Periódico Oficial de Aguascalientes del 26/9/2016 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Septiembre 26 de 2016

PERIÓDICO OFICIAL

DÉCIMA PRIMERA.- Cuando se solicite un trámite de incorporación de estudios en instalaciones donde se encuentren impartiendo estudios de otro tipo o nivel, se revisará que cumpla cada uno de los tipos y niveles de educación que se impartan o pretendan impartir en dichas instalaciones, con lo establecido en los Acuerdos Secretariales correspondientes.
DÉCIMA SEGUNDA.- Se deberá contar como mínimo con un aula y equipamiento para cada uno de los grados de cada nivel que pretende impartir, y en caso de encontrarse impartiendo estudios de otro tipo o nivel, deberá contar con aulas y equipamiento para cada uno de ellos. Se deberá contar con instalaciones y servicios sanitarios independientes para cada nivel Educación Inicial, Preescolar, Primaria, Secundaria, Formación para el Trabajo, Educación Media Superior para alumnos, alumnas y para personal docente y administrativo.
DÉCIMA TERCERA.- La incorporación de estudios de Educación Inicial y Educación Básica Preescolar, Primaria y Secundaria, sólo puede otorgarla el Instituto de Educación de Aguascalientes.
DÉCIMA CUARTA.- Los requisitos para incorporación de estudios serán entregados al interesado personalmente. No se requiere cita previa y deberán solicitarse en horario de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles. La entrega de la solicitud o los requisitos no implica responsabilidad para el Instituto de Educación de Aguascalientes respecto a la obtención de la Autorización o del Reconocimiento de Validez Ocial de Estudios solicitado.
DÉCIMA QUINTA.- Para iniciar el trámite de incorporación de Educación Inicial, Educación Básica y Formación para el Trabajo, se deberán presentar los originales de toda la documentación para su cotejo según el Acuerdo Secretarial aplicable y 3
tres copias fotostáticas integrada en carpetas de manera ordenada según índice y con separadores en horario de 9:00 a 14:00 horas, en días hábiles, en el Departamento de Incorporación y Revalidación debido a que es necesario la revisión de los documentos y devolución de los originales de los mismos.
DÉCIMA SEXTA.- Para iniciar el trámite de Educación Media Superior deberán presentar los originales de toda la documentación para su cotejo según el Acuerdo Secretarial aplicable, así como 3
tres copias fotostáticas integrada en carpetas de manera ordenada según índice y con separadores y 3 copias digitalizadas para planes y programas Oficiales Vigentes y en el caso de planes y programas propios deberá presentar 18 copias digitalizadas medios magnéticos, en horario de 9:00 a 14:00 horas en días hábiles, en el Departamento de Incorporación y Revalidación, debido a que es necesario la revisión de los documentos y devolución de los originales de los mismos.
DÉCIMA SÉPTIMA.- Para instalaciones contratadas en arrendamiento o comodato, deberá presentarse contrato notariado con una vigencia que garantice cada ciclo escolar, donde especifique que el inmueble será utilizado para la prestación de servicios educativos.

Tercera Sección
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DÉCIMA OCTAVA.- El Pago de Derechos del trámite de solicitud de incorporación de estudios, será de conformidad con lo establecido en la Ley de Ingresos del Estado de Aguascalientes vigente, debiendo efectuar el pago del mismo en las cajas designadas para tal n por el Instituto de Educación de Aguascalientes ubicadas en Av. Tecnológico No.
601, Frac. Ojocaliente, Aguascalientes, Ags.
DÉCIMA NOVENA.- El trámite deberá hacerse personalmente por el interesado o representante legal debidamente acreditado. No se aceptan trámites a través de gestores o intermediarios.
VIGÉSIMA.- Para personas morales, el Objeto de la asociación o sociedad deberá establecer que la nalidad es la prestación de servicios educativos, caso contrario, no podrá iniciar el trámite de solicitud de incorporación objeto de esta Convocatoria.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Para personas físicas, éstas podrán iniciar el trámite de solicitud de incorporación de estudios si no existe impedimento legal alguno para ello.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Para la recepción del trámite de solicitud de incorporación de estudios, es estrictamente necesario presentar:
1. Pago de Derechos correspondiente al trámite.
2. Constancia de Alineamiento y Compatibilidad Urbanística Permiso de Uso de Suelo vigente, denitiva y no condicionada, que contemple los tipos y niveles que pretende impartir. No serán admitidos convenios de ninguna clase, ya que es necesario garantizar la permanencia de las instituciones que imparten estudios que cuentan con Autorización o RVOE.
3. Resolutivo favorable de Protección Civil Programa Interno y de instalaciones que emite la Coordinación Estatal de Protección Civil de la Secretaría de Gobierno del Estado de Aguascalientes, en la que establezca que cuenta con las medidas de seguridad necesarias en materia de protección civil para impartir servicios educativos y que es aprobado el programa interno, lo cual no implica el cumplimiento de los requisitos normativos en materia de incorporación de estudios.
4. Constancia de Peritaje Estructural Vigente del inmueble expedida por un perito autorizado por la Secretaría de Desarrollo Urbano del Municipio de Aguascalientes.
5. En caso de Persona Moral, se deberá exhibir el Acta Constitutiva, poder legal vigente y una identicación ocial con fotografía del representante legal.
6. En caso de Persona Física, se deberá exhibir una identicación ocial con fotografía que lo acredite como tal.
VIGÉSIMA TERCERA.- Para cambios en Planes y Programas de Estudio, Cambio de Titular y Cambio de Domicilio es necesario realizar un trámite de soli-

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 26/9/2016 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date26/09/2016

Page count60

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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