Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/5/2016 - Sección 3ra.

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Source: Periódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

Pág. 4

Tercera Sección
PERIÓDICO OFICIAL

Mayo 9 de 2016

2 ANTECEDENTES
2.1 Origen del proyecto del área protegida La Sierra Fría ha estado en el interés de la sociedad, para su conservación desde hace muchos años. Este interés se comenzó a manifestar cuando durante el período del Presidente Lázaro Cárdenas del Río se declaró como Zona rotectora del Sistema Nacional de Riego 001 el 3 de enero de 1934 Cuadro 1, la cual cubria una superficie de 496,000 ha, incluyendo la totalidad de la Sierra Fría. Una de las debilidades de dicho decreto y de los que vendrían después sería la escasa precisión en cuanto a la definición de sus límites. Es además de destacar que el decreto se expedía a través de la Secretaría de Agricultura y Fomento y específicamente le correspondía aplicarlo a la Dirección Forestal de Caza y Pesca.
El 26 de agosto de 1940 vendría otro decreto expedido también por el Presidente de la República Lázaro Cárdenas del Río, donde a todo el estado de Aguascalientes se le declaraba como zona protectora forestal, cubriendo una superficie de 547,000 ha. En este decreto se declaraban los terrenos forestales del Estado de Aguascalientes también como zona protectora forestal vedada. El 3 de agosto de 1949 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF un decreto presidencial por el que se declararon zonas protectoras forestales y de repoblación de los terrenos que conforman las cuencas de alimentación de las obras de irrigación de los distritos nacionales de riego entre los que estaban el 001 y el 043 cuyos límites incluyen territorio del Estado de Aguascalientes y se estableció una veda total e indefinida en los montes ubicados dentro de dichas cuencas.
A petición del Comité Ejecutivo Estatal del Consejo Nacional de la Fauna A.C. y de La Asociacion Sierra Fría Aguascalientes A.C., el Gobierno del Estado 1992-1998, inicio las acciones para tratar de proteger legalmente a La Sierra Fría e invirtió en los estudios que se requerían sobre flora, fauna, su delimitación y su contexto social y económico. Para estos estudios participaron instituciones como la Universidad Autónoma de Aguascalientes UAA y el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática INEGI, SEDESO, 1995, entre otros.
un Programa Integral de Manejo que especificaba los criterios, políticas y estrategias para su Así pues, la aprovechamiento, Sierra Fría fue declarada comoyun Área Natural Protegida de competencia estatal el 30 de conservación, restauración manejo.
enero de 1994 bajo la categoría de Zona Sujeta a Conservación Ecológica, categoría que establecía la Ley Estatal Equilibrio Ecológico Ambiente Ambiental de Aguascalientes.
elaboró un Programa En el de año 2000 se modificóy Protección la Ley de al Protección para el Asimismo, Estado de se Aguascalientes y se Integral que criterios, políticas y estrategias para su aprovechaderogóde la Manejo categoría deespecificaba protección a los la que pertenecía la Sierra Fría. Durante el conservación, año 2009 y principio de miento, restauración y manejo.
2010 se hicieron nuevamente modificaciones a la Ley de Protección Ambiental, y cambiaron las categorías áreas naturales protegidas en el Ambiental Estado, y para a la el Sierra Fría correspondía ylasede Áreala En el añode 2000
se modificó la Ley de Protección Estado dele Aguascalientes derogó Silvestrede Estatal para adecuarla al marco legal vigente materiaelambiental.
categoría protección a la que pertenecía la Sierra Fría.en Durante año 2009 y principio de 2010 se hicieron nuevamente modificaciones a la Ley de Protección Ambiental, y cambiaron las categorías de áreas naturales Por su parte, Gobierno de rescatarlaelde Decreto Presidencial delpara 3 deadecuarla agosto deal1949
protegidas en elelEstado, y a Federal, la Sierra con Fría el le fin correspondía Área Silvestre Estatal marco y adecuarlo al marco ambiental vigente en materia federal, publicó en el DOF el 7 de noviembre de legal vigente en materialegal ambiental.
2002, un acuerdo de categorización como Área de Protección de Recursos Naturales del territorio a que su parte, el Gobierno Federal, concitado.
el fin de rescatar el Decreto Presidencial del 3 de agosto de 1949 y se Por refiere el Decreto Presidencial antes adecuarlo al marco legal ambiental vigente en materia federal, publicó en el DOF el 7 de noviembre de 2002, un acuerdo de categorización como Área de Protección de Recursos Naturales del territorio a que se refiere En dicho Acuerdo, están incluidas la Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego 001 Pabellón, el Decreto Presidencial antes citado.
en los Estados de Aguascalientes y Zacatecas y la Cuenca Alimentadora del Distrito Nacional de Riego Acuerdo, están incluidas la Cuenca de Riego 001
Pabellón, No.En43dicho Nayarit, que incluye la subcuenca del RíoAlimentadora Juchipila en del los Distrito EstadosNacional de Aguascalientes, Zacatecas eny los Estados de 2006, Aguascalientes y Zacatecas Alimentadora delAgua Distrito Nacional de Riego No.
Jalisco.
Para la CONANP
junto cony la Cuenca Comisión Nacional del CNA
elaboraron una 43memoria Nayarit, técnica que incluye la subcuenca delcuencas.
Río Juchipila en los Estados de Aguascalientes, Zacatecas y Jalisco.
que delimita ambas Para 2006, la CONANP junto con la Comisión Nacional del Agua CNA elaboraron una memoria técnica que delimita ambasdel cuencas.
El objetivo decreto fué garantizar la permanencia de los servicios ambientales estratégicos, precipitación y abundancia del agua en las cuencas hidrográficas para abastecer de dicho líquido a los El objetivo del decreto fué garantizar la permanencia de los servicios ambientales estratégicos, precipitación de riego, paraen lo las quecuencas es necesaria la protección y conservación de su vegetación natural, de suelos y distritos abundancia del agua hidrográficas para abastecer de dicho líquido a los distritos riego, y relieve.
para lo que es necesaria la protección y conservación de su vegetación natural, suelos y relieve.
Cuadro 1. Decretos de protección que incluyen la Sierra Fría.
Área Fecha de decretada No.
Nombre decreto ha Sistemas Nacionales 3 de agosto 1
496,000
de Riego No. 001 y 043
de 1949
2

Sierra Fría
30 de enero de 1994

112,090

Categoría Zona Protectora Forestal Zona sujeta a conservación ecológica
Competencia Federal Estatal
2.2 En el contexto internacional, nacional, estatal y de la región de influencia.
La Sierra Fría se encuentra dentro del catálogo de Regiones Prioritarias Terrestres por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad CONABIO, clasificada como 66 por su alta diversidad biológica, por ser un corredor biológico, por el uso de sus recursos y por los servicios ambientales que presta.

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Periódico Oficial de Aguascalientes del 9/5/2016 - Sección 3ra.

TitlePeriódico Oficial de Aguascalientes - Sección 3ra.

CountryMexico

Date09/05/2016

Page count76

Edition count471

First edition30/10/2000

Last issue28/08/2023

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