Gaceta Oficial de la Rep. de Panamá del 21/11/2022 - Sección A

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Source: Gaceta Oficial de la República de Panamá - Sección A

No. 29667-A

Gaceta Oficial Digital, lunes 21 de noviembre de 2022

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LEY
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de 2022

Que declara Patrimonio Natural Nacional y Área Protegida de Reserva Hidrológica a la cuenca del río Santa María
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA:
Artículo l. Se declara la cuenca del río Santa María, identificada como cuenca 132 en el Sistema
Hidrológico de América Central, como Patrimonio Nacional Natural y Área Protegida de Reserva Hidrológica, en su parte alta, parte media y parte baja.
La delimitación de las áreas protegidas se hará mediante Resolución No. DM-0306-2020
de 14 de octubre de 2020 del Ministerio de Ambiente. Esta delimitación se extiende desde la vertiente del Pacífico en las provincias de Veraguas, Coclé y Herrera, abarcando una superficie de 3,400.63 km2 , desde su nacimiento hasta la desembocadura en el mar bahía de Parita, exceptuando las tierras de las áreas protegidas, previamente existentes.

Artículo 2. Esta Ley tiene como objetivo declarar la cuenca del río Santa María Patrimonio Natura!

Nacional y establecer un área protegida de reserva hidrológica en la parte alta, parte media y parte baja, con el fin de conservar, restaurar, preservar y promover las condiciones de las principales zonas de recarga hídrica de la cuenca 132 y, a su vez, de reforzar la protección y conservación de las fuentes hídricas superficiales y subterráneas en la parte baja de la cuenca 132.

Artículo 3. Para los efectos de esta Ley, se adoptarán las siguientes definiciones:
1.

Agua para consumo humano. Toda agua empleada para la ingesta humana que no causa daño a la salud y cumple con los parámetros físicos, químicos y biológicos recomendables o máximos permisibles. Estos parámetros máximos son las concentraciones de sustancias o densidad de bacterias a partir de las cuales existe rechazo del agua por parte de los consumidores o surge riesgo inaceptable para la salud.

2.

Área de protección. Superficie de tierra y/o mar especialmente consagrada a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, así como de recursos naturales y los recursos culturales asociados, y manejada a través de medios jurídicos u otros medios eficaces.

3.

Cauce. Lugar físico por donde corren las aguas de un río, incluye las aguas subterráneas, las de infiltración y los ríos que circulan en el interior de las cuevas.

4.

Caudal ambiental. Régimen hídrico que se establece en un río, humedal o zona costera para sustentar ecosistemas y sus beneficios, donde hay empleos del agua que compiten entre sí y donde los caudales están regulados.

5.

Caudal ecológico. Flujo que debe mantenerse en cada sector hidrográfico para permitir que no haya alteraciones significativas en la dinámica del ecosistema y que puedan mantenerse sus componentes esenciales.

6.

Cuenca hidrográfica. Área con características geográficas debidamente delimitadas en la
cual las aguas se almacenan o fluyen en una red hidrográfica de cauces de caudal continuo

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Gaceta Oficial de la Rep. de Panamá del 21/11/2022 - Sección A

TitleGaceta Oficial de la República de Panamá - Sección A

CountryPanama

Date21/11/2022

Page count21

Edition count2788

First edition06/02/2007

Last issue27/03/2024

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