objeto de diversas adecuaciones a fin de responder mejor a las prioridades que cada administración ha establecido.
Siendo el caso que diversas actividades han adquirido nuevas prioridades y reclaman nuevas estrategias para el desarrollo que requiere nuestra Entidad, es que resultó impostergable efectuar una reingeniería al interior del Poder Ejecutivo que permita optimizar los recursos e incorporar las medidas de austeridad, trasladando áreas específicas a diversos espacios dentro de la propia estructura, para lograr hacer más con menos; a fin de obtener un ahorro considerable de recursos, que se aplicarán a proyectos productivos y sociales en beneficio de la población del estado de Morelos, de ahí que, el pasado 05 de noviembre de 2014, fue publicado en el Periódico Oficial Tierra y Libertad, número 5233, segunda sección, el Acuerdo por el que se establecen las Bases y Lineamientos para la reestructura de la Administración Pública Estatal.
Por virtud de lo dispuesto por el artículo Séptimo Transitorio de dicho Acuerdo, se instruye a las Secretarías de Gobierno, de Hacienda y de la Contraloría, así como a la Gubernatura, para que integren una comisión de seguimiento para los fines del mismo, sin que se prevean mayores disposiciones respecto de su objeto, atribuciones, funciones y operatividad, lo que ha generado diversas interpretaciones alejadas de la finalidad de su creación y no le ha permitido ejercer el encargo que tiene encomendado.
En ese sentido, es que se hace necesario contemplar una reforma al aludido Acuerdo de reestructura, a efecto de integrar aquellas porciones normativas que hagan más eficaz, eficiente y operativa la actividad a cargo de la referida Comisión; en el entendido de que la configuración de un más completo marco normativo conllevará a asegurar la congruencia entre las acciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestaria implantadas por el Poder Ejecutivo y el oportuno y cabal cumplimiento de los objetivos de los programas a cargo de las Secretarías, Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal.

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Periódico Oficial de Morelos del 13/3/2015

TitlePeriódico Oficial de Morelos

CountryMexico

Date13/03/2015

Page count4

Edition count1819

First edition05/01/2000

Last issue08/12/2020

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